ACUERDO N.º 3288
En la ciudad de Formosa, capital de la provincia del mismo nombre, siendo las nueve horas del día Diecisiete de Junio del año Dos Mil Veintiséis, se reúnen en la Sala de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia, la señora Presidenta, Claudia María Fernández y los Señores Ministros: Marcos Bruno Quinteros, Guillermo Horacio Alucin y Ariel Gustavo Coll, para considerar:
PRIMERO: Resolución de Presidencia: En virtud de lo dispuesto en el artículo 29 inciso 10 de la Ley Orgánica Judicial, se procedió a dar lectura en alta voz de la Resolución dictada por Presidencia: Secretaría de Gobierno: Superintendencia N.º 241/26. Por ello; ACORDARON: Tener presente y aprobar lo actuado.
SEGUNDO: Sr. Ministro, Dr. Ariel Gustavo Coll s/ Proyecto: Y VISTO: el Expte. N.º 3760/26 por medio del cual el Ministro citado remite proyecto que le fuera entregado por la Sra. Secretaria de Trámites y Responsable del Bus Federal, Dra. María Celeste Córdoba, en el cual la misma peticiona la descentralización de la actual Mesa Única Receptora mediante la creación de dos Mesas Receptoras especializadas: a) Mesa Receptora de Oficios Ley N.º 22.172, el cual estará a cargo de la Secretaría de Trámites Originarios y b) Mesa Receptora de Cédulas y Mandamientos Ley N.º 22.172 que estará a cargo de la Oficina de Mandamientos y Notificaciones de la Primera Circunscripción Judicial, así como la consecuente modificación de la Guía de Trámites vigente. Por ello; ACORDARON: Aprobar el Proyecto presentado por la Sra. Secretaria de Trámites y Responsable del Bus Federal, Dra. María Celeste Córdoba, el cual forma parte del presente Acuerdo como Anexo.
TERCERO: Sr. Ministro, Dr. Guillermo Horacio Alucin s/ Convenio: Y VISTO: el Expte. N.º 3818/26 por medio del cual el Ministro citado remite Convenio entre el Fondo de la Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y este Superior Tribunal de Justicia. Por ello; ACORDARON: Aprobar el Convenio entre el Fondo de la Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y este Superior Tribunal de Justicia y facultar a Presidencia a disponer lo pertinente.
CUARTO: Sra. Directora de Biblioteca e Informática Jurisprudencial, Mónica Elizabeth García s/ Solicitud: Y VISTO: el Expte. N.º 1939/26 por medio del cual la Directora citada peticiona el llamado a concurso abierto al público en general, a fin de contar con dos (02) profesionales: un (01) Programador Full-Stack” y un (01) “Administrador de la Base de Datos”, con el cargo de Oficial Ayudante Técnico del escalafón Servicios e Infraestructura, a fin de pertenecer al Área Técnica de Jurisprudencia y Biblioteca que funciona en la órbita de la Dirección a su cargo, conforme los fundamentos expuestos en su presentación. Con los informes de las áreas pertinentes; ACORDARON: Facultar a Presidencia a llamar a Concurso de Antecedentes, abierto al público en general, a fin de cubrir un (1) cargo de Programador para cumplir funciones en el Área Técnica de la Dirección de Biblioteca e Informática Jurisprudencial.
QUINTO: Ingeniero Juan Carlos Núñez s/ Solicitud: Y VISTO: el Expte. N.º 6554/25 por medio del cual el Ingeniero citado peticionó el ingreso de un técnico en mantenimiento preventivo y/o correctivo de ascensores, a fin de cubrir la vacante que se generará por el agente Gerardo Davalo, quien se encuentra próximo a jubilarse. Que por Resolución N.º 197/26 (Sup) se habilitó la recepción de legajos de aspirantes para cumplir funciones de Técnico en Mantenimiento Preventivo y/o Correctivo de Ascensores en la ciudad de Formosa. Que en página 23 obra opinión del Director de Infraestructura, Ingeniero Cristian Walter Mendieta respecto a los postulantes inscriptos. Por ello; ACORDARON: Convocar al aspirante Reynaldo Nicolás Mosqueda a fin de que el mismo inicie los trámites inherentes a su incorporación para prestar servicios en la Dirección de Infraestructura de éste Poder Judicial. Posteriormente se procede a tratar cuestiones relativas a la gestión de expedientes administrativos, superintendencia y de logística referentes a las distintas áreas que hacen al buen funcionamiento de éste Poder Judicial. Todo lo cual, dispusieron se dé cumplimiento, ordenando se comunique a quienes corresponda y registre.
CLAUDIA MARÍA FERNÁNDEZ
PRESIDENTA
MARCOS BRUNO QUINTEROS - GUILLERMO HORACIO ALUCIN - ARIEL GUSTAVO COLL
MINISTROS
ANEXO
GUÍA DE TRÁMITES DEL BUS FEDERAL DE JUSTICIA PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE FORMOSA
1) OFICINAS DE COMUNICACIONES DEL BUS FEDERAL
La gestión de las comunicaciones electrónicas interjurisdiccionales a través del Bus Federal de Justicia se realizará mediante dos Mesas Receptoras diferenciadas según el tipo de instrumento previsto en la Ley Nº 22.172:
a) “Mesa Receptora de Oficios Ley Nº 22.172”
Estará a cargo de la Secretaría de Trámites Originarios del Superior Tribunal de Justicia y tendrá como función:
• Recepcionar los Oficios Ley Nº 22.172 provenientes de otras jurisdicciones mediante la Plataforma Bus Federal de Justicia.
• Verificar los requisitos mínimos técnicos establecidos en el Protocolo Técnico de Comunicación Electrónica Interjurisdiccional vigente y en la presente guía.
• Derivar internamente las comunicaciones a las dependencias competentes para su diligenciamiento, mediante el correo electrónico institucional interno: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
• Recepcionar las respuestas elaboradas por las dependencias intervinientes.
• Proceder a la devolución de las diligencias cumplidas a la jurisdicción de origen mediante la Plataforma Bus Federal de Justicia.
b) “Mesa Receptora de Cédulas y Mandamientos Ley Nº 22.172”
Estará a cargo de la Oficina de Mandamientos y Notificaciones de la Primera Circunscripción Judicial y tendrá como función:
• Recepcionar las Cédulas y Mandamientos Ley Nº 22.172 provenientes de otras jurisdicciones mediante la Plataforma Bus Federal de Justicia.
• Verificar los requisitos mínimos técnicos establecidos en el Protocolo Técnico de Comunicación Electrónica Interjurisdiccional vigente y en la presente guía.
• Dar el trámite pertinente cuando los instrumentos deban diligenciarse mediante la Oficina de Mandamientos y Notificaciones de esta ciudad.
• Derivar internamente las comunicaciones a las dependencias competentes para su diligenciamiento, mediante el correo electrónico institucional interno: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. • Recepcionar las respuestas elaboradas por las dependencias intervinientes.
• Proceder a la devolución de las diligencias cumplidas a la jurisdicción de origen mediante la Plataforma Bus Federal de Justicia.
Las Mesas Receptoras actuarán como dependencias administradoras de las comunicaciones electrónicas interjurisdiccionales, sin perjuicio de los controles sustanciales y procesales que correspondan a las dependencias jurisdiccionales destinatarias de las diligencias.
2) REQUISITOS PARA ENVIAR COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS AL PODER JUDICIAL DE FORMOSA
Las comunicaciones electrónicas dirigidas al Poder Judicial de la Provincia de Formosa deberán ajustarse al Protocolo Técnico de Comunicación Electrónica Interjurisdiccional aprobado por JUFEJUS/IFITEJ, a las disposiciones de la Ley Nº 22.172, a las normas procesales aplicables y a la presente guía de trámites.
Las comunicaciones electrónicas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Formato documental
Los documentos deberán remitirse exclusivamente en formato PDF, conforme lo previsto en el Anexo Operativo del Protocolo Técnico vigente.
b) Firma
Los documentos electrónicos deberán contar con firma digital o firma electrónica admitida por el Bus Federal de Justicia y aceptada conforme las reglas establecidas en el Protocolo Técnico vigente.
No se admitirán documentos sin firma.
c) Contenido mínimo obligatorio
La comunicación deberá contener claramente consignados los siguientes datos:
1. Designación completa del organismo emisor.
2. Dirección de correo electrónico oficial, domicilio y teléfono de contacto.
3. Individualización precisa de la dependencia destinataria o, en su defecto, los datos necesarios para su correcta determinación.
