Estándares internacionales: Derecho a la no discriminación: igualdad y no discriminación. Derecho a la tutela judicial efectiva: acceso a justicia y debida diligencia, la víctima en el proceso.
Jurisdicción: 1º circunscripción
Dependencia: Tribunal de Familia
Carátula: S., N. J. c/ S., M. M. s/ Apelación – Juzgado de 1° Instancia en lo Civil, Comercial, del Trabajo y de Menores Nº 7 – El Colorado.
Resolución: 213/26
Fecha: 09/03/26
SUMARIO
La Sala A del Excmo. Tribunal de Familia resolvió un recurso de apelación interpuesto por una mujer contra la resolución que había rechazado su pedido de beneficio de litigar sin gastos en un proceso de filiación. El Tribunal hizo lugar al recurso de apelación, revocó la resolución de primera instancia y concedió el beneficio de litigar sin gastos a la actora. El tribunal tuvo en cuenta que: “el presente caso debe ser analizado bajo la lente de la perspectiva de género por cuanto la decisión de grado incurre en una visión sesgada al considerar que la reincorporación laboral de la actora elimina su necesidad económica”. Asimismo, afirmó que: “El ingreso salarial de una mujer con un hijo menor a cargo no tiene la misma disponibilidad que el de quien no tiene esas cargas, debido a los gastos derivados de la tercerización del cuidado”. Finalmente, el Tribunal concluyó que: “Negar el beneficio basándose en una visión estrictamente contable constituye un artificio de dominación y una barrera de acceso que profundiza la desigualdad estructural...“Mantener el rechazo para la Sra. S. crearía una palmaria desigualdad procesal, y como bien sostiene la doctrina citada el beneficio busca que la situación económica no sea un impedimento para la defensa en juicio. Negarlo aquí equivaldría a clausurar el acceso a la jurisdicción por razones económicas.”
Instrumentos Jurídicos
- Constitución Nacional
- Ley Nacional N.º 26.486
- CEDAW
- Recomendación General Conjunta N.º 31 del Comité CEDAW y N.º 18 del Comité de los Derechos del Niño
- Convención de los Derechos del Niño