ACTA Nº 3039
En la ciudad de Formosa, capital de la provincia del mismo nombre, siendo las nueve horas del día veinte de noviembre del año dos mil diecinueve, se reúnen en la Sala de Acuerdos del Excmo. Superior Tribunal de Justicia, el señor Presidente Subrogante Dr. Marcos Bruno Quinteros y los Sres Ministros, Dres: Ricardo Alberto Cabrera, Eduardo Manuel Hang y Ariel Gustavo Coll, encontrándose ausente por razones de servicio el Dr. Guillermo Horacio Alucín, para considerar:
PRIMERO: RESOLUCIONES DE PRESIDENCIA: En virtud de lo dispuesto en el artículo 29 inciso 10 de la Ley Orgánica Judicial, se procedió a dar lectura en alta voz de las Resoluciones dictadas por Presidencia, a saber Superintendencia: 465/19. Por ello; ACORDARON: Tener presente y aprobar lo actuado.
SEGUNDO: Sr. Ministro del Excmo. Superior Tribunal de Justicia, Dr. Coll, Ariel Gustavo s/ Proyecto de Modificaciones de funciones de los Integrantes del Departamento de Psicología Forense: Visto el Expte. Nº 8911/19 por medio del cual el Dr. Coll, remite el Proyecto de Modificación de Función de los Integrantes del Departamento de Psicología Forense, en base a la disminución en la cantidad de causas del fuero penal en etapa de ejecución en las que intervienen, ante la conformación del Organismo Técnico–Criminológico del Sistema Penitenciario y las conclusiones de la Sentencia Nº 5.341 tomo 2019, dictada por este Superior Tribunal de Justicia. Que dicho Fallo señaló, respecto a los informes Psicológicos realizados por profesionales de este Poder Judicial, que no son requisitos que exija la legislación vigente, puesto que la norma prescribe la participación de los Organismos que están en contacto con el interno, siendo quienes diariamente pueden supervisar su conducta y analizar su evolución. Que la intervención de los Profesionales del Poder Judicial en los incidentes de salidas transitorias, se justificaba, en tanto la Administración Penitenciaria Provincial no contara con un Consejo Técnico Criminológico, omisión ésta que ya ha sido largamente superada, de manera que requerir informes que la ley no exige y sobre ellos asentar conclusiones que vulneran los derechos del interno, implica violentar el principio de legalidad al ejercerse la jurisdicción mediante un apartamiento de la Ley vigente. Advirtiendo también, que distinta es la situación que se contempla en el Apartado VI del Art.17 de la Ley Nº24.660, cuando se refiere a las personas condenadas por los delitos previstos en el Art.128 –tercer párrafo – Art.129 –segundo párrafo – y Art.131 del Código Penal, donde el Juez antes de adoptar una decisión, requerirá un informe Interdisciplinario del Juzgado de Ejecución Penal. Ante lo expuesto, sugiere disponer que el Juzgado de Ejecución Penal se adecue a lo dispuesto por el ordenamiento procesal vigente, evitando recurrir a los profesionales del Cuerpo Médico Forense, a excepción de los casos contemplados en el citado apartado VI del Art.17 de la Ley 24.660. De esa manera se podrá disponer que personal perteneciente al Departamento de Psicología Forense, realice las Psicoterapias de adaptación laboral cuando son sugeridas por el Servicio Médico Laboral a los ingresantes de éste Poder Judicial, evitando generar una carga económica en los mismos, al tener que concurrir a profesionales particulares externos. Con el informe del Director del Cuerpo Médico Forense, Dr. Walter Hugo Macoritto. Por ello, ACORDARON: Aprobar el proyecto presentado por el Dr. Ariel Gustavo Coll, e incorporar al Art. 247 del Reglamento Interno para la Administración de Justicia: “...Instruir a los integrantes del Departamento de Psicología Forense que deberán intervenir ante el Fuero de Ejecución Penal solamente en los casos contemplados en el ya citado apartado VI del del Art. 17 de la Ley 24.660, pudiendo ser convocados para que realicen la Psicoterapia de adaptación laboral cuando son sugeridas por el Servicio Médico Laboral a los ingresantes de este Poder Judicial”.
