ACUERDO Nº 2936
En la ciudad de Formosa, capital de la provincia del mismo nombre, siendo las nueve horas del día veintiuno de junio del año dos mil diecisiete, se reúnen en la Sala de Acuerdos del Excmo. Superior Tribunal de Justicia, el señor Presidente, Dr. Guillermo Horacio Alucín, los Sres. Ministros, doctores Eduardo Manuel Hang, Ariel Gustavo Coll, Ricardo Alberto Cabrera y Marcos Bruno Quinteros y la presencia del Señor Procurador General, Dr. Sergio Rolando López, para considerar:
PRIMERO: RESOLUCIONES DE PRESIDENCIA: En virtud de lo dispuesto en el artículo 29 inciso 10 de la Ley Orgánica Judicial, se procedió a dar lectura en alta voz de las Resoluciones dictadas por Presidencia, a saber Superintendencia: Nºs 248/17; 249/17; 254/17; 256/17; 257/17; 258/17; 259/17; 260/17; 262/17; 266/17 y 274/17. Administrativa: 315/17 Por ello; ACORDARON: Tener presente y aprobar lo actuado.
SEGUNDO: Sr. Procurador General, Dr. Sergio Rolando López s/ Solicitud: Visto el Expte Nº 1283/17, en el que recayera el dictado del Acta Nº 2925, Punto Primero, donde se facultó a Presidencia a convocar a un aspirante de la Lista de Orden de Mérito vigente, para cubrir la vacante generada en la Asesoría de Menores e Incapaces de Cámara, por la designación del Abogado Amilcar Javier Maciel como Asistente de la Defensoría Oficial de Primera Instancia Nº1. Que la Secretaría de Gobierno informa que por Resolución Nº174/17 -Sup- fue convocado Lucas Gastón Montes, obrando a fs.33 informe Psicológico del mismo a fs. 33 de las presentes actuaciones; ACORDARON: Disponer la contratación del Sr. Lucas Gastón Montes por el plazo de seis (6) meses, al termino de los cuales se merituara su continuación, en virtud del informe psicológico del Servicio Médico Laboral.
TERCERO: Sr. Procurador General, Dr. Sergio Rolando López s/ Solicitud: Visto el Expte Nº 2340/17 por medio del cual el Dr. Sergio Rolando López, solicita se arbitre lo pertinente para la ampliación del espacio físico de la Morgue Judicial, de tal forma que se pueda contar con una sala de espera que contenga sillas, una pequeña cocina y un sanitario, para poder brindar condiciones de contención a personas damnificadas. Que atento el informe del Responsable de la Oficina de Proyectos, Arq. Fernando Polo; ACORDARON: Facultar a Presidencia a disponer lo pertinente.
CUARTO: Sr. Inspector de la Justicia de Paz, Dr. Oscar Marcelo Paolisso s/Solicitud: Visto el Expte Nº4670/17 por el cual, el citado funcionario solicita se designe un agente administrativo para la dependencia a su cargo, y la posibilidad de designar al agente Alejandro Fabián Cañete, quien presta servicios en el Juzgado de Paz de Menor Cuantía Nº3. Que habiéndose dispuesto por Resolución Nº 274/17 -Sup- el traslado del nombrado agente por estrictas razones del servicio y asimismo designar a su reemplazante; ACORDARON: Facultar a Presidencia a disponer lo pertinente.
QUINTO: Sra. Presidente de la Excma. Cámara Primera en lo Criminal, Dra. María Laura Viviana Taboada s/ Solicitud: Visto el Expte Nº 4191/17 por medio del cual la nombrada magistrada, solicita la habilitación de Caja Chica para cubrir gastos imprevistos y de imperiosa necesidad, aclarando que la rendición de la misma estará a cargo del Secretario, Dr. Ramón Ulises Córdova. Que el Servicio Administrativo Financiero informa que dicho gasto no está previsto en el presupuesto de este año, ACORDARON: No hacer lugar a lo solicitado, atento a lo informado por el Servicio Administrativo financiero.
