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Acuerdo 3190 - Poder Judicial Formosa

Acuerdo 3190

ACUERDO N.º 3190


En la ciudad de Formosa, capital de la provincia del mismo nombre, siendo las nueve horas del día Trece de Marzo del año Dos Mil Veinticuatro, se reúnen en la Sala de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia, el Señor Presidente, Dr. Guillermo Horacio Alucín y los Señores Ministros doctores: Ariel Gustavo Coll, Eduardo Manuel Hang y Marcos Bruno Quinteros, encontrándose ausente, el doctor Ricardo Alberto Cabrera, en uso de licencia, para considerar:


PRIMERO: Resoluciones de Presidencia: En virtud de lo dispuesto en el artículo 29 inciso 10 de la Ley Orgánica Judicial, se procedió a dar lectura en alta voz de las Resoluciones dictadas por Presidencia: Secretaría de Gobierno: N°s 84/24, 123/24, 124/24 y 128/24. Por ello; ACORDARON: Tener presente y aprobar lo actuado.


SEGUNDO: Sr. Ministro, Dr. Ariel Gustavo Coll s/ Presentación: Y VISTO: el Expte. N.º 772/24, por medio del cual el citado Ministro informa que en la reunión de Comisión Directiva de la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales, se aprobó -en general -el reglamento para el Uso del Bus Federal de Justicia y el formulario de adhesión para aquellos organismos e instituciones externas al Poder Judicial que quieran interactuar con los Poderes Judiciales a través del Bus Federal de Justicia. Con el informe del área pertinente; ACORDARON: Aprobar el referido reglamento y formulario para el uso del Bus Federal de Justicia.


TERCERO: Sr. Juez Subrogante del Juzgado de Instrucción y Correccional N.º 1, Dr. Sergio Felipe Cañete s/ Solicitud: Y VISTO: el Expte. N.º 1253/24, por medio del cual el citado Juez peticiona la convocatoria y designación de un agente del Escalafón Administrativo para cumplir funciones en el Juzgado de Instrucción y Correccional N.º 1 que se encuentra subrogando, a fin de cubrir la vacante que se generó por la renuncia de la agente Maria Eugenia De Zan. Con el informe del área pertinente; ACORDARON: Hacer lugar a lo solicitado y facultar a Presidencia a convocar a un aspirante de la lista de orden de mérito vigente del Escalafón Administrativo de la Primera Circunscripción Judicial.


CUARTO: Sr. Director del Cuerpo Médico Forense, Dr. Walter Hugo Macoritto s/ Solicitud: Y VISTO: el Expte. N.º 1327/24, por medio del cual el citado Director peticiona se cubra la vacante administrativa generada por la designación de la agente Numidia Monges como Delegada Vecinal de la Localidad de Riacho He Hé, quien realizaba tareas administrativas en el Cuerpo Médico Forense de la Segunda Circunscripción Judicial. Con el informe del área pertinente; ACORDARON: Hacer lugar a lo solicitado y facultar a Presidencia a convocar a un aspirante de la lista de orden de mérito vigente del Escalafón Administrativo de la Segunda Circunscripción Judicial. Todo lo cual, dispusieron se dé cumplimiento, ordenando se comunique a quienes corresponda y registre.


Dr. Guillermo Horacio Alucin

Presidente

Dr. Ariel Gustavo Coll - Dr. Eduardo Manuel Hang - Dr. Marcos Bruno Quinteros

Ministros


 

CONDICIONES GENERALES DE USO PARA EL SERVICIO DE BUS FEDERAL DE JUSTICIA


Los términos y condiciones que a continuación se detallan regulan el acceso y la utilización del servicio que se ofrece a través del sistema informático Bus Federal de Justicia propiedad de la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de las Provincias Argentinas y Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con domicilio en la calle…………...........N°.....… Piso…..., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

1. OBJETO DEL SERVICIO
El BUS Federal de Justicia es el único canal válido para el envío de comunicaciones electrónicas interjurisdiccionales, en los términos de la Ley 22.172, -que los Poderes Judiciales adheridos al mismo realizan a los Organismos que adhieran, y sus contestaciones.
Los Organismos, al brindar respuestas mediante el sistema BUS Federal de Justicia, darán cumplimiento formal a las obligaciones dispuestas en los Códigos Procesales respectivos.

2. REGISTRO DE NUEVO ORGANISMO
El Organismo interesado que adhiera al Bus Federal de Justicia obtendrá en el sitio web la información técnica respectiva para su integración al sistema.
Una vez suscripto el Formulario de adhesión respectivo, el Equipo Técