Feriados trasladables
Los feriados nacionales cuyas fechas coincidan con los días martes y
miércoles serán trasladados al día lunes anterior. Los
que coincidan con los días jueves y viernes serán trasladados al
día lunes siguiente. Art. 6 de la
Ley 27.399
Los feriados nacionales cuyas fechas coincidan con un día sábado o
domingo podrán trasladarse al lunes inmediato posterior o al
último viernes inmediato anterior, según lo determine la
Autoridad de Aplicación. Art. 1 del
Decreto 614/2025.
Feriados Nacionales
Feriados Nacionales que se rigen por el la Ley de Establecimiento de Feriados
y Fines de semanas largos Nº 27.399 Publicada en el Boletín
Oficial del 18/10/2017.
Días no laborables
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Ley Nº 26.199
dictada en conmemoración del genocidio sufrido por el pueblo armenio.
Los empleados y funcionarios de organismos públicos y los alumnos de
origen armenio quedan autorizados a disponer libremente de los días
24 de abril de todos los años para poder asistir y participar de las
actividades que se realicen en conmemoración de la tragedia que
afectó a su comunidad. Se invita a los gobiernos provinciales a
adherir a las disposiciones de la presente ley.
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Sólo para habitantes que profesen la Religión Judía.
Dispuesto por el Art. 2 de la
Ley 27.399.
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Pesaj primeros días desde el miércoles 01/04/2026 al
atardecer hasta el viernes 03/04/2026 al atardecer
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Pesaj últimos días desde el martes 07/04/2026 al atardecer
hasta el jueves 09/04/2026 al atardecer
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Rosh Hashaná desde el viernes 11/09/2026 al atardecer hasta el
domingo 13/09/2026 al atardecer
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Iom Kipur desde el domingo 20/09/2026 al atardecer hasta el lunes
21/09/2026 al atardecer
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Solo para los habitantes que profesen la Religión Islámica.
Dispuesto por el Articulo 3 de la
Ley N° 27.399.
Fechas aproximadas. Se rigen por el calendario lunar.
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Los fines de semana con fines turísticos conforme lo prescripto por
el art. 7 de la
Ley N° 27.399,
Resolución 164/2025.