ACUERDO N° 2826
En la ciudad de Formosa, capital de la provincia del mismo nombre, siendo las nueve horas del día dos de diciembre del año dos mil catorce, se reúnen en la Sala de Acuerdos del Excmo. Superior Tribunal de Justicia, el señor Presidente, doctor Marcos Bruno Quinteros, los señores Ministros, doctores Ricardo Alberto Cabrera, Guillermo Horacio Alucin, Eduardo Manuel Hang y Ariel Gustavo Coll, con la presencia del Sr. Procurador General doctor Sergio Rolando López, para considerar:
PRIMERO: RESOLUCIONES DE PRESIDENCIA: En virtud de lo dispuesto en el artículo 29 inciso 10 de la Ley Orgánica Judicial, la Presidencia ha dictado las siguientes resoluciones: 1º) Resolución Nº 898/14 (Sup.) Por que se concede al Sr. Ministro Dr. Eduardo Manuel Hang, licencia como Ministro Coordinador de la Escuela Judicial desde el día 25 de noviembre y hasta la finalización del presente año judicial. 2º) Resolución Nº 908/14 (Sup.) Por la que se prorroga a la agente Fernanda Inés Núñez los días adeudados de la Feria Judicial Invernal del año 2014, los que deberá usufructuar en fecha a determinar antes del 30 de septiembre del año 2015. (conf. Art.39 del R.I.A.J.). 3º) Resolución Nº 925/14 (Sup.). Por la que se concede al agente Martin Darío García licencia desde el 15 de diciembre al 20 de diciembre del presente año, imputándosele a la feria judicial ordinaria 2013 y se prorrogan los días restantes, por estrictas razones de servicio, los que deberá usufructuar antes del 30 de septiembre del año 2015. (conf. Art.39 del R.I.A.J.) 4º) Resolución Nº 926/14 (Sup.) Por la que se prorroga a la Dra. Blanca Toledo los trece (13) días adeudados de la Feria Judicial Ordinaria del año 2013, los que deberá usufructuar en fecha a determinar antes del 30 de septiembre del año 2015. (conf. Art.39 del R.I.A.J.)5º) Resolución Nº 927/14 (Sup.) Por la que se interrumpe a la agente Mirian Ascona, por estrictas razones de servicio, la licencia compensatoria correspondiente a la Feria Judicial Invernal año 2013, a partir del 27 de noviembre del presente año, debiendo usufructuar los días restantes en el primer semestre del año 2015. (conf. Arts. 39 y 40 del R.I.A.J.) 6º) Resolución Nº 928/14 (Sup.) .) Por la que se prorroga a la Dra. Vanessa Jenny Andrea Boonman los días adeudados de las compensatorias de Ferias Judiciales pendientes, los que deberá usufructuar en fecha a determinar antes del 30 de septiembre del año 2015. (conf. Art.39 del R.I.A.J.)Todo lo cual ACORDARON: Tener presente y aprobar lo actuado.
SEGUNDO: “Elección de Presidente y Subrogantes del Excmo. Superior Tribunal de Justicia - Periodo 2015” Y VISTOS: Que de conformidad al Art. 28 de la Ley Orgánica Judicial, en el mes de diciembre de cada año, corresponde elegir al Ministro del Superior Tribunal de Justicia que ejercerá la Presidencia durante el período anual siguiente, como así también, a quienes lo subrogarán en aquellos casos especialmente previstos; que en función de ello, el Dr. Ariel Gustavo Coll propone la reelección como Presidente del Superior Tribunal de Justicia para el período 2015, al Sr. Ministro Dr. Marcos Bruno Quinteros, que los demás miembros comparten la propuesta por unanimidad; en este acto, el Dr. Marcos Bruno Quinteros acepta y agradece el acompañamiento a su gestión durante este año, ratificando para el año venidero el trabajo colectivo del Cuerpo como se desarrolló hasta la fecha en todos los ámbitos. Asimismo, propone al Sr. Ministro Dr. Ricardo Cabrera como Presidente Subrogante, quien acepta la propuesta realizada, manteniéndose el mismo orden de subrogación legal de los demás Ministros. Por todo lo expuesto, ACORDARON: 1) Designar al Sr. Ministro Dr. Marcos Bruno Quinteros, como Presidente del Excmo. Superior Tribunal de Justicia durante el período 2015, interviniendo como subrogantes de la Presidencia los Sres. Ministros Dres. Ricardo Alberto Cabrera, Guillermo Horacio Alucin, Eduardo Manuel Hang y Ariel Gustavo Coll, en ese orden (cf. Art. 28, Ley Orgánica Judicial.). 2) Por Presidencia hágase conocer a los titulares del Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Tribunal de Cuentas de la Provincia, Consejo de la Magistratura y Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de las Provincias Argentinas y Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 3) Por la Oficina de Ceremonial y Prensa hágase conocer a sus similares de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de los Poderes Judiciales de las Provincias Argentinas y Ciudad Autónoma de Buenos Aires, publíquese en la página web del Poder Judicial y difúndase a través de los medios de prensa locales y el Centro de Información Judicial.
