Derecho a la vida sin violencia: violencia física, violencia psicológica, violencia simbólica. Derecho a la tutela judicial efectiva: acceso a justicia y debida diligencia, pruebas, medidas cautelares.
JURISDICCIÓN FORMOSA – 1ª Circunscripción Judicial
DEPENDENCIA: Exmo. Tribunal de Familia
AUTOS: C., J. A. c/ M., T. A. s/ VIOLENCIA FAMILIAR
TIPO DE RESOLUCIÓN: AUTO INTERLOCUTORIO
NRO. EXPEDIENTE: 936/14
FECHA DE RESOLUCIÓN: 10/06/2014
SUMARIO
Derechos lesionados: derecho de la mujer a la integridad psicológica.
En el marco de una causa de Violencia Familiar, el análisis de riesgo del equipo interdisciplinario concluye que se trata de un caso de “Riesgo bajo” y que no encuadraría en el marco de la ley de violencia familiar. El magistrado disiente del dictamen del equipo y realiza un análisis exhaustivo de la ley 26.485, y basándose en los hechos acreditados en la causa culmina encuadrando el caso dentro de la citada norma, por lo que ordena medidas, no obstante de lo evaluado por los profesionales de la OVI.
INSTRUMENTOS JURÍDICOS:
* Ley Nº 26.485.