TERCERO: Dra. Pieske de Consolani, Claudia s/ Solicitud de Prórroga para dictar sentencia: Visto el Expte. Nº 9371/19 por medio del cual la mencionada Magistrada solicita se le conceda prórroga para dictar sentencia conforme lo dispuesto en el Art.167 inc.2º del CPCC, en los siguientes exptes.: 1) 00562/14 “González, Juan Cancio c/López, Adolfina Esther Y/O cualquier Otro Ocupante s/Juicio de Desalojo”; 2) 00905/09 “Ruíz, Isaac Esteban c/Arias, Miguel Angel Y/U Otros s/Ordinario; 3) 00752/08 “Fernández, Walter Ariel c/Medina Leoncio Javier Y/U Otro s/Ordinario”; 4) 01028/15 “Correa, Timoteo c/Spagna, Rubén Oscar Y/U Otros s/Juicio Ordinario (Reivindicación)”; 5) 00201/18 “Mendoza, Walter Manuel c/Vega, Alcides Y/U Otros s/Juicio Ordinario (Daños y Perjuicios); 6) 00687/17“Romero, Silvia c/Gómez Martínez, Andrés Felipe s/Juicio Ordinario –Daños y Perjuicios-; 7) 00720/10 “Parra Vda. de Fernández, Yolanda c/Valant, Rodolfo s/Ordinario”; 8) 01042/11 “Ruíz, Mirtha c/Paniagua, Cristian Marcelo y Otros s/Juicio Ordinario (Daños y Perjuicios)”; 9) 00954/17 “Britos Fretes, Isabelino c/Núñez Edelira s/Juicio Ordinario (Daños y Perjuicios)”; 10) 00571/18 “Almirón, Matías Omar De La Cruz c/Martínez, Mirtha Mabel Y/U Otro s/Juicio Ordinario”; 11) 00773/18 ”Wolf, Lucía Moira c/Oviedo, Omar Oreste y Otros s/Juicio Ordinario (Daños y Perjuicios); 12) 00273/17 “García, Zulma Beatriz y/Otros c/Siacia, Pablo Ramón Y/U Otros s/Juicio Ordinario (Daños y Perjuicios)”, todos del registro del Juzgado a su cargo. Funda dicha petición en el cúmulo de trabajo y aumento de ingreso de las causas. Por ello, ACORDARON: Conceder la prórroga solicitada por el término de sesenta (60) días para dictar sentencia en las causas de mención, de conformidad con lo establecido en el Art.167, ap.2º del C.P.C.C.
CUARTO: Dr. Espinosa, Herberto Fermín s/ Proyecto de Convenio de Colaboración Institucional entre el Poder Judicial de la Provincia de Formosa y la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación: Visto el Expte. Nº 6354/19 por medio del cual la Coordinadora del Consejo Académico de la Escuela Judicial, Dra. María Celeste Córdoba, eleva las presentes actuaciones, donde a fs. 26 se adjunta el Protocolo Reglamentario de Acreditaciones para Capacitaciones por Streaming, con las opiniones vertidas por los Miembros de dicho Consejo. Que en mérito al aporte realizado por la Consejera y Secretaria de Gobierno, Dra. Priewe, se estima conveniente que dicho Protocolo contemple un mecanismo de control automático que permita “acceder o no a la evaluación final del curso”, a efectos de evitar recursos o solicitudes de agentes que habiendo aprobado el examen no cuenten con los requisitos mínimos de asistencia necesarios a tal fin, y se propone la incorporación del Art.10º con la siguiente redacción: “El acceso a la evaluación final requerirá el cumplimiento de la asistencia mínima establecida en cada caso, cuyo control se efectuará por sistema”. Por su parte, la Consejera y Fiscal Nº1 de la Segunda Circunscripción Judicial -Clorinda-, ha considerado la posibilidad de modificar el plazo para responder a las preguntas múltiple choice, pudiendo ser de 3’(tres minutos), plazo que se considera excesivo si se tiene en cuenta que las consignas no requieren un desarrollo de los temas, sino que se realiza bajo el formato múltiple choice. Por ello, ACORDARON: Aprobar el Protocolo Reglamentario de Acreditaciones para Capacitaciones por Streaming, con las sugerencias efectuadas por la Secretaria de Gobierno, Dra. Priewe, que pasa a formar parte de la presente como Anexo I.
