A C T A N° 2 8 6 8
En la ciudad de Formosa, capital de la provincia del mismo nombre, siendo las nueve horas del día dieciocho de noviembre del año dos mil quince, se reúnen en la Sala de Acuerdos del Excmo. Superior Tribunal de Justicia, el señor Presidente, doctor Marcos Bruno Quinteros, los señores Ministros, doctores Ricardo Alberto Cabrera, Guillermo Horacio Alucin y Eduardo Manuel Hang, encontrándose en uso de licencia el doctor Ariel Gustavo Coll, con la presencia del señor Procurador General, Dr. Sergio Rolando López, para considerar:
PRIMERO: Resoluciones de Presidencia: En virtud de lo dispuesto en el artículo 29 inciso 10 de la Ley Orgánica Judicial, se procedió a dar lectura en alta voz de las resoluciones dictadas por Presidencia, a saber: Nº 1057/15; 1058/15; 1065/15; 1067/15; 1069/15 y 1075/15, todas registro de la Secretaria de Gobierno (Superintendencia) y la resolución Nº 343/15 (Administración) por lo que, ACORDARON: Tener presente y aprobar lo actuado.
SEGUNDO: “Sr. Ministro, Dr. Ariel Gustavo Coll eleva Proyecto de “Reglamentación Art. 8º de la Ley Nº 1627”. VISTOS: Que el Artículo 8º de la Ley Nº 1627, faculta a este Superior Tribunal de Justicia a fijar el procedimiento para la destrucción de los estupefacientes y demás elementos a los que refiere el Artículo 30 de la Ley Nacional Nº 23.737, conforme a los principios de celeridad, transparencia y control jurisdiccional; que habiéndose ya asumido la competencia material que dispuso la Ley Nº 1627, en los términos del Artículo 15 de la ley citada y en cuanto ya se ha verificado, mediante informes del Área de Estadísticas del Poder Judicial, el ingreso de causas a la órbita provincial, resulta procedente el dictado de la reglamentación correspondiente, por ello, ACORDARON: 1º) El Juez competente dispondrá la destrucción, a través de personal del Centro de Investigaciones Forenses y con el apoyo operativo de la Policía de la Provincia, de los estupefacientes que resultaren secuestrados, conservando las muestras necesarias para la prosecución de la causa o eventuales nuevas pericias, las que serán destruidas cuando el proceso haya concluido definitivamente. 2º) La destrucción a que se refiere el punto primero, se realizará en acto público, luego de que el Juzgado competente finalice el turno correspondiente, en un plazo no mayor a diez (10) días y luego de haberse practicado las correspondientes pericias y separación de muestras para los fines antes indicados. 3º) El acto de destrucción se concretará por el método y en el lugar que indique el magistrado competente, invitándose a las autoridades sanitarias provinciales que corresponda, en presencia del Juez o del Secretario del Juzgado, con comunicación al área de prensa del Poder Judicial para la difusión correspondiente. 4º) Del acto de destrucción se dejará constancia en acta circunstanciada que se agregará al expediente de la causa, firmada por el Juez o el Secretario y los funcionarios presentes. 5º) Hasta tanto se concrete el acto de destrucción que se regula en el presente Acuerdo, los estupefacientes secuestrados quedaran en custodia en la Secretaría del Juzgado competente, bajo precisas condiciones de seguridad.
TERCERO: “Sr. Procurador General, Dr. Sergio Rolando López s/ Solicitud”.Visto la Nota Nº 7026/15 y las actuaciones relacionadas, Nota Nº 6433/15, caratulada: “Sra. Procuradora Fiscal de Primera Instancia Nº 2, Dra. Claudia Ontiveros Todone y otro s/ Solicitud” por medio de las cuales el Sr. Procurador General, Dr. Sergio Rolando López, solicita la incorporación de tres (3) agentes, al menos uno abogado, para ser afectados a las tareas que demandará la intervención del Ministerio Público en las audiencias orales con motivo de la reciente sanción de la Ley Provincial Nº 1627. Teniendo en cuenta los informes proporcionados por la Dirección de Recursos Humanos y el Servicio Administrativo Financiero y considerando que el recurso humano a contratar formaría parte de las Fiscalías creadas por Ley contra el Narcocrimen, ACORDARON: Hacer lugar a lo solicitado y facultar a Presidencia a convocar a tres abogadas/os para desempeñarse en el Ministerio Público Fiscal con afectación específica a la nueva competencia asignada por la Ley Nº 1.627, a partir del 01de febrero de 2016.