4. Número de causa y carátula, si existieren.
5. Nombre de las partes.
6. Objeto o naturaleza del proceso.
7. Valor pecuniario del juicio, cuando correspondiere.
8. Transcripción de las resoluciones que deban notificarse o cumplirse, o individualización clara de su objeto.
9. Plazos de cumplimiento o vencimiento, cuando existieren.
10. Individualización y datos de contacto de las personas autorizadas a intervenir en el trámite, cuando correspondiere.
11. Indicación expresa del carácter urgente de la diligencia, mediante la leyenda “URGENTE” incorporada en el encabezado de la comunicación, cuando corresponda.
d) Documentación adjunta para diligencias con impresión en soporte papel
Cuando la diligencia implique impresión de documentación para notificaciones en domicilio real u otras actuaciones similares, deberá darse cumplimiento a lo previsto en el apartado “Acceso a la documentación adjunta” del Anexo Operativo del Protocolo Técnico vigente.
En caso de que la documentación exceda el máximo de impresión previsto, el organismo remitente deberá incorporar mecanismos de acceso digital al documento original y sus adjuntos mediante enlace URL, código QR, código de barras u otro mecanismo equivalente.
e) Rechazo de comunicaciones
Las comunicaciones que no cumplan con los requisitos técnicos, formales o procesales establecidos en el Protocolo Técnico vigente, en la presente guía o en las normas procesales aplicables, podrán ser rechazadas por la dependencia destinataria, debiendo informarse el motivo del rechazo a través del Bus Federal de Justicia.
3) ORGANIGRAMA DEL PODER JUDICIAL DE FORMOSA.
Considerando que la organización de cada Poder Judicial presenta diferencias, en el presente capítulo se ofrece información útil para facilitar la comunicación interjurisdiccional en el marco de la Ley Convenio N° 22.172, a la que adhiriera la Provincia de Formosa mediante Ley N.º 914. Conforme art. 5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de Formosa, la Provincia se divide en tres (3) Circunscripciones Judiciales, con sus respectivas ciudades cabecera y delimitación territorial. Enlace. El Superior Tribunal de Justicia, posee oficinas administrativas y dependencias jurisdiccionales, organizadas éstas últimas por fueros e instancias, con oficinas especializadas en violencia intrafamiliar. Asimismo, forma parte del Poder Judicial el Ministerio Público. Enlace.
4) ENVÍO DE RESPUESTA DE LA DEPENDENCIA DESTINATARIA A TRAVÉS DE LA OFICINA DE COMUNICACIONES
Una vez cumplida la diligencia encomendada, la dependencia interviniente remitirá el resultado a la Mesa Receptora que hubiere efectuado la derivación interna de la comunicación, mediante el correo electrónico institucional correspondiente.
La Mesa Receptora procederá a la devolución de la respuesta a la jurisdicción de origen a través de la Plataforma Bus Federal de Justicia, conforme los requisitos previstos en la presente guía.
La respuesta deberá cumplir, como mínimo, con los siguientes requisitos:
1. Encontrarse compilada en un único documento en formato PDF.
2. Contener la designación completa del organismo remitente.
3. Indicar dirección de correo electrónico oficial, domicilio y teléfono de contacto.
4. Individualizar la dependencia destinataria de la respuesta.
5. Consignar número de causa y carátula, si existieren.
6. Indicar plazos de cumplimiento o vencimiento, cuando correspondiere.
7. Consignar la leyenda “URGENTE” en el encabezado de la comunicación, cuando corresponda.
Las respuestas deberán remitirse a los siguientes correos institucionales internos:
• Oficios Ley N.º 22.172: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
• Cédulas y Mandamientos Ley N.º 22.172:
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
5) ENVÍO DE COMUNICACIONES DESDE DEPENDENCIAS DEL PODER JUDICIAL DE FORMOSA.
Las dependencias del Poder Judicial de Formosa que deban remitir comunicaciones electrónicas a otros organismos adheridos al Bus Federal de Justicia deberán cumplir los requisitos previstos en la guía de trámites de la jurisdicción destinataria y demás normativas aplicables.
