FORMOSA, 03 de agosto de 2020
Y V I S T O S:
La disposición contenida en el Art. 7º de la Ley de Honorarios Profesionales (Nº 512); y
CONSIDERANDO:
Que la misma establece la Unidad de Medida Arancelaria, denominada "JUS" y equivalente al uno por ciento (1%) de la remuneración total asignada al cargo de Juez Letrado de Primera Instancia de la Provincia.
Que, la Dirección del Servicio Administrativo-Financiero mediante Expte Nº2878/20, informa que el nuevo valor del “JUS”, conforme a la remuneración total asignada al cargo de Juez de Primera Instancia, acorde con el incremento salarial vigente a partir del 1º de julio de 2020, por Resolución Nº153/20 -Adm.- del STJ, arrojando el mismo la suma de Pesos UN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS ($1.276,00.-);
Por ello,
EL EXCMO. SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
R E S U E L V E:
1º) Fijar a partir del 1º de julio de 2020 el valor "JUS" en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS ($1.276,00.-).
2º) Disponer que por Secretaría de Gobierno se informe el valor referenciado a las Secretarías de Trámites Originarios y de Recursos de este Superior Tribunal de Justicia, a la totalidad de los Juzgados, Cámaras y Tribunales de Instancia Unica de la Provincia y al Consejo Profesional de la Abogacía.
3º) Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda. Cumplido, ARCHIVESE.