QUINTO: Dirección de Biblioteca e Informática Jurisprudencial s/ Propuesta de Logo Aniversario del Poder Judicial: Visto el Expte. Nº 9052/19 por medio del cual la Dra. Claudia Beatriz Torales, Directora Subrogante de la mencionada dependencia, eleva la Nota presentada por la Jefa de Departamento, Mónica García, en la que solicita la elección y aprobación del modelo de Logo e Isólogo para ser utilizado durante el año 2020, desde enero a diciembre, con motivo de cumplir sesenta años el Poder Judicial. Adjunta nueve modelos de diseños y cada uno con tres versiones de color para ser utilizadas según la ocasión: membretes en todos los documentos administrativos de este Superior Tribunal de Justicia; como encabezado de nuestra página web y en cada presentación, noticia, banner, agenda, calendario, folletos, diplomas, señaladores y todo otro tipo de material audiovisual o impreso que se confeccione durante el año 2020. Manifiesta que el logo que presenta como modelos, tiende a revalorar el sentimiento de todos los empleados judiciales y toda su historia. Por ello; ACORDARON: Disponer a partir del 21 y hasta el 30 de Noviembre del corriente año, un Concurso entre el personal judicial para que propongan el logo que consideren más adecuado, facultando a la Directora Subrogante de la Dirección de Biblioteca a recepcionar los logos a través de la metodología que estime pertinente.
SEXTO: Agente González, Alejandro Valentín s/ Solicitud de Traslado: Visto el Expte. Nº 8701/19 por medio del cual el nombrado agente, quien cumple funciones de Ordenanza en el Juzgado Civil, Comercial, del Trabajo y de Menores Nº7 de El Colorado, solicita su traslado al edificio donde funcionará la Oficina de Mandamientos y Notificaciones y la Delegación de la Dirección de Resolución Alternativa de Conflictos. El Sr. Juez del Juzgado Dr. Bittar, presta su conformidad a lo solicitado, manifestando que requiere de un agente más que cumpla las funciones de Ordenanza. Con los informes de la Dirección de Recursos Humanos y del Servicio Administrativo Financiero, ACORDARON: Tener presente.
SEPTIMO: Agente Peralta, Miguel Alberto S/Renuncia al Poder Judicial: Visto el Expte. Nº 9368/19 por medio del cual el nombrado agente presenta su renuncia al cargo que detenta en la Planta Permanente de este Poder Judicial para acogerse al beneficio de la Jubilación Ordinaria, a partir del 1º de febrero del año 2020. Con el informe de la Dirección de Recursos Humanos; ACORDARON: Aceptar la renuncia presentada por el agente Miguel Alberto Peralta, dándosele de baja a partir del 1º de febrero del año 2020, agradeciendo los valiosos servicios prestados al Poder Judicial. Disponer que por el Servicio Administrativo Financiero, se abonen los emolumentos pendientes de pago, si correspondiere. Todo lo cual dispusieron se dé cumplimiento, ordenando se comunique a quienes corresponda y registre.
MARCOS BRUNO QUINTEROS RICARDO ALBERTO CABRERA
EDUARDO MANUEL HANG ARIEL GUSTAVO COLL
ANEXO I
Protocolo Reglamentario de Acreditaciones para Capacitaciones por Streaming
Art. 1º.- El personal a cargo de cada actividad de capacitación, deberá descargar el registro de los alumnos que estén en streaming, al menos tres veces durante el cursado de la misma.
Art. 2º.- Cada participante deberá figurar en la lista, en un mínimo de dos (02) de las tres (03) veces pautadas.
Art. 3º.- Usuario y contraseña del aula virtual son datos personales e intransferibles. La confidencialidad de los mismos es responsabilidad de su titular (alumno).
Art. 4º.- Al finalizar cada capacitación, estará disponible, por un determinado tiempo, un examen de autentificación, que el alumno deberá rendir y aprobar. Una vez transcurrido el tiempo habilitado, quedará finalizado sin posibilidad de realizarlo.
Art. 5º.- El banco de preguntas será confeccionado por el/los capacitador/es, y deberá ser remitido a la Escuela Judicial en un plazo mínimo de 72 hs. hábiles con anterioridad al inicio del curso.
Art. 6º.- Las preguntas deberán ser presentadas en un archivo con los siguientes formatos: .doc, .docx, .odt o .pdf, especificando claramente cual/es es/son la/s respuesta/s correcta/s.
Art. 7º.- Las consignas pueden ser: a) múltiple choise de respuesta única, b) múltiple choise de respuesta múltiple, c) verdadero/falso y d) relacionar definiciones con conceptos.
Art. 8º.- Se darán aproximadamente 2 (dos) minutos por preguntas para responder.
Art. 9º.- El examen se considerará aprobado habiéndose realizado correctamente el 70% del mismo.
Art. 10.- El acceso a la evaluación final requerirá el cumplimiento de la asistencia mínima establecida en cada caso, cuyo control se efectuará por sistema.