Asimismo, deberán observarse los requisitos formales previstos en el Capítulo 3) de la presente Guía.
A los fines de su carga y tramitación en la Plataforma Bus Federal de Justicia, las comunicaciones deberán canalizarse a través de la Mesa Receptora correspondiente, conforme la naturaleza del instrumento:
a) Los Oficios Ley Nº 22.172 deberán remitirse mediante correo electrónico oficial a la “Mesa Receptora de Oficios Ley Nº 22.172”, a la casilla Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
La comunicación deberá remitirse compilada en un único documento en formato PDF.
En caso de no contar la dependencia remitente con firma digital, ésta será inserta por las personas autorizadas de la Mesa Receptora correspondiente, dejándose constancia de que la comunicación constituye copia fiel de la recibida por las vías institucionales internas habilitadas.
b) Las Cédulas y Mandamientos Ley Nº 22.172 deberán remitirse mediante correo electrónico oficial a la “Mesa Receptora de Cédulas y Mandamientos Ley Nº 22.172”, a la casilla Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
Asimismo, incorpórese como Anexo de la presente Guía, bajo la denominación “Instructivo Técnico para digitalizar las Copias para Traslado”, el protocolo de trabajo aprobado mediante Resolución Nº 510/25 (SUP.) y la modificatoria, introducida en los puntos 3 -inciso 3.5 y 4 -inc. 4.5-, aplicable a los supuestos en que el diligenciamiento requiera garantizar acceso digital a documentación adjunta, conforme el Protocolo Técnico de Comunicación Electrónica Interjurisdiccional y su Anexo Operativo.
En los casos alcanzados por dicho instructivo, las dependencias remitentes deberán cumplir los procedimientos técnicos allí establecidos respecto de la utilización de la Nube Privada Judicial (NPJ), generación de enlaces de acceso (URL), configuración de permisos, digitalización de documentación y demás recaudos previstos en el referido Anexo.
Cuando corresponda la remisión de comunicaciones electrónicas en el marco del “Instructivo Técnico para digitalizar las Copias para Traslado”, el documento deberá ser firmado digitalmente y posteriormente remitido a la Mesa Receptora correspondiente, conforme la naturaleza del instrumento a diligenciar, para su carga y tramitación en la Plataforma Bus Federal de Justicia.
6) DATOS DE CONTACTO
Mesa Receptora de Oficios Ley N.º 22.172
A cargo de la Secretaría de Trámites Originarios del Superior Tribunal de Justicia.
• Correo electrónico institucional: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Mesa Receptora de Cédulas y Mandamientos Ley N.º 22.172
A cargo de la Oficina de Mandamientos y Notificaciones de la Primera Circunscripción Judicial.
• Correo electrónico institucional: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Contacto Área Técnica – Centro de Atención al Usuario
• Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
PROTOCOLO DE TRABAJO
INSTRUCTIVO TÉCNICO PARA DIGITALIZAR LAS COPIAS PARA TRASLADO
1. Requisitos previos
1.1. La dependencia remitente debe contar con usuario habilitado en la Nube Privada Judicial (NPJ). En caso de no contar con dicho acceso, deberá solicitarlo vía correo electrónico al Centro de Atención al Usuario (CAT) a través de Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
1.2. La dependencia remitente deberá contar con la información debidamente digitalizada.
1 3. El personal judicial que utilice la NPJ - Nube Privada Judicial - debe conocer el manual de uso y las buenas prácticas antes de operar.
1.4. Los archivos de la carpeta BUS FEDERAL en la NPJ no se eliminarán, ya que forman parte de diligencias oficiales.
2. Estructura de carpetas
Carpeta de la dependencia —› BUS FEDERAL EXPTE-XXXX-XX-0001
• EXPTE = prefijo fijo.
• XXXX-XX = número y año de expediente.
• 0001 = número correlativo del tramite:
Ejemplo: JuzgadoCivil3/BUS FEDERAL/EXPTE-1234-25-0001
3. Procedimiento general para dependencias remitentes
3.1. Crear las carpetas de trámites: dentro de la carpeta BUS FEDERAL, crear la subcarpeta correspondiente al expediente y trámite.