CUARTO: “Sr. Pablo Gerardo Piedrabuena s/ Martilleros (Inscripción de Matrícula)”.Visto el Expte. Nº 2869/15 por medio del cual el Sr. Pablo Gerardo Piedrabuena, con título de Tasador, Martillero Público y Corredor expedido por la Universidad Nacional de Formosa, solicita su inscripción en la Matrícula de Martilleros de la Provincia de Formosa, ofreciendo a tal fin la caución juratoria prestada por la C.P.N. Sra. Silvia Rocío Piedrabuena. Teniendo en cuenta que la reglamentación en su art. 271 establece como aceptable la caución personal de quien resulte persona de acreditada solvencia, ACORDARON: 1º) Aceptar la caución personal prestada por la C.P.N. Sra. Silvia Rocío Piedrabuena y en su consecuencia, ordenar la inscripción del Tasador, Martillero Público y Corredor, Sr. Pablo Gerardo Piedrabuena, DNI Nº 23.533.491, en la matrícula solicitada. 2º) Dejar sin efecto la garantía exigida como caución real en el art. 271 inc. d) del RIAJ, modificando en este aspecto la mencionada reglamentación.
QUINTO: “Sra. Jueza del Juzgado Civil y Comercial Nº 1, Dra. Giselle Verónica Drovandi y otro s/ Solicitud”.Visto la Nota Nº 6993/15 por medio de la cual los Sres. Jueces de Primera Instancia, Dra. Giselle Verónica Drovandi y Dr. Pedro Gustavo Schaefer, en forma conjunta, solicitan se contemple la posibilidad del traslado al Juzgado Civil y Comercial Nº 1 de la Sra. Celia Brítez de Miño, quien actualmente se desempeña como Oficial Superior de Primera (jefe de despacho) del Juzgado de Instrucción y Correccional Nº 2, quien ejercerá idéntico cargo al que detenta por encontrarse vacante el mismo con motivo del ascenso dispuesto por Acuerdo Nº 2864 punto 4º) de la agente Giselle Milanese de Cieza. Teniendo en cuenta los informes proporcionados por la Dirección de Recursos Humanos, el consentimiento prestado por los superiores jerárquicos solicitantes, el manifestado por la agente Miño y considerando la formación e idoneidad de la misma en el fuero civil y comercial, ACORDARON: 1º) Disponer el traslado de la agente Celia Brítez de Miño al Juzgado Civil y Comercial Nº 1 donde prestará los servicios inherentes al cargo que detenta a partir de su notificación. Tome conocimiento la Dirección de Recursos Humanos a sus efectos. 2º) Atento la vacante generada en el Juzgado de Instrucción y Correccional Nº 2, llámese a concurso para cubrir el cargo de Oficial Superior de Primera, Jefe de Despacho, facultando a Presidencia a disponer lo pertinente.
SEXTO: “Sr. Juez de Menores de la Primera Circunscripción Judicial, Dr. Carlos María Miers s/ Solicitud”. Visto la Nota Nº 6645/15 por medio de la cual el Sr. Juez de Menores de la Primera Circunscripción Judicial, Dr. Carlos María Miers, solicita se lo incluya, junto con el Dr. Rubén Antonio Spessot en la Comisión Especial creada por Acordada Nº 2863 punto 5º) para armonizar las nuevas normas del Código Civil y Comercial con la Ley Provincial de Adopción Nº 1449. Teniendo en cuenta que el magistrado peticionante a la fecha ha presentado su renuncia al cargo que ejerce, la cual se encuentra a consideración de la Legislatura provincial y que el Dr. Spessot no ha suscripto la nota de fs.1, ACORDARON: Téngase presente.
SEPTIMO: “Sra. Jueza del Excmo. Tribunal de Familia, Dra. Viviana Karina Kalafattich y Sra. Asesora de Menores de Cámara, Dra. María Fátima Pando s/ solicitudes”. Visto la Nota Nº 6881/15 por medio de la cual la Sra. Jueza del Excmo. Tribunal de Familia, Dra. Viviana Karina Kalafattich y la Sra. Asesora de Menores de Cámara, Dra. María Fátima Pando, solicitan a este Alto Cuerpo se las excuse de intervenir en la Comisión especial creada por Acordada Nº 2863 punto 5º) para armonizar las nuevas normas del Código civil y Comercial y la Ley Provincial de Adopción Nº 1449. Considerando que los motivos esgrimidos, por ambas, resultan atendibles, ACORDARON: Hacer lugar a las excusaciones planteadas.
OCTAVO: “Sr. Juez de Paz de Menor Cuantía de la Tercera Circunscripción Judicial -Las Lomitas-, Don Andrés Barroca s/ Solicitud ”. Visto la solicitud formulada por el Sr. Juez de Paz de Menor Cuantía de la Tercera Circunscripción Judicial, Las Lomitas, Don Andrés Barroca, relativa a la designación de un ordenanza para cumplir tareas inherentes al cargo. Teniendo en cuenta el informe efectuado por el por la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Hacer lugar como se solicita, facultando a Presidencia a convocar a una persona para desempeñarse como ordenanza en la dependencia solicitante a partir del 01 de febrero del 2016.