TERCERO: “Excma. Cámara Segunda en lo Criminal s/ Visita Alcaidía”: Visto el Expte. Nº 354/14 registro interno de la Secretaría de Gobierno (Sup.) mediante el cual el Sr. Presidente de la Excma. Cámara Segunda en lo Criminal, Dr. Ricardo Fabián Rojas, eleva a consideración de este Alto Cuerpo copia del Acta de Inspección a la Alcaidía de Varones de esta Ciudad realizada por dicho Tribunal el día 23/10/2014. Habiéndose dispuesto por Presidencia, oportunamente, la remisión de fotocopia certificada de la mencionada acta al Sr. Ministro de Gobierno de la Provincia, Dr. Jorge Abel González, a efectos de que se arbitren las medidas pertinentes para solucionar las falencias apuntadas en dicha inspección, por lo que ACORDARON: Téngase presente.
CUARTO: “Sr. Ministro Coordinador de la Unidad Central de Gestión y Administración de Programas -Dr. Ricardo Alberto Cabrera s/ eleva pedido de la Asociación Judicial Formosa” Visto la nota presentada por el Sr. Ministro Coordinador de la Unidad Central de Gestión y Administración de Programa, Dr. Ricardo Alberto Cabrera, mediante la cual eleva a consideración de este Alto Cuerpo la solicitud de la Asociación Judicial Formosa por la cual peticionan se considere la posibilidad de elevar al 15 % el ítem (Incentivo por Mejor Servicio de Justicia- IMSJ) consistente actualmente en el 5% del haber básico. Teniendo en cuenta el análisis e informe elaborado al respecto por la Unidad Central de Gestión y Administración de Programas, las estadísticas incorporadas a las actuaciones dando cuenta de las mejoras introducidas en el servicio de justicia, los antecedentes relacionados emanados de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y el informe brindado por el Servicio Administrativo y Financiero. ACORDARON: Continuar con el análisis de la propuesta planteada en función de las restricciones presupuestarias actuales.
QUINTO: “Sr. Juez de Instrucción y Correccional Subrogante de la Tercera Circunscripción Judicial – Las Lomitas- Dr. Francisco Orella s/ designación de Conjuez” Visto el Expte. Nº 360/14 registro interno de la Secretaría de Gobierno (Sup.) mediante el cual el Sr. Juez de Instrucción y Correccional Subrogante de la Tercera Circunscripción Judicial de Las Lomitas, Dr. Francisco Orella, informa a este Alto Cuerpo que se ha agotado la lista de conjueces y representantes del Ministerio Público vigente para dicha Circunscripción Judicial, resultando necesario la designación de un Defensor Oficial Ad Hoc para intervenir en el Expte. Nº 001266/14 caratulado: “DR. ORTIZ, DARDO S/ ASOCIACIÓN ILÍCITA, VIOLACIÓN DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PÚBLICO, COHECHO, FALSIFICACIÓN IDEOLÓGICA DE INSTRUMENTO PÚBLICO, ESTAFA PROCESAL, DEFRAUDACIÓN POR SUPUESTA REMUNERACIÓN A FUNCIONARIO PÚBLICO, ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO, ENCUBRIMIENTO AGRAVADO Y PREVARICATO; DR, GONZALEZ DIEGO S/ ASOCIACIÓN ILÍCITA, VIOLACIÓN DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PÚBLICO, ENCUBRIMIENTO AGRAVADO, PREVARICATO Y OMISIÓN DE PERSECUCIÓN Y REPRESIÓN DE DELINCUENTES; AVILA, DANIEL EDGARDO S/ ASOCIACIÓN ILÍCITA, VIOLACIÓN DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PÚBLICO, PREVARICATO, USURPACIÓN DE TÍTULOS Y HONORES; PTAKAUSKAS, JUAN PABLO y ASOCIACIÓN ILÍCITA, ESTAFA; PARADA, ANGEL ADRIÁN S/ ASOCIACIÓN ILÍCITA, FALSIFICACIÓN IDEOLÓGICA EN INSTRUMENTO PÚBLICO, ESTAFA, USURPACIÓN DE TÍTULOS Y HONORES; TRES PERSONAS DE SEXO FEMENINO S/ ASOCIACIÓN ILÍCITA, FALSIFICACIÓN IDEOLÓGICA EN INSTRUMENTO PÚBLICO”, razón por la cual, solicita se impartan instrucciones al respecto. Teniendo en cuenta las causales de excusación e inhibición comunicadas en el informe de Secretaria obrante a fs.2 y la sugerencia efectuada por el Sr. Secretario de Gobierno a fs.6, ACORDARON: Por Secretaria de Gobierno, efectúese el día viernes 5 de diciembre un sorteo extraordinario de Conjueces, debiendo participar del mismo aquellos abogados que reúnen los requisitos para dicho cargo de acuerdo con la lista remitida oportunamente por el Consejo Profesional de la Abogacía, y que no han sido incluidos en la lista de conjueces vigente, a saber: Dra. Nora Zulma Rodríguez, Dr. Roberto Oscar Brizuela, Dra. Mónica Beatriz Gómez y Dr. Martin Marcelino Almaraz. Cumplido comuníquese la nueva lista de conjueces al Juzgado Interviniente a los fines de la designación de Defensor Oficial Ad hoc para los autos de referencia. Notifíquese a los interesados.
SEXTO: “Sra. Secretaria del Juzgado Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Circunscripción judicial – Clorinda- Dra. Jazmín de los Ángeles Cabral s/ designación de Conjuez” Visto el Expte. Nº 361/14 registro interno de la Secretaría de Gobierno (Sup.) mediante el cual la Sra. Secretaria del Juzgado Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Circunscripción Judicial de Clorinda, Dra. Jazmín de los Ángeles Cabral, informa a este Alto Cuerpo que se ha agotado la lista de conjueces vigente para dicha circunscripción judicial, toda vez que ninguno de los profesionales desinsaculados ha comparecido a aceptar el cargo de Conjuez, siendo necesaria la designación de uno para intervenir en el Expte. Nº 68 Fº 04 Año: 2011 caratulado “Montiel Dalmacio Víctor c/ Provincia de Formosa y otro y/o quien resulte civilmente responsable s/ Ordinario (Daños perjuicios), razón por la cual solicita se le instruya el temperamento a seguir por tratarse de una situación no prevista en la Ley 521. Considerando que la situación que se informa resulta ilegal e inadmisible, toda vez que los abogados del foro local están obligados a aceptar los nombramientos que hicieren jueces y tribunales con arreglo a la ley, pudiendo solo excusarse con justa causa (conforme art.11 de la ley 936) siendo pasibles de multa de diez a quince días de sueldo correspondiente al cargo de Juez de Primera Instancia, en caso de ausencia de justificación de apartamiento legal. (Art.111 de la Ley Orgánica Judicial). Por ello, ACORDARON: Por el Juzgado interviniente, intímese al letrado que corresponda en primer término y así, sucesivamente, de la lista de conjueces vigente para dicha Circunscripción Judicial a fin de que asuma el cargo de Conjuez en la mencionada causa, bajo apercibimiento de aplicación de las sanciones establecidas.
SÉPTIMO: “Ing. María Noemí Vera s/ Proyecto de implementación de la primer etapa del Sistema Integral de Organización (S.I.GO.)”: Visto el proyecto elevado por el Área de Sistemas respecto de las tareas planificadas para la implementación de la primer etapa del Sistema Integral de Organización (S.I.GO.), ACORDARON: Aprobar la ejecución de las tareas planificadas conforme los alcances y lineamientos desarrollados por el área técnica y explicitados “in voce” en el Salón de Acuerdos por los responsables de la Dirección de Sistemas.
OCTAVO:“Sra. Directora de la Escuela Judicial- Dra. Mónica Silvia Cantero s/ eleva conclusiones remitidas por la Asociación por los Derechos Civiles y UNICEF”. Visto el Expte. Nº 356/14 registro interno de la Secretaría de Gobierno (Sup.) mediante el cual la Sra. Directora de la Escuela Judicial, Dra. Mónica Silvia Cantero, eleva a conocimiento y consideración de este Alto Cuerpo las conclusiones y recomendaciones efectuadas por los representantes de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) y de UNICEF con relación al trabajo de monitoreo de efectividad de las capacitaciones en toma de entrevistas en Cámara Gesell que vino realizando el Dr. Anthony Butler. Teniendo en cuenta las opiniones vertidas por los Sres. Ministros, ACORDARON: 1) Efectuar las siguientes recomendaciones a los Sres. Jueces de Instrucción de conformidad a las sugerencias formalizadas por la ADF y UNICEF: a) Ante la denuncia efectuada por las víctimas o testigos de violencia, abuso sexual y otros delitos, dar intervención inmediata a la Oficina especializada de la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia (SSNAF). b) Respecto del examen médico que deba practicarse a niños, niñas y adolescentes víctimas, deberá concentrarse en un único examen llevado a cabo por un médico forense, en lo posible del mismo sexo que la víctima, debiendo aplicarse el Kit ASI de ser necesario, debiendo incluirse, en todos los casos, el consentimiento informado por parte de un adulto responsable. c) Con relación a las entrevistas para declaraciones testimoniales en Cámara Gesell, a fin de respetar los períodos de inmediatez establecidos en el Protocolo de actuación –7 días-, para evitar la contaminación del relato de las víctimas, deberán arbitrarse los medios necesarios para articular con los actores intervinientes las audiencias pertinentes, las que deberán fijarse indefectiblemente en horario vespertino, para el cumplimiento de dicho cometido y con la finalidad de evitar el fracaso de las mismas por inasistencia de los citados. Aféctese un vehículo perteneciente al Parque Automotor de este Poder Judicial para trasladar a las víctimas hasta la dependencia judicial, todo ello de acuerdo a las necesidades y urgencias del servicio, debiendo coordinar todas las dependencias intervinientes, los horarios y notificaciones procedentes, comunicando dichas circunstancias a los jueces naturales de la causa.
NOVENO: “Dr. Julio César Paz s/ Presentación”. Visto la presentación efectuada por el Dr. Julio Cesar Paz denunciando la morosidad excesiva padecida en la causa caratulada: “Sack Alejandro c/ Vera Elida Miguela y otros s/ Ejecución de Alquileres” Expte. Nº 520/2002 radicada ante el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº3, situación que perjudica los intereses de sus representados, dado que por cuatro meses se dilató una resolución sobre un traslado de planilla de liquidación presentada en fecha 08/11/2013. Explicó el presentante que en atención a la morosidad alarmante que sufre la tramitación de la causa de referencia, solicitó la intervención de este Superior Tribunal para lograr la regularidad en la misma, tratándose el presente de un juicio ejecutivo en trámite desde el año 2002. Teniendo en cuenta el informe proporcionado por el Sr. Secretario –Dr. Raúl López Uriburu- y el brindado por la Sra. Jueza del Juzgado Civil y Comercial Nº 3- Dra. Judith Sosa de Lozina-, alegando que el trámite impreso a la causa no difiere en modo alguno del otorgado a las restantes causas y procesos de similar naturaleza, toda vez que los escritos son proveídos de acuerdo al orden de ingreso y en el plazo más breve posible, teniendo en cuenta los recursos humanos disponibles. Que no obstante lo informado y compulsadas las actuaciones que en fotocopia certificada obran por cuerda, se pudo constatar una actividad excesivamente parsimoniosa en el despacho de la providencia acusada y que obra a fs.220 de los autos principales (Segundo Cuerpo) resuelto recién en fecha 10 de febrero de 2014, con aproximadamente tres meses de demora, razón por la cual, ACORDARON: Efectuar una recomendación a la Sra. Magistrada del Juzgado Civil y Comercial Nº 3, Dra. Judith Sosa de Lozina, para que arbitre las medidas necesarias, con el personal de la dependencia a su cargo, dirigidas a regularizar la tramitación de cuestiones sometidas a su jurisdicción (despacho y resolución de expedientes), dentro de los plazos legalmente previstos, evitando dilatar sin fundamento las mismas, utilizando el horario vespertino en caso de ser necesario.
DECIMO: “Dr. Julio César Paz s/ Presentación” Visto la presentación efectuada por el Dr. Julio Cesar Paz denunciando la morosidad excesiva padecida en la causa caratulada: “Provincia de Formosa c/ D´Augero Vega Concepción y otros s/ ordinario” Expte. Nº 176/2010 radicada ante el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº3, situación que perjudica los intereses de sus representados, dado que por seis meses se dilató una resolución sobre una petición efectuada en relación a la notificación de otros herederos y al Defensor Oficial actuante. Explicó el presentante que, en el lapso de un año, el expediente fue puesto a despacho solamente dos veces, demorándose injustificadamente la conclusión del proceso, lo que considera agraviante, teniendo en cuenta la época de devaluación económica creciente, atento a que las presentaciones pendientes se basan en tasaciones inmobiliarias relacionadas a la expropiación de fondo, motivos por los cuales, solicitó la intervención de este Superior Tribunal para lograr la regularidad en la tramitación de la causa de referencia. Teniendo en cuenta el informe proporcionado por el Sr. Secretario –Dr. Raúl López Uriburu- y el brindado por la Sra. Jueza del Juzgado Civil y Comercial Nº 3- Dra. Judith Sosa de Lozina-, alegando que el trámite impreso a la causa no difiere en modo alguno del otorgado a las restantes causas y procesos de similar naturaleza, toda vez que los escritos son proveídos de acuerdo al orden de ingreso y en el plazo más breve posible, teniendo en cuenta los recursos humanos disponibles. Que no obstante lo informado y compulsadas las actuaciones que en copia certificada obran por cuerda, se pudo constatar una actividad excesivamente parsimoniosa en el despacho de las providencias a los escritos formalizados por el presentante a fs.150 (escrito del 28/11/2012- proveído en fecha 04/03/2014), el escrito de fs. 155 (de fecha 15/05/2013) y el obrante a fs. 156 -reiterativo con pronto despacho- resuelto recién en fecha 6 de septiembre de 2013, con aproximadamente cuatro meses de demora. Finalmente, la presentación que luce a fs.164 de fecha 02/10/2013 fue proveída el 19/12/2013 y resuelta recién mediante A.I. Nº 209 de fecha 14/05/2014, razón por la cual, ACORDARON: Efectuar una recomendación a la Sra. Magistrada del Juzgado Civil y Comercial Nº 3, Dra. Judith Sosa de Lozina, para que arbitre las medidas necesarias, con el personal de la dependencia a su cargo, dirigidas a regularizar la tramitación de cuestiones sometidas a su jurisdicción (despacho y resolución de expedientes), dentro de los plazos legalmente previstos, evitando dilatar sin fundamento las mismas, utilizando el horario vespertino de ser necesario.