3.2. Copiar la información digitalizada: Cuando el diligenciamiento tenga origen en la misma dependencia, esta deberá copiar en la carpeta correspondiente al expediente toda la información a remitir.
3.3. Generar el enlace de acceso: La dependencia será responsable de generar y configurar el enlace de acceso a la carpeta completa del trámite correspondiente, estableciendo los permisos obligatorios de solo lectura, asignando la contraseña y definiéndola sin fecha de caducidad (ver Manual de Uso del NPJ).
3.4. Incorporar el enlace al documento: la dependencia deberá incorporar el enlace de acceso y la contraseña en el texto del documento que se pretenda diligenciar. Para agregar el enlace a los documentos PDFs, la Dirección de Sistema ha facilitado esta herramienta.
3.5. Firmar digitalmente y remitir a la Mesa Receptora correspondiente:
El documento deberá ser firmado digitalmente, posteriormente subido en formato PDF a la carpeta del trámite en la Nube Privada Judicial (NPJ) y remitido mediante correo institucional a la Mesa Receptora correspondiente, conforme la naturaleza del instrumento a diligenciar.
a) Los Oficios Ley Nº 22.172 deberán remitirse a la “Mesa Receptora de Oficios Ley Nº 22.172”, mediante correo electrónico dirigido a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
b) Las Cédulas y Mandamientos Ley Nº 22.172 deberán remitirse a la “Mesa Receptora de Cédulas y Mandamientos Ley Nº 22.172”, mediante correo electrónico dirigido a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
Las Mesas Receptoras serán las responsables de efectuar la carga y remisión de las comunicaciones a través de la Plataforma Bus Federal de Justicia.
4. Circuito especial para diligencias remitidas por auxiliares de justicia
La dependencia judicial requerirá al auxiliar de justicia la remisión de la información debidamente digitalizada y se seguirá el siguiente procedimiento:
4.1. El abogado envía los documentos en formato PDF al correo institucional de la dependencia. Queda prohibido la remisión de información por pendrive y/o dispositivo externo ante los riesgos de seguridad que conllevan.
4.2. La dependencia judicial verifica que cumpla con los requisitos formales.
4.3. Si está correcta, la dependencia deberá crear, dentro de la carpeta BUS FEDERAL, la subcarpeta correspondiente al expediente y trámite, generar el enlace de acceso (URL) con contraseña y sin fecha de caducidad, y notificar al auxiliar de justicia mediante correo institucional proporcionando el enlace y la contraseña.
4.4. El abogado incorpora en el texto del documento, el enlace y la contraseña provistos por la dependencia judicial, firma digitalmente el PDF y lo remite a la dependencia judicial.
4.5. La dependencia judicial deberá constatar que el enlace generado sea correcto y accesible mediante la contraseña correspondiente. Cumplido ello, remitirá la documentación a la Mesa Receptora correspondiente, conforme la naturaleza del instrumento a diligenciar, para su carga y tramitación en la Plataforma Bus Federal de Justicia.
a) Los Oficios Ley Nº 22.172 deberán remitirse a la “Mesa Receptora de Oficios Ley Nº 22.172”, mediante correo electrónico dirigido a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
b) Las Cédulas y Mandamientos Ley Nº 22.172 deberán remitirse a la “Mesa Receptora de Cédulas y Mandamientos Ley Nº 22.172”, mediante correo electrónico dirigido a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
Las Mesas Receptoras serán responsables de efectuar la carga y remisión de las comunicaciones a través de la Plataforma Bus Federal de Justicia.
5. Aclaraciones
Si en cualquier etapa el documento no cumple con los requisitos técnicos o formales, se devolverá al remitente con las observaciones correspondientes antes de continuar el flujo.
Todo intercambio de enlaces y contraseñas debe realizarse exclusivamente a través del correo institucional. Queda prohibido el uso de dispositivos externos.
Los enlaces deben configurarse siempre con solo lectura y contraseña.
No se eliminarán documentos de la carpeta BUS FEDERAL ni de sus subcarpetas. Toda actividad queda registrada en la auditoría de la Nube Privada Judicial.
CLAUDIA MARÍA FERNÁNDEZ
PRESIDENTA
MARCOS BRUNO QUINTEROS - GUILLERMO HORACIO ALUCIN - ARIEL GUSTAVO COLL
MINISTROS