hit counter
Acuerdo 3009 - Poder Judicial Formosa

Acuerdo 3009

ACUERDO Nº 3009

 

En la ciudad de Formosa, capital de la provincia del mismo nombre, siendo las nueve horas del día veintisiete de marzo del año dos mil diecinueve, se reúnen en la Sala de Acuerdos del Excmo. Superior Tribunal de Justicia, el señor Presidente, Dr. Guillermo Horacio Alucín, los Sres. Ministros, doctores, Marcos Bruno Quinteros, Ricardo Alberto Cabrera, Eduardo Manuel Hang y Ariel Gustavo Coll para considerar:
 
 
PRIMERO: RESOLUCIONES DE PRESIDENCIA: En virtud de lo dispuesto en el artículo 29 inciso 10 de la Ley Orgánica Judicial, se procedió a dar lectura en alta voz de las Resoluciones dictadas por Presidencia, a saber Superintendencia: Nros. 90/19, 92/19, 94/19, 96/19, 102/19, 103/19, 105/19, 106/19, 107/19 y 108/19. Por ello; ACORDARON: Tener presente y aprobar lo actuado.
 
SEGUNDO: Sr. Ministro, Dr. Coll, Ariel Gustavo s/ Presentación de Proyecto de Reestructuración del CRAC: Visto el Expte. N° 1661/19, por medio del cual tramita la presentación del proyecto de reestructuración del Centro de Resolución Alternativa de Conflictos realizada por el Dr. Ariel Gustavo Coll, sujeto a las modificaciones que se estimen pertinentes; ACORDARON: Aprobar el proyecto propuesto implementándose el mismo a partir del 1º de mayo del año en curso, el que entra a formar parte del presente Acuerdo como Anexo I.
 
TERCERO: Dr. Paolisso, Oscar Marcelo s/ Solicitud de Ampliación Acta N°2909, punto 5°: Visto el Expte. N° 1753/19 por medio del cual el Inspector de la Justicia de Paz, Dr. Oscar Marcelo Paolisso solicita se arbitren los medios para ampliar el Acta N°2909, Punto 5°, a fin de que los Secretarios Contravencionales y Civiles de los Juzgados de Paz puedan certificar copias de documentos originales, para descomprimir la actividad de los Jueces de Paz y asimismo para otorgar mayor celeridad a los trámites presentados; ACORDARON: Tener presente.
 
CUARTO: Agte. Argañaraz, Isella Patricia s/ Solicitud de Reducción Horaria: Visto el Expte. N° 1161/19 por medio del cual la agente Argañaraz, Isella Patricia solicita hacer uso de la reducción horaria contemplada en el art. 53 del RIAJ e ingresar a las 7,30 hs. y retirarse a las 12,30 hs, por razones familiares y de salud. Con el informe del Servicio Médico Laboral; ACORDARON: Autorizar provisoriamente hasta la obtención del resultado de la Junta Evaluadora de Discapacidad del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia.
 
QUINTO: Agte. Celina Vera s/ Solicitud de Reducción Horaria: Visto el Expte. Nº 1667/19, por medio del cual la mencionada agente solicita usufructuar el beneficio de la reducción horaria, prevista en el Art. 53 del RIAJ, de una hora el inicio de la jornada laboral y una hora al finalizar la misma durante el presente año, conforme lo indicado por su médico tratante. El Servicio Médico Laboral dictamina favorablemente, aconsejando reducción horaria de dos (2) horas, un hora al inicio y otra al finalizar la jornada laboral y por todo el presente año; ACORDARON: Hacer lugar como se solicita y autorizar a la agente Celina Vera a ingresar a las 7:30 hs y retirarse a las 12,30 horas, por todo el año 2019, pudiendo realizar tareas de tipo administrativa sin atención al público. Todo lo cual dispusieron se dé cumplimiento, ordenando se comunique a quienes corresponda y registre.  

 

GUILLERMO HORACIO ALUCIN
MARCOS BRUNO QUINTEROS    RICARDO ALBERTO CABRERA    EDUARDO MANUEL HANG    ARIEL GUSTAVO COLL

 

ANEXO I
DIRECCION DE RESOLUCION ALTERNATIVA DE CONFLICTOS
ESTRUCTURA


Art. 1°) Estructúrese el actual Centro de Resolución Alternativa de Conflictos en Dirección de Resolución Alternativa de Conflictos (DRAC), a partir de la sanción del presente Reglamento, el cual tendrá las mismas competencias y se regirá por el mismo régimen establecido originalmente para el Centro de Resolución Alternativa de Conflictos del que resulta continuadora.

Art. 2°) Organización. La Dirección de Resolución Alternativa de Conflictos está conformada por un Director, un Sub-Director y los Responsables de los Anexos actuales y los que se creen en el futuro, más la dotación de personal que en cada caso determine el Superior Tribunal de Justicia.

Art. 3°) Director. La Dirección de Resolución Alternativa de Conflictos estará a cargo de un Director/a, que tendrá las siguientes funciones:
a) Ejerce las funciones de superintendencia respecto a todo el personal de la Dirección de Resolución Alternativa de Conflictos (DRAC), designando a los Mediadores que deben intervenir en la Unidad Central.
b) Coordina, supervisa y organiza los anexos de la Dirección de Resolución Alternativa de Conflictos (DRAC).
c) Coordina, planifica y organiza la Unidad Móvil del Poder Judicial.
d) Coordina las mediaciones a distancia en forma intraprovincial e interprovincial, con otras jurisdicciones y las correspondientes al Programa de Oralidad Civil.
e) Dirige y coordina las capacitaciones a todo el personal bajo su mando.
f) Es responsable de la amplia difusión de las actividades de la DRAC.
g) Planifica, supervisa y evalúa las actividades en los diferentes anexos.
h) Ejecuta los proyectos y actividades aprobadas por el Superior Tribunal de Justicia en materia de Resolución Alternativa de Conflictos.
i) Promueve y elabora actividades tendientes de acceso a justicia.
j) Elabora y actualiza los formularios de entrevistas de admisión del DRAC.
k) Suscribe todos los actos administrativos y/o de comunicación del DRAC.

Art. 4°) Subrogante Legal. El Subrogante legal cumplirá las funciones del Director, en caso de ausencia, licencia, vacancia y/o impedimento transitorio.

Art. 5°) Responsables de los Anexos. Los Responsables de los Anexos de la Dirección de Resolución Alternativa de Conflictos, tendrán las siguientes funciones:
a) Cumplir con las directivas impartidas por la Dirección del DRAC. b) Ejercer la superintendencia del personal a su cargo. c) Designar el mediador según la problemática a resolver. d) Organizar la agenda del anexo.

 

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

Tel. Conmutador: (0370) 4425.190 - 4426.163 - 4420.215 - 4429.641 - 4426.043

Juan José Silva N° 856 - C.P. 3600 - Formosa

EDIFICIO DE TRIBUNALES

 

Tel. Conmutador: (0370) 4436.301 al 4436.307

San Martín N° 641 - C.P. 3600 - Formosa

TRIBUNAL DEL TRABAJO 

 

Tel. Conmutador: (0370) 4426490 - 4421644 - 4426140 

España N° 157 - C.P. 3600 - Formosa

TRIBUNAL DE FAMILIA

 

Tel.: (0370) 442.6925 – 444.5443 – 444.5442

Saavedra N° 369, 371 y 377 - C.P. 3600 - Formosa