Estándares internacionales: Derecho a la vida sin violencia: violencia física, laboral, simbólica y psicológica.
Tribunal: Juzgado Civil, Comercial y del Trabajo - Clorinda – 2º Circunscripción
Carátula: L. V. E c/ F. S.R.L. y/u OTRO y/o Q.R.J.R. s/ Acción Común
Fecha: Febrero/2022
Número de Sentencia: 15/22



SUMARIO
En ésta causa promovida por un trabajador en relación de dependencia contra una empresa privada, el actor alegó que la indemnización y reparación económica, debió ajustarse y suponer los topes de un despido sin causa, pero luego de las probanzas arrimadas al expediente, se probó que, lejos de lo promovido en la demanda inicial, el accionante efectivamente habría “..sido despedido con justa causa ante la inconducta llevada a cabo en el lugar de trabajo, en horario laboral y en ocasión de trabajo, insultos, amenazas y agresión física a una compañera de trabajo. Además fue condenado en costas en un 50%” en consonancia con las obligaciones internacionales asumidas por el Estado argentino en materia de derechos humanos de las mujeres.

INSTRUMENTOS
- Ley N°26.485)
- Convención de Belem do Pará
- Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW).

 

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