SEXTO: Sra. Juez del Excmo. Tribunal de Familia, Dra. Silvia Teresa Pando s/ Solicitud: Visto el Expte Nº 4693/17 por medio del cual la citada magistrada, solicita prórroga de plazo para dictar sentencia, conforme lo dispuesto en el art. 167 CPCC, en el Expte Nº 1082- Año 2003, registro de dicho Tribunal, teniendo en cuenta la complejidad del mismo y la voluminosidad de la prueba documental existente; ACORDARON: Conceder la prorroga solicitada por el plazo de veinte (20) días.
SEPTIMO: Sra. Directora de Recursos Humanos, Dra. Gladys Liliana Vega s/ Informe: Visto el Expte Nº 4352/17 mediante el cual la Dra. Gladys Liliana Vega, informa el vencimiento del período constitucional -art. 169 Constitución Provincial- del Juez de Paz de Menor Cuantía de la Localidad de Gral. Güemes, Dr. Sergio López Foressi. Que por Resolución Nº315/17 -Adm- de Presidencia, se renovó en forma provisoria el contrato del Dr. Sergio Eduardo López Foressi, hasta el día 21 de junio del corriente año. Que atento al informe del Sr. Inspector de la Justicia de Paz, Dr. Oscar Marcelo Paolisso, de la cual surge la negligente tramitación de actuaciones que están a cargo del titular del Juzgado, que se constatan en grado de reiteración, luego de haberse comprobado similar conducta en el magistrado, a quien se había exhortado en aquel momento (noviembre de 2015, inspección realizada por los Sres. Ministros Alucin y Coll) a mejorar su desenvolvimiento, sin que se advierta respuesta en tal sentido, resulta pertinente la no renovación del mandato del Dr. Sergio Lopez Foressi como Juez de Paz de Menor Cuantía de la Localidad de Villa General Güemes, en función de las atribuciones que el art. 169 de la Constitución Provincial confiere a este Superior Tribunal de Justicia; ACORDARON: No renovar el mandato del Dr. Sergio Lopez Foressi como Juez de Paz de Menor Cuantía de la Localidad de Villa General Güemes, en función de las atribuciones que el art. 169 de la Constitución Provincial confiere a este Superior Tribunal de Justicia.
OCTAVO: Sra. Juez del Juzgado de Paz de la localidad de Laguna Blanca, Dra Agustina Alvarenga s/ Solicitud: Visto el ExpteNº 4005/17 por medio del cual la mencionada magistrada, solicita se asigne un personal que cumpla funciones de graboverificador, dada la necesidad de ingresar datos al sistema informático, a fin de sustituir los libros de Mesa de Entradas por los proporcionados por el sistema de gestión SIP@Z. En caso de ser factible su petición, el mismo resida en dicha localidad y cuente no solo con las capacidades tecnológicas requeridas sino también el perfil necesario para cumplir tareas inherentes a la labor cotidiana del Juzgado. Con los informes de la Dirección de Recursos Humanos, el Servicio Administrativo Financiero y el Área de Estadísticas, ACORDARON: Facultar a Presidencia a contratar una persona, con el perfil técnico idóneo para dicha función.
NOVENO: Responsable del Centro de Resolución Alternativa de Conflictos, Lic. María Irma González s/ Solicitud: Visto el Expte Nº 3084/17 por medio del cual, la Licenciada María Irma González eleva a consideración el proyecto de ampliación al Reglamento de la dependencia a su cargo –CRAC-, para el archivo de las solicitudes, debido al cúmulo de solicitudes que se encuentran en dicha dependencia así como en sus anexos. Con el informe elevado por e Cuerpo de Relatores de este Superior Tribunal de Justicia; ACORDARON: Aprobar la modificación del art. 9 del Reglamento del CRAC, tal como se detalla en el Anexo I, el que pasa a formar parte del presente Acuerdo.
