Resolución Nº 215/20 (Sup)
FORMOSA, 05 de octubre de 2020.
VISTO:
El parte del Consejo de Atención Integral de la Emergencia COVID-19 correspondiente al día 04/10/20 , y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo, y ante la detección de casos positivos de covid-19 en la localidad de General Belgrano, el Consejo de Atención Integral de la Emergencia COVID-19 dispuso, de manera preventiva, el bloqueo de dicha localidad a partir del día 04/10/20, como así también el aislamiento social, preventivo y obligatorio, mientras la situación epidemiológica lo requiera.
Que asimismo, el punto 14º inc. a) del citado parte establece que durante la vigencia de las medidas indicadas precedentemente, las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo.
Que en consecuencia, resulta pertinente tomar las medidas preventivas necesarias en el Juzgado de Paz de la localidad de General Belgrano.
Por ello;
EL EXCMO. SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
RESUELVE:
1º).- Establecer a partir de la fecha y hasta tanto duren las medidas preventivas sanitarias dispuestas por el Consejo de Atención Integral de la Emergencia COVID-19, receso extraordinario con régimen de Feria Judicial en el Juzgado de Paz de General Belgrano, con suspensión de términos y audiencias sin perjuicio de la validez de los actos procesales cumplidos o que se cumplan.
2º).- Disponer que deberá permanecer cerrado el Juzgado de Paz de la localidad de General Belgrano, sin concurrencia del personal de todos los escalafones, debiendo permanecer los mismos en carácter de Guardia Pasiva, con el personal que no se encuentre comprendido en los grupos de riesgo, intensificando el uso de las herramientas informáticas y tecnológicas disponibles, y restringiendo al mínimo indispensable los movimientos de expedientes y/o materiales del Poder Judicial, concediendo licencia al resto del personal con goce de haberes. Debiendo informar el Juez de Paz el personal afectado.
3º).- Disponer la suspensión de la totalidad de los turnos de atención otorgados en el Juzgado de Paz de la localidad de General Belgrano.
4º).- Ratificar los Protocolos establecidos en el Acuerdo 3050 Anexos II Protocolo de Sanitización COVID-19 y IV Domicilio Electrónico, y reactivar el Anexo III Presentaciones Electrónicas , todo ello para las dependencias judiciales de la localidad de General Belgrano.
5º).-Regístrese. Notifíquese. cumplido. ARCHÍVESE. Fdo: Dr. Marcos Bruno Quinteros - Presidente - Dr. Guillermo Horacio Alucín- Dr. Ricardo Alberto Cabrera- Dr. Eduardo Manuel Hang – Dr. Ariel Gustavo Coll - Ministros-