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Acuerdo 3198 - Poder Judicial Formosa

Acuerdo 3198

ACUERDO N.º 3198


En la ciudad de Formosa, capital de la provincia del mismo nombre, siendo las nueve horas del día Quince de Mayo del año Dos Mil Veinticuatro, se reúnen en la Sala de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia, el Señor Presidente, Dr. Guillermo Horacio Alucín y los Señores Ministros doctores: Ricardo Alberto Cabrera, Eduardo Manuel Hang y Marcos Bruno Quinteros, encontrándose ausente el Dr. Ariel Gustavo Coll en uso de licencia, para considerar:


PRIMERO: Resolución de Presidencia: En virtud de lo dispuesto en el artículo 29 inciso 10 de la Ley Orgánica Judicial, se procedió a dar lectura en alta voz de las Resoluciones dictadas por Presidencia: Secretaría de Gobierno: -Superintendencia: Ns° 207/24 y 210/24. Por ello; ACORDARON: Tener presente y aprobar lo actuado.


SEGUNDO: Sr. Presidente Subrogante y Sras. Juezas de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Dres. Horacio Roberto Roglan, Telma Carlota Bentancur y Vanessa Jenny Andrea Boonman s/ Informe y Solicitud: Y VISTO: el Expte. Nº 2771/24, por medio del cual los citados magistrados, en atención a las recientes vacancias por jubilación de las Dras. María Eugenia García Nardi y Judith Elizabeth Sosa de Lozina, elevan a conocimiento del Alto Cuerpo, la modificación del Reglamento de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, aprobado en Acuerdo Extraordinario N.º 02/24. Que asimismo peticionan el pago de subrogancia para los tres (3) miembros de la citada Cámara, a partir del 22 de abril del año en curso, en virtud de lo reglamentado en el Art. 113 inc. “e” del R.I.A.J, todo ello conforme los fundamentos expuestos en su presentación. Por ello; ACORDARON: Tener presente el Acta N° 02/24 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial y hacer saber al Consejo Profesional de la Abogacía lo pertinente. Asimismo hacer lugar al pago de subrogancia peticionado conforme al art. 113 del RIAJ, a partir del 22 de abril del corriente año y mientras subsista dicha situación.


TERCERO: Agente Cirilo Gustavo Cabrera s/ Solicitud: Y VISTO: el Expte. Nº 2750/24, por medio del cual el agente citado peticiona se le otorgue el beneficio establecido en el artículo 67 del R.I.A.J en virtud de contar con el título técnico de validez nacional de Maestro Mayor de Obras, conforme los fundamentos expuestos en su presentación, las diferentes tareas que desarrolla y que detalla en página 03/vta. Con los informes de las áreas pertinentes; ACORDARON: Hacer lugar como se solicita y disponer que el agente Cirilo Gustavo Cabrera perciba una remuneración equivalente a la categoría de “Auxiliar Técnico” del Escalafón Servicios e Infraestructura, a partir del 1 de junio del presente año. Todo lo cual, dispusieron se dé cumplimiento, ordenando se comunique a quienes corresponda y registre.

DR GUILLERMO HORACIO ALUCIN

PRESIDENTE

DRES. RICARDO ALBERTO CABRERA - EDUARDO MANUEL HANG – MARCOS BRUNO QUINTEROS

MINISTROS

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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EDIFICIO DE TRIBUNALES

 

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TRIBUNAL DE FAMILIA

 

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