LICITACIONES PRIVADAS
Se hace saber que por ACTA Nº 3067 pto. 5º se ha dispuesto que en los actos de apertura de sobre de ofertas de Licitaciones Privadas, se admitirán:
1º) Sobres identificados con el nombre de la firma, sea escrita o membretada;
2º) Sobres en los que no se adjunten constancias de inscripción en el Registro de Proveedores de la Provincia: a) si el proveedor está inscripto en dicho registro, verificado en el SIAFYyC y vigente, deberá presentar la constancia de inscripción dentro del plazo que se le otorgue y b) en caso de no encontrarse inscriptos, se rechazará la propuesta por falta de inscripción –art. 15 y 45 Decreto Ley 2643/77-Régimen de Contrataciones de la Provincia- y
3º) en relación al seguro de caución, cuando se presenta con firma digital, deberá ser presentado en original.
 



Licitación 107 - Materiales de construcción - 10-11-2022

RESOLUCIÓN N.º 784/22 Adm


FORMOSA, 01 de Noviembre de 2.022


VISTO:


El Expte. Nº 7.422 - Año 2.022 – ADMINISTRACIÓN, por el cual se tramita la adquisición de materiales varios -ítems 1 al 10-, detallados en la Solicitud del Gasto de página 13 del presente Expediente, solicitados por la Subdirectora de Infraestructura para la construcción de un parasol en el Juzgado de Menores; y


CONSIDERANDO:


Que la Secretaría de Gobierno del Excmo. Superior Tribunal de Justicia ha cumplimentado las diligencias previas para tales efectos, conforme surge de las actuaciones, y que existiendo crédito en la partida respectiva, resulta viable efectuar un llamado a Licitación Privada. Por ello,


EL PRESIDENTE DEL EXCMO. SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA


RESUELVE:


ART. 1º: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Cláusulas Particulares, que forman parte del presente expediente.

ART. 2º: Efectuar un llamado a Licitación Privada Nº 107/22, con el objeto de contratar la adquisición de materiales varios -ítems 1 al 10-, detallados en la Solicitud del Gasto de página 13 del presente Expediente, fijándose como fecha de apertura el día 10 de Noviembre de 2.022, a las 9,40 horas, en el Superior Tribunal de Justicia, y si aquél resultare feriado o no laborable para la Administración Pública Provincial, el día hábil inmediato siguiente.

ART. 3º: Autorizar a la Oficina de Compras y Suministros a efectuar las correspondientes invitaciones a firmas del ramo con una anticipación de cinco (5) días como mínimo con respecto a la fecha de apertura.

ART. 4º: El gasto que demande la presente erogación será con cargo a la Institución 1.2.01.01 - PODER JUDICIAL - Categoría Programática 20.00.00.A01, Fuente de Financiamiento 1.1, Inciso 2 – BIENES DE CONSUMO - Pda. Ppal. 2.5 – Pdas. Pciales.: 2.5.01 – Compuestos químicos y; 2.5.05 – Pinturas y colorantes; Pda. Ppal. 2.6 – Pda. Pcial. 2.6.05 – Cemento, cal y yeso; Pda. Ppal. 2.7 – Pdas. Pciales.: 2.7.01 – Productos ferrosos, 2.7.04 Estructuras metálicas acabadas; 2.7.05 – Herramientas menores y 2.7.09 - Otros no especificados precedentemente; Pda. Ppal. 2.8 – Pda. Pcial. 2.8.04 – Piedra, arcilla y arena y Pda. Ppal. 2.9 – Pdas. Pcial. 2.9.03 – Utiles y materiales eléctricos; del Presupuesto General vigente.

ART. 5º: Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda. Cumplido, ARCHÍVESE. Fdo. RICARDO ALBERTO CABRERA - Presidente.

 

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