Atento al feriado extraordinario e intempestivo dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional mediante Decreto Nº 573/2022, al que se adhirió este Poder Judicial, se hace saber que los efectos notificatorios de las resoluciones judiciales publicadas en fecha 2 de septiembre de 2022, comenzarán a correr a partir del siguiente día de lista hábil (art. 133 -párrafo primero- del Código Procesal Civil y Comercial).
Dra. María Celeste Córdoba
Secretaria STJ