FORMOSA, 03 de noviembre de 2022
VISTO:
El Expte. Nº 7774/22 caratulado: “Dr. Gutiérrez, Facundo Omar S/ Consulta y solicita -presentaciones electrónicas-”, registro del Superior Tribunal de Justicia, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo, el Dr. Facundo Omar Gutiérrez, manifestó que en fecha 12 de octubre del corriente año realizó una presentación digital ante el correo oficial de la Mesa de Entradas del Juzgado Civil y Comercial N° 7 de la localidad El Colorado, a fin de promover ejecución de honorarios regulados y firmes a favor de su mandante AFIP. Que en dicha presentación, acompañó el escrito de demanda y las documentales con las que contaba; contestando desde el Juzgado interviniente que, por la vía electrónica sólo admiten escritos de una (01) sola hoja como máximo y sin documentales; aclarándole que si quiere presentar documentales debe ir de manera presencial y llevar en formato papel dichos documentos.
Que el presentante expresa primeramente que le parece contradictorio que, por un lado, se habilite un canal electrónico para las presentaciones judiciales, y por otro, se impongan limitaciones que desnaturalizan la finalidad de facilitar el trabajo de los auxiliares de la justicia y por ende también modernizar la propia administración del Poder Judicial. Que asimismo, considera que ello iría en contra de los fundamentos del proyecto "e-justicia" que busca implementar el Superior Tribunal de Justicia.
Que entrando analizar la cuestión planteada, el Sr. Ministro Dr. Eduardo Manuel Hang opinó que habiéndose finalizado con la situación de excepción a que nos obligó la Pandemia, la presentación carece de sentido. Que a su turno el Sr. Ministro, Dr. Ariel Gustavo Coll se adhiere a la opinión que le precede y manifiesta que las presentaciones son presenciales.
Que los Sres. Ministros, Dres. Guillermo Horacio Alucin, Marcos Bruno Quinteros y el Sr. Presidente, Dr. Ricardo Alberto Cabrera, coinciden con los Ministros preopinantes.
Que en virtud de las opiniones de lo expuesto y considerando que desde el 01 de noviembre del año 2021 este Poder Judicial dispuso el regreso a la presencialidad plena, como asimismo, a los horarios laborales y de atención al público habituales; habiéndose flexibilizado, dejándose sin efecto, por parte del Gobierno Provincial y Nacional, casi la totalidad de las medidas en cuanto a distanciamiento social y prevenciones respecto al COVID-19, deviene procedente dictar el presente acto administrativo. Por ello,
EL EXCMO. SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
RESUELVE:
1º) Establecer que la totalidad de las presentaciones de escritos u otras documentales, para todos los fueros e instancias, se realicen de manera presencial y en soporte papel, conforme lo expuesto en los considerandos precedentes.
2º) REGISTRESE. Notífiquese al Consejo profesional de la Abogacía y a quienes corresponda. Cumplido, archívese.- Fdo: Dr. Ricardo Alberto Cabrera- Presidente - Dr. Eduardo Manuel Hang - Dr. Ariel Gustavo Coll - Dr. Guillermo Horacio Alucin - Dr. Marcos Bruno Quinteros- Ministros-