DECIMO PRIMERO: “Sr. Juez de Menores de la Primera Circunscripción Judicial - Dr. Carlos María Miers s/ situación Centro de Atención Integral Juvenil” Visto el informe elevado por la Dra. Liliana M. López Garay a requerimiento de este Alto Cuerpo a fin de verificar el estado de los alimentos dispensados a los internos del Centro de Atención Juvenil (CAIJU), atento a las denuncias efectuadas en el expediente Nº 301/14 (Sup.), acompañando tomas fotográficas en soporte digital. Teniendo en cuenta las medias dispuestas por Presidencia con anterioridad en las presentes actuaciones y las obrantes en las actuaciones relacionadas agregadas por cuerda (Expediente Nº168/14 Sup.) ACORDARON: Téngase presente.
DECIMO SEGUNDO: “Sr. Secretario de Gobierno- Dr. Carmelo José Todone s/ informe control de vales de combustible” Visto la nota Nº 1052/14 del registro interno de la Secretaria de Gobierno (Adm.) por medio de la cual el Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Carmelo José Todone, eleva a conocimiento y consideración de este Alto Cuerpo, el informe elaborado por la Unidad de Gestión y Administración de Programas respecto de administración, suministro y control de vales de combustibles. Teniendo en cuenta la opinión vertida por el Sr. Ministro Coordinador del Parque Automotor, Dr. Guillermo Horacio Alucin, el suministrado por el Encargado del Parque Automotor, Sr. Olmedo Conde Nunilo Fernando y la opinión del Sr. Secretario de Gobierno. ACORDARON: Remitir a la Unidad de Gestión y Administración de Programas las propuestas elaboradas a fs.15/16 por el Sr. Encargado del Parque Automotor y avaladas por el Sr. Ministro Coordinador del área, a efectos de que se coordinen alternativas superadoras.
DECIMO TERCERO: “Sr. Juez de la Sala I del Excmo. Tribunal del Trabajo-Dr. Marcos Antonio Rea s/ Pedido Pago por Recargo de Tareas” Visto el Expte. Nº 3231 Fº 2578 Año 2014 del registro interno de la Secretaria de Gobierno (Adm.) por medio del cual el Dr. Marcos Antonio Rea solicita el pago del adicional por “recargo de tareas” atento a la licencia que por razones de salud usufructuó la Dra. Diana Pamela Ifrán, Juez de la Sala I, desde el día 11 de septiembre del corriente año, según informe de la Dirección de Recursos Humanos y el proporcionado por la Secretaria de Gobierno, ACORDARON: Disponer que por el Servicio Administrativo Financiero se liquide y pague al Dr. Marcos Antonio Rea un adicional en concepto de recargo de tareas, equivalente al quince por ciento (15%) de su remuneración mensual, por la labor desempeñada en las causas mencionadas, durante los períodos reglamentariamente habilitados en los términos del artículo 113 inciso c) in fine del RIAJ.
DECIMO CUARTO:“Asociación Judicial Formosa s/ Pedido” Visto la nota Nº 3646/14 por medio de la cual la Asociación Judicial Formosa solicita que se justifiquen las tardanzas en que ha incurrido el personal del Poder Judicial el día 07 de Noviembre de 2014, atento a la copiosa lluvia caída sobre la Ciudad de Formosa, en el horario de ingreso. Teniendo en cuenta el informe proporcionado por la Dirección de Recursos Humanos detallando la nómina de agentes que registraron tardanzas. ACORDARON: Hacer lugar como se solicita, justificando las tardanzas en que hubiera incurrido el personal con prestación de servicios en la Ciudad de Formosa que hubiera registrado su ingreso hasta las 7:00 horas del día 07 de Noviembre de 2014.
