Estándares internacionales: Derecho a la vida sin violencia: violencia física, violencia psicológica, violencia doméstica. Derecho a la tutela judicial efectiva: medidas cautelares; La víctima en el proceso.
Jurisdicción: Tribunal de Familia
Carátula: M. S., S. M. J. C/S., B. S/VIOLENCIA FAMILIAR (OVI)
Resolución: A.I. N.º 108/2025
Fecha: 27/02/25



SUMARIO
El Tribunal de Familia dictó medidas de protección y de prohibición de acercamiento a favor de una mujer que sufría violencia de género por parte de su pareja quien padece una discapacidad psicológica. Al repecto, la jueza de trámite ha dicho que: “la propia víctima manifiesta haber sufrido hechos de violencia física, verbal y psicológica ... y a pesar de que las partes se han “reconciliado” (tercer fase del ciclo de la violencia) sin toma de conciencia de los graves hechos sucedidos y de las consecuencias relevantes que podrían afectar no sólo a la Sra. M. S. sino también a sus pequeños hijos, los que son la parte más vulnerable a proteger, teniendo en cuenta asimismo el estado de salud mental del agresor y la valoración de riesgo ...corresponde adoptar medidas con celeridad en resguardo de la integridad psicofísica de las partes…”

Instrumentos jurídicos:
- Ley Nacional N.º 26.485
- Ley Provincial N.º 1569/11

 

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