NOVENO: “Mención Especial para aquellos magistrados, funcionarios y agentes judiciales que cumplen 25 años de servicio en el Poder Judicial”. Visto la nota elevada por la Secretaría de Gobierno mencionando a los magistrados, funcionarios y agentes judiciales que cumplen veinticinco (25) años de servicio en el Poder Judicial y, considerando que resulta política institucional de este Alto Cuerpo expresar un merecido reconocimiento a la trayectoria de aquellos magistrados, funcionarios y empleados que cumplen veinticinco (25) años al servicio de la justicia al 31 de diciembre del presente año y teniendo en cuenta que el fortalecimiento y desarrollo de los recursos humanos es uno de los ejes fundamentales del Plan Estratégico del Poder Judicial de la Provincia 2015-2020, ACORDARON: Efectuar un reconocimiento especial por los 25 años al servicio de la justicia a: ACOSTA FERREIRA, Juan Carlos; ALARCON, Javier Antonio; ALIZANDRO, Celestina; BENITEZ, Claudio René; BENITEZ, Hugo Wilfrido; CABALLERO de FLEITAS, Gladys Isabel; CABALLERO, Andrés Virgilio; CORONEL, Carlos Enrique; DAMBRA de RUIZ DIAZ, Mónica Susana; ESPER, Norma Beatríz; ESPINOZA, Hugo Rafael; FLORENTIN, Juan Antonio; FLORES, Dardo Javier; GALLI, Claudio Ramón; GIMENEZ, Juan Ramón; GONZALEZ, Augusto; LEDEZMA, Argentino Ramón; MARTINEZ, Daniel; MARTINEZ, Jorge Walter; MEDINA, Oscar; MENGUAL, Antonio Luis; MERELES DE MEZA, Miryan; MOLINA, José Luis; PEZOA, Nélida Beatríz; SANCHEZ de LOPEZ URIBURU, Graciela Beatríz; SANCHEZ, Claudia Raquel; SERRANO, Sergio Héctor; SUHR, Héctor Ricardo; TOLEDO, Mirtha María del Rosario; VEGA, Gladys Liliana del Valle; VILLALBA, Andrés Antonio; ZAPATA, Diana Miriam, dejándose constancia en sus legajos personales. DECIMO: “Asociación Judicial Formosa s/ Solicitud”. Visto la Nota Nº 6829/15 por medio de la cual la Asociación Judicial Formosa solicita se le dé intervención al gremio judicial en todos aquellos casos en que deban resolverse situaciones de conflicto y en las que se encuentren involucrados empleados judiciales. Teniendo en cuenta las atribuciones propias de representación de sus afiliados como entidad sindical, ACORDARON: Téngase presente.
DECIMO PRIMERO: “Asociación Judicial Formosa s/solicitud”. Visto la nota Nº 6862/15 por medio de la cual la Asociación Judicial Formosa solicita que se justifiquen las tardanzas en que ha incurrido el personal del Poder Judicial el día 26 de octubre de 2015, atento a la copiosa lluvia caída sobre la Ciudad de Formosa, en el horario de ingreso. Teniendo en cuenta el informe proporcionado por la Dirección de Recursos Humanos detallando la nómina de agentes que registraron tardanzas. ACORDARON: Hacer lugar como se solicita, justificando las tardanzas en que hubiera incurrido el personal con prestación de servicios en la Ciudad de Formosa que hubiera registrado su ingreso hasta las 7:00 horas del día 26 de octubre de 2015.
DECIMO SEGUNDO: “Asociación Judicial Formosa s/solicitud”. Visto la nota Nº 6911/15 por medio de la cual la Asociación Judicial Formosa solicita que se justifiquen las tardanzas en que ha incurrido el personal del Poder Judicial el día 27 de octubre de 2015, atento a la copiosa lluvia caída sobre la Ciudad de Las Lomitas correspondiente a la Tercera Circunscripción Judicial, en el horario de ingreso. Teniendo en cuenta el informe proporcionado por la Dirección de Recursos Humanos detallando la nómina de agentes que registraron tardanzas. ACORDARON: Hacer lugar como se solicita, justificando las tardanzas en que hubiera incurrido el personal con prestación de servicios en la Ciudad de Las Lomitas correspondiente a la Tercera Circunscripción Judicial que hubiera registrado su ingreso hasta las 7:00 horas del día 27 de octubre de 2015.
DECIMO TERCERO: “Lic. Marta Gerónima Portillo s/ pase a planta permanente”. Visto la Nota Nº 0972/15 por medio de la cual la Lic. Marta Gerónima Portillo, solicita su pase a planta permanente en el cargo que reviste por contrato desde la creación de la Oficina de Violencia Familiar donde se viene desempeñando como Responsable desde el año 2008. Teniendo en cuenta los informes brindados por la Dirección de Recursos Humanos y el Servicio Administrativo Financiero, en función de los antecedentes personales de la peticionantes, la especificidad que requiere el cargo, en el cual se viene desempeñando desde hace siete (7) años con evidente solvencia, ACORDARON: Hacer lugar a lo solicitado y disponer el pase a planta permanente de la Lic. Marta Gerónima Portillo a partir 1° de diciembre de 2015. Tome conocimiento la Dirección de Recursos Humanos a sus efectos. Todo lo cual dispusieron se dé cumplimiento, ordenando se comunique a quienes corresponda y registre.-
Marcos Bruno Quinteros
Ricardo Alberto Cabrera - Guillermo Horacio Alucin - Eduardo Manuel Hang
Sergio Rolando López