DECIMO: Agente Silvana Adalid Jarzynski s/ Solicitud: Visto el Expte. Nº 3786/17 por medio del cual la mencionada agente, solicita autorización para desempeñarse como Tutora Guía del Diplomado en Dirección del Servicio Nacional de Facilitadores Judiciales los días sábado 17 de junio, 15 de julio, 12 de agosto, 9 de septiembre, 07 de octubre y 04 de noviembre en horario matutino, no existiendo superposición horaria con sus tareas laborales, sin exceder el máximo de horas establecidas por el Art.8º inc. “c” del RIAJ y contando con la opinión favorable de Superior Jerárquico, ACORDARON: Conceder la autorización solicitada, conforme lo establecido por el Art.8º inc. “c” del RIAJ.
DECIMO PRIMERO: Agente Lucía Lorenzo y Losada s/ Solicitud: Visto el Expte Nº 4307/17 por medio del cual la mencionada agente, solicita el beneficio de adecuación de tareas y reducción horaria al finalizar la jornada laboral, conforme lo solicitado por su médico tratante y lo establecido por el Art. 53 del RIAJ, contando con la opinión favorable del superior jerárquico. El servicio Médico Laboral considera conveniente se otorgue la adecuación de tareas, encontrándose apta para realizar tareas administrativas sin atención al público y la reducción horaria en la última hora laboral Por ello, ACORDARON: Hacer lugar a lo solicitado y conceder la reducción horaria en la última hora laboral, es decir de 06:30 a 12:30 horas, hasta finalizar el presente año.
DECIMO SEGUNDO: Agente Mónica Delia Sosa s/ Solicitud: Visto el Expte. Nº 4392/17 por medio del cual la mencionada agente, solicita la prórroga excepcional de treinta (30) días de Licencia por Enfermedad de Largo Tratamiento –Art.49 del RIAJ-, que se encuentra usufructuando, dado que la resolución de su jubilación por invalidez se encuentra con demora, en razón de la nueva legislación vigente a partir del año en curso. La Dirección de Recursos Humanos informa que el 13 de junio del corriente año, la misma ha cumplido un año de Licencia por Art.49 del RIAJ; ACORDARON: Prorrogar la licencia concedida por el plazo de treinta (30) días.
DECIMO TERCERO: Sr. Juez de Paz de Menor Cuantía de Las Lomitas, Dn. Andrés Barroca s/ Solicitud: Visto el Expte.Nº4734/17 por medio del cual el mencionado magistrado, solicita la baja de éste Poder Judicial, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, a partir del día 01 de julio del año en curso, adjuntando copia de la Resolución Nº 1262/17 de la Caja de Previsión Social de la Provincia; ACORDARON: Aceptar la renuncia presentada y dar de baja al Sr. Andrés Barroca en el cargo de Juez de Paz de Menor Cuantía de la localidad de Las Lomitas, a partir del 01 de julio del corriente año, agradeciendo los valiosos servicios prestados durante su excelente desempeño e impecable trayectoria en el Poder Judicial. Tomen conocimiento el Servicio Administrativo Financiero y la Dirección de Recursos Humanos, a sus efectos.Todo lo cual dispusieron se dé cumplimiento, ordenando se comunique a quienes corresponda y registre.
GUILLERMO HORACIO ALUCIN
EDUARDO MANUEL HANG ARIEL GUSTAVO COLL RICARDO ALBERTO CABRERA MARCOS BRUNO QUINTEROS
SERGIO ROLANDO LOPEZ
ANEXO I
ACUERDO Nº 2936
Incorporación artículo 9 del Reglamento del Centro de Resolución Alternativa de Conflictos.
ARTÍCULO 9).- Las solicitudes en que se arribe a un acuerdo se conservarán en la sede del Centro de Resolución Alternativa de Conflictos por el término de tres (3) años, vencido el cual el responsable a cargo de la Oficina dispondrá su remisión al Archivo General del Poder Judicial. Las solicitudes en las que el procedimiento de resolución alternativa de conflictos concluya por una causal distinta al Acuerdo, se conservarán en la sede del Centro de Resolución Alternativa de Conflictos por el término de dos (2) años, vencido el cual el responsable a cargo de la Oficina dispondrá su remisión al Archivo General del Poder Judicial. En los dos primeros meses de cada año judicial, el responsable del Centro de Resolución Alternativa de Conflictos remitirá al Archivo General las solicitudes y documentos e instrumentos relacionados que deban archivarse.