DECIMO QUINTO: “Sra. Juez en lo Civil y Comercial Nº5 - Dra. Brenda Zaracho de Del Vigo s/ pedido. Y actuaciones relacionadas “Agente María Lourdes Leliur s/ solicitud de traslado” Visto el Expte. Nº 374 Año 2014 registro interno de la Secretaría de Gobierno (Sup.) por medio del cual la Sra. Juez en lo Civil y Comercial Nº 5, Dra. Brenda Zaracho de Del Vigo, solicita se contemple la posibilidad de incorporar un personal idóneo y con experiencia al juzgado a su cargo, preferentemente profesional de la abogacía, como asimismo, eleva la solicitud de reintegro de la agente Noelia Parola quien fue trasladada desde dicha dependencia, en forma provisoria al SAF, ello a efectos de normalizar el despacho de expedientes y superar el atraso del dictado de resoluciones y sentencias generado por la ausencia de su titular por un largo periodo. Por cuerda obran las actuaciones relacionadas a la solicitud de la agente María Lourdes Leliur -Expte Nº 368 Año 2014 registro interno de la Secretaría de Gobierno (Sup.)- peticionando su traslado a otra dependencia judicial en atención a los informes médicos que adjunta, contando para ello con el aval de su superior jerárquico, Dra. Judith Sosa de Lozina. Teniendo en cuenta los informes proporcionados por la Dirección de Recursos Humanos y la Secretaria de Gobierno, ACORDARON: 1) Disponer el reintegro de la agente Noelia Parola al Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 5 a partir de su notificación. Tome conocimiento la Dirección de Recursos Humanos a sus efectos. 2) Conceder el traslado de la agente María Lourdes Leliur al Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 5, a partir de su notificación, para cumplir funciones acordes al título y cargo que detenta. Tome conocimiento la Dirección de Recursos Humanos a sus efectos 3) Atento a la vacante generada por el traslado concedido precedentemente, facultar a Presidencia, a convocar a una persona de la lista de aspirantes a ingresar al escalafón administrativo para desempeñarse en el Juzgado Civil y Comercial Nº 3, a partir del 1º de febrero de 2015.
DECIMO SEXTO: “Agente Manuel Camilo Portillo S/ solicitud de traslado” Visto el Expte. Nº 374 Año 2014 registro interno de la Secretaría de Gobierno (Sup.) por medio del cual el agente Manuel Camilo Portillo solicita se contemple la posibilidad de su traslado desde la Dirección de Sistemas a la Dirección de Recursos Humanos de este Poder Judicial. Teniendo en cuenta los antecedentes profesionales del solicitante, como asimismo, el consentimiento expresado por sus superiores jerárquicos, con el informe de la Dirección de Recursos Humanos y la opinión favorable del Sr. Ministro Coordinador del área de Sistemas, Dr. Ariel Gustavo Coll, ACORDARON: Disponer el traslado del agente Manuel Camilo Portillo en los términos del art. 83 del RIAJ, a partir de de su notificación. Tome conocimiento la Dirección de Recursos Humanos a sus efectos.
DECIMO SEPTIMO: “Agente Carla Balbynna Mendieta s/ pedido de jerarquización”: Visto el Expte. Nº 374 Año 2014 registro interno de la Secretaría de Gobierno (Sup) por medio del cual la agente Carla Balbynna Mendieta solicita la jerarquización dispuesta por el art. 67 del RIAJ, presentando título de Tecnicatura Superior en artes visuales itinerario diseño grafico, expedido por el Instituto Superior de Arte “Oscar Alberto Albertazzi”, realizando tareas acordes al título que detenta en la Dirección de Biblioteca, teniendo presente el informe de su superior jerárquico y de la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Hacer lugar a lo solicitado a partir del 1º de diciembre del presente año. Tome conocimiento la Dirección de Recursos Humanos y el SAF a sus efectos.:
