ACTA Nº 3024
En la ciudad de Formosa, capital de la provincia del mismo nombre, siendo las nueve horas del día diez de julio del año dos mil diecinueve, se reúnen en la Sala de Acuerdos del Excmo. Superior Tribunal de Justicia, el señor Presidente, Dr. Guillermo Horacio Alucín, los Sres. Ministros, doctores, Maros Bruno Quinteros, Ricardo Alberto Cabrera, Eduardo Manuel Hang y Ariel Gustavo Coll, para considerar:
PRIMERO: Resoluciones de Presidencia: En virtud de lo dispuesto en el artículo 29 inciso 10 de la Ley Orgánica Judicial, se procedió a dar lectura en alta voz de las Resoluciones dictadas por Presidencia, a saber Superintendencia: Nros. 237/19; 238/19; 243/19; 244/19; 245/19; 247/19; 248/19; 249/19; 250/19; 251/19 y 452/19. Por ello; ACORDARON: Tener presente y aprobar lo actuado.
SEGUNDO: Sra. Secretaria de Gobierno, Dra Priewe Verónica Esmilce s/ Solicitud: Visto el Expte N°3263/19 por medio del cual la mencionada Funcionaria, eleva a consideración el proyecto de modificación del art. 64 del RIAJ -Reconocimientos Médicos-, con el objeto de actualizar y aclarar el plazo de justificación de las inasistencias por razones de salud –art. 48 y 54 del RIAJ; ACORDARON: Modificar el art. 64 del RIAJ el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 64º.- RECONOCIMIENTOS MÉDICOS.- El personal que se vea precisado a faltar a su trabajo por razones de salud propia o de familiar (Arts. 48 y 54), deberá hacerlo saber dentro de las dos primeras horas del horario habitual de labor, a la dependencia en la que presta servicios y a la Dirección de Recursos Humanos -Oficina de Control de Asistencia-, indicando el domicilio o establecimiento asistencial donde se encuentra a los fines del pertinente reconocimiento, si así correspondiera o se precisare. El agente que por cualquier razón no pueda solicitar médico antes de la hora establecida, deberá justificar su inasistencia presentándose ante el Servicio Médico Laboral en el horario de 07:30 a 13:00 horas, a fin de ser observado por el médico que corresponda. En caso que la dolencia no le permita concurrir a dicha dependencia, deberá presentar un certificado expedido por médico particular al Servicio Médico Laboral, en donde conste la necesidad de guardar reposo o determine el carácter no ambulatorio de la afección, dentro de las 24 horas de la inasistencia a fin de ser ratificado, previo contralor, por el Servicio Médico Laboral, para poder ser justificada la inasistencia. La Dirección de Recursos Humanos cuando reciba pedidos de reconocimientos médicos remitirá a la Oficina del Servicio Médico Laboral diariamente antes de las 9: am horas, la nómina del personal que hubiera solicitado licencia por razones de salud con indicación del domicilio donde se encuentre para su reconocimiento, si correspondiere. Secretaria de Gobierno arbitrará las medidas necesarias a efectos de poner a disposición los medios de movilidad para el control de las inasistencias. Cuando motivos fundados lo aconsejen, el Secretario de Gobierno podrá disponer que el reconocimiento se efectúe en forma selectiva. El agente que pida licencia por razones de salud, deberá permanecer en el domicilio que indicara, hasta tanto se realice el reconocimiento médico o se reintegre al trabajo. El reconocimiento médico se instrumentará a fin de constatar la fecha, diagnóstico y días de licencia que se conceden, entregando al agente la constancia de justificación correspondiente firmada por el Médico. El Servicio Médico Laboral deberá realizar la carga de datos (justificaciones o injustificaciones) al sistema diariamente a fin de que la Dirección de Recursos Humanos actualice el legajo (digital y papel) del agente, donde será archivado previo control correspondiente. Si el profesional considerara que se trata de una enfermedad de tratamiento prolongado, lo pondrá en conocimiento a la Oficina del Servicio Médico Laboral para la realización de la junta médica. Sin perjuicio de otras sanciones que pudieran corresponder, se considerará injustificada la inasistencia, cuando el agente no realice el aviso (a su dependencia y a la Dirección de Recursos Humanos), ni se presente ante el Servicio Médico Laboral en el horario de 07:30 a 13:00 horas o cuando no se encuentra en el domicilio indicado, al constituirse el médico en el mismo, si correspondiere. Asimismo se considerará injustificada la inasistencia cuando el agente al reintegrarse a sus funciones no justificare dentro de las 48 horas con el debido certificado médico o documentales médicas que el Servicio Médico Laboral considere pertinente para cada caso, a fin de ser ratificado, previo contralor efectivo, por la citada Oficina, para poder ser justificada la inasistencia. No se admitirá prórroga del plazo de justificación por ningún motivo.”
TERCERO: Sr. Secretario de Recursos del STJ, Dr. Benítez, Claudio s/Solicitud: Visto el Expte Nº5081 por medio del cual el mencionado Funcionario, solicita se modifique lo resuelto en el Acta Nº3021, Punto 3º disponiéndose que los informes Psicológicos que deben realizarse a los postulantes que residen en la Segunda y Tercera Circunscripción Judicial, continúen siendo realizados por los psicólogos del Cuerpo Médico Forense. La petición se funda en el hecho de que algunos postulantes provienen de localidades y parajes alejados, tal como El Favorito, María Cristina, etc. con escasos recursos, otros trabajan en relación de dependencia con dificultad para trasladarse a esta ciudad de Formosa, sumado a que los postulantes tienen que venir al Registro Único de Aspirantes a Guardadores con Fines de Adopción a realizar el trámite personalmente, quedando luego sujeto a la agenda de los psicólogos para la entrevista. Por último solicita que el Tribunal de Familia realice una capacitación a los psicólogos de la Segunda y Tercera Circunscripción a fin de que los dictámenes se ajusten a las necesidades que motivaron el dictado del Acta Nº3021, Punto 3º; ACORDARON: Hacer lugar como se solicita modificando la parte del Punto 3 del Acta 3021.
CUARTO: Sr. Juez del Juzgado de Instrucción y Correccional N°1 –Clorinda-, Dr. Mauriño, Julio Raúl s/ Solicitud: Visto el Expte N°4656/19 por medio del cual el nombrado Magistrado, solicita se designe dos agentes administrativos para la dependencia a su cargo, atento a la carga laboral existente. Con el informe del Área de Estadísticas y la abstención del Dr. Ariel Gustavo Coll; ACORDARON: Facultar a Presidencia a convocar un aspirante de la Lista de Orden de Mérito vigente, para que cumpla funciones en la dependencia de mención.
QUINTO: Sra. Juez de Menores, Dra. Jarzynski, Silvana Adalid s/Solicitud de Personal: Vito el Expte.Nº4665/19 por medio del cual la mencionada Magistrada, solicita la designación de un agente administrativo para prestar servicios en el sector de Oficialía de la Secretaría Nº2 de dicho Juzgado, a fin de cubrir la vacante generada por la Jubilación Ordinaria de la agente Margarita Candia, debido al cúmulo de causas ingresadas y en trámite ante la Secretaría mencionada. Con los informes de la Dirección de Recursos Humanos y del Área de Estadísticas; ACORDARON: Facultar a Presidencia a designar un aspirante de la Lista de Orden de Merito vigente, para que cumpla funciones en la dependencia de mención.
SEXTO: Sra. Juez del Juzgado de Paz Nº3, Dra. Servín, Venancia s/Solicitud: Visto el Expte.Nº4984 por medio del cual la mencionada Magistrada, solicita la designación de un administrativo para prestar funciones en el sector de Oficialía del Juzgado a su cargo, en razón de que la agente Griselda Mabel Alvarenga, se encuentra con Historia Clínica. Con los informes del Servicio Médico Laboral y de la Dirección de Recursos Humanos; ACORDARON: Facultar a Presidencia a designar un aspirante de la Lista de Orden de Merito vigente, para que cumpla funciones en la dependencia de mención.
SEPTIMO: Dra. Torales, Claudia Beatríz s/Solicitud de Personal: Visto el Expte N°4777/19 por medio del cual la Dra. Claudia Torales, a cargo de la Dirección de Bibliotecas e Informática Jurisprudencial, solicita se designe un administrativo para cumplir funciones en la Biblioteca de Las Lomitas, por las razones expuestas; ACORDARON: Tener presente para su oportunidad.
OCTAVO: Lic. Portillo, Marta Gerónima s/Presentación: Visto el Expte N°2843/19 por medio del cual, la presentante dando cumplimiento con lo requerido en el Acta N°3016, Punto 5°, eleva el Programa para el Curso de Ingreso al Poder Judicial para cubrir cargos de Trabajadores Sociales, Asistentes Sociales y/o Licenciado en Trabajo Social, desarrollado con el equipo de docentes -Magistrados, Funcionarios y Jefes de Departamento- del Poder Judicial; ACORDARON: Aprobar el programa presentado.
NOVENO: Lic. Portillo, Marta Gerónima s/Solicitud: Visto el Expte N°2620/19 en el que por Acta N° 3015, Punto 4° se aprobara la “Reestructuración de la Oficina de Violencia Familiar”, la Sra. Secretaria de Gobierno solicita se defina la competencia en cuestiones administrativas y de superintendencia de la Dirección de Coordinación de las Oficinas de Violencia Familiar; ACORDARON: No existiendo controversias sobre cuestiones administrativas ni de superintendencia, conforme lo resuelto mediante el punto 4 del Acta Nº3015, estese a lo dispuesto en dicha normativa.
DECIMO: Responsable de la Oficina de Control de Acceso e Informes, Agte. Caballero, Esteban Ariel s/Propuesta: Visto el Expte N.º 4977/19 por medio del cual el Agente Esteban Ariel Caballero, eleva la propuesta del Régimen de Funcionamiento y Responsabilidades de la dependencia a su cargo, atento a las situaciones suscitadas con personas citadas en las causas penales, a fin de arbitrar los recaudos pertinentes con la colaboración del servicio de seguridad del edificio para garantizar el acceso a la justicia, preservando la seguridad de las personas; ACORDARON: Tener presente la propuesta, disponiendo que a través de la Secretaria de Gobierno se extremen las medidas de control de acceso.
DECIMO PRIMERO: Bergara, Jorge Bernardino S/Solicitud de Modificación de Categoría: Visto el Expte Nº3464/19 en el que mediante Acta Nº3021, Punto Noveno, se dispusiera requerir al Servicio Médico Laboral verifique si el agente Jorge Bernardino Bergara se encuentra en condiciones psicofísicas, para realizar las tareas por las que solicita su jerarquización. Que dando cumplimiento a ello, el Servicio Médico Laboral informa que el mencionado agente se encuentra apto para realizar las tareas por la que solicita su jerarquización. Asimismo el Director del Cuerpo Médico Forense comunica que, el Dr. Bienvenido Zarate médico forense de la Segunda Circunscripción Judicial – Clorinda - informa que, el citado agente cumple las funciones por la que solicita su cambio de categoría; ACORDARON: Hacer lugar al cambio de categoría del agente mencionado, a partir de la fecha.
DECIMO SEGUNDO: Juzgado de Paz de Ingeniero Juárez s/Solicitud de ampliación de Caja Chica: Visto el Expte N° 4689/19 por el que tramita la solicitud efectuada por el Juez de Paz de Menor Cuantía de Ingeniero Juárez, de ampliación de la Caja Chica, por resultar insuficiente para atender los gastos cotidianos. Con informe del Servicio Administrativo Financiero; ACORDARON: Hacer lugar al incremento del monto de caja chica asignado al Juzgado de Paz de la Localidad de Ingeniero Juarez.
DECIMO TERCERO: Sra. Vallejos, Mirta Ester sS/Solicitud (renovación de contrato de locación): Visto el Expte N.º 5270/19 por medio del cual la Sra. Mirta Ester Vallejos, propietaria del inmueble ubicado en Avda. 9 de Julio Nº 1443 de esta ciudad, lugar donde actualmente funciona el Archivo General de este Poder Judicial, manifiesta su intención de continuar con la locación del referido predio, en las mismas condiciones pactadas y con el compromiso de pintar la propiedad, así como la limpieza de las canaletas pluviales; adjuntando los nuevos valores locativos; ACORDARON: Facultar a Presidencia a negociar la nueva locación.
DECIMO CUARTO: Servicio Médico Laboral s/Solicitud de Autorización: Visto el Expte N°3498/19 por medio del cual los médicos del Servicio Médico Laboral, solicitan se autorice a realizar una Junta Médica con los médicos auditores de la Caja de Previsión Social de la Provincia para evaluar a la agente Griselda Mabel Alvarenga, a quien el Organismo Previsional le denegó la jubilación por invalidez. Que habiéndose solicitado a la Caja de Previsión Social mediante Nota, la realización de una Junta Médica, la misma a la fecha no ha sido respondida por ello; ACORDARON: Facultar a Presidencia a disponer lo pertinente.
DECIMO QUINTO: Servicio Médico Laboral s/Informe (Agente Joel Maximiliano Duré). Visto el Expte.Nº4890/19 por medio del cual los Médicos del Servicio Médico Laboral, informan la situación de salud del agente Joel Maximiliano Duré, quien se desempeña en el cargo de Ayudante del Escalafón Obrero y Maestranza y presta servicios en el Juzgado de Paz de Menor Cuantía Nº1, y se encuentra usufructuando licencia por Art.49º del R.I.A.J., desde el 10 de diciembre de 2018, presentando el 19 de junio del año en curso nueva Historia Clínica, donde se indica reposo laboral por el término de sesenta (60) días. El agente cumpliría los seis meses de usufructo de Historia Clínica el día 18 de julio del presente año y conforme el vencimiento de los plazos estipulados en el Art. 49º del R.I.A.J., solicitan temperamento a adoptar en el presente caso. Con el informe de la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Conceder una última prórroga de licencia al agente Joel Maximiliano Duré, hasta el 31 de diciembre del año 2019, conforme al art. 49 del RIAJ.
DECIMO SEXTO: Agente Aguayo, Román s/Renuncia al Poder Judicial: Visto el Expte.Nº5048/19 por medio del cual el mencionado agente, quien se desempeña en la Oficina de Mandamientos y Notificaciones de Clorinda, presenta su renuncia al Poder Judicial, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, a partir del 1º de agosto del año en curso, ACORDARON: Disponer la baja del agente Román Aguayo, a partir del 1º de agosto del corriente año, agradeciendo los valiosos servicios prestados al Poder Judicial. Disponer que por el Servicio Administrativo Financiero, se abonen los emolumentos pendientes de pago, si correspondiere.
DECIMO SEPTIMO: Agente Benítez, Teófilo s/Renuncia al Poder Judicial: Visto el Expte N°5121/19 por medio del cual el mencionado agente, presenta su renuncia al Poder Judicial para acogerse al beneficio de la Jubilación Ordinaria a partir del 01de septiembre del año en curso. Con el informe de la Dirección de Recursos Humanos; ACORDARON: Hacer lugar a lo solicitado y aceptar la renuncia presentada por el agente Teófilo Benítez, dándosele de baja a partir del 1º de septiembre del corriente año, agradeciendo los valiosos servicios prestados al Poder Judicial. Disponer que por el Servicio Administrativo Financiero se abonen los emolumentos pendientes de pago, si correspondiere.
DECIMO OCTAVO: Adhesión al Decreto Nº 169/19: Y Visto: el Decreto Nº 169/19 mediante el cual, el Poder Ejecutivo Provincial declaró en su art.1º, duelo Provincial con motivo del fallecimiento del señor ex Presidente de la República Argentina, Dr. Fernando de la Rua, por el término de tres (3) días a partir de la fecha, debiendo durante el transcurso de los días 10, 11 y 12 de julio de 2019, permanecer a media asta las banderas nacional y provincial, en todos los edificios públicos. Que en su art.3º, se invita a los Poderes Legislativo y Judicial y a las Municipalidades y Comisiones de Fomento de la Provincia, a adherir al duelo que se dispone; ACORDARON: Adherir al Decreto Nº 169/19. Todo lo Todo lo cual dispusieron se dé cumplimiento, ordenando se comunique a quienes corresponda y registre.
GUILLERMO HORACIO ALUCIN MARCOS BRUNO QUINTEROS
RICARDO ALBERTO CABRERA EDUARDO MANUEL HANG
ARIEL GUSTAVO COLL