DECIMO OCTAVO:“Sr. Milciades Villalba s/ solicitud reincorporación al Poder Judicial”: Visto el expediente Nº 159/2014 del registro Interno de la Secretaria de Gobierno (Sup.) por medio del cual el ex agente judicial Milciades Villalba acompaña copia del fallo Nº 11204/2014 dictado por la Excma. Cámara Primera en lo Criminal recaída en los autos “Villalba Ramón Milciades s/ violación de los deberes de funcionario público reiterado continuado y defraudación por omisión de restitución a su debido tiempo reiterado continuado en concurso ideal” Expte. Nº 230/2009, mediante el cual fue absuelto de culpa y cargo por los delitos endilgados. En su consecuencia, solicita la revisión de la Resolución Nº 19/08 (Sec. Gob. Sup.) de fecha 28/02/2008, dictada en el sumario administrativo instruido contra el recurrente y por medio de la cual se lo sancionó con cesantía en sus funciones, peticionando además, su reincorporación al Poder Judicial. Teniendo en cuenta que la sanción administrativa aplicada en los autos “Milciades Ramón Villalba s/ Sumario Administrativo” Expte. Nº 32 Fº 60 Año 2007 resulta independiente de la decisión recaída en el proceso penal, por mandato del art.48 del Decreto Ley 696/78 (Estatuto para el personal de la Administración pública) aplicable al personal judicial conforme su art. 1º, siendo, además, atribución exclusiva de este Superior Tribunal de Justicia la reincorporación de un empleado conforme surge del art.5º del mismo cuerpo legal y art.68 inc.b) del Reglamento Interno para la Administración de Justicia, en cuyo caso deberán cumplir con los requisitos allí establecidos. Por ello, con el informe de la Dirección de Recursos Humanos, el proporcionado por la Secretaria de Gobierno y considerando que no se dan en el supuesto de autos los presupuestos establecidos en los puntos 1º, 2º y 3º, del inciso b) del art.68 del R.I.A.J., ACORDARON: No hacer lugar a lo solicitado.
DECIMO NOVENO: “Agente José Nolberto Ocampo -chofer s/ remite cédula de notificación c/ aplicación de multa” Visto la nota Nº 1955/2014 del registro Interno de la Secretaria de Gobierno (Adm.) por medio del cual tramitan las actuaciones relacionadas a la sanción de multa aplicada mediante Resolución 0001-0191456 dictada por la Dirección de Juzgamiento Administrativo de Infracciones de tránsito de la Provincia del Chaco, por la suma de pesos quinientos setenta y nueve con 27/100 centavos ($579,27) al chofer de la unidad propiedad de este Poder Judicial, en oportunidad del cumplimiento de una comisión de servicio. Teniendo en el cuenta el descargo efectuado por el Jefe del Cuerpo Médico Forense, Dr. Juan Carlos Acosta Ferreyra, el evacuado por el chofer José Nolberto Ocampo y la opinión vertida por el Sr. Ministro Coordinador del Área, Dr. Guillermo Horacio Alucin, ACORDARON: Por Secretaria de Gobierno, procédase al pago de la multa en cuestión antes de su vencimiento.
VIGESIMO: “Designación de Secretario de Cámara de la Excma. Cámara Segunda en lo Criminal de la Primera Circunscripción Judicial” Visto que a partir de la jubilación de la Dra. Norma Beatriz Álvarez de Quintana, quien se desempeñara como Secretaria de la Excma. Cámara Segunda en lo Criminal con asiento en esta Ciudad, ha quedado vacante dicho cargo. Que siendo atribución de este Superior Tribunal de Justicia, la cobertura de la vacante (cf. Art. 170 inciso 9° de la Constitución Provincial y 27 inciso 9° de la Ley Orgánica del Poder Judicial), se considera que la Abogada Sandra Adriana Penicce, quien se viene desempeñando desde hace muchos años como Secretaria de un Juzgado de Instrucción y Correccional en la ciudad de Formosa, posee en consecuencia la experiencia, la idoneidad técnica y el perfil necesario para el ejercicio de la función que ahora se analiza. Que en función de lo expuesto, ACORDARON: Designar a la Abogada Sandra Adriana Penicce en el cargo de Secretaria de Cámara con asiento en esta Ciudad con prestación de servicios en la Excma. Cámara Segunda en lo Criminal. Facultar a Presidencia a disponer la fecha de juramento y asunción del cargo. Todo lo cual dispusieron se dé cumplimiento, ordenando se comunique a quienes corresponda y registre.
Marcos Bruno Quinteros
Ricardo Alberto Cabrera - Guillermo Horacio Alucin - Eduardo Manuel Hang - Ariel Gustavo Coll
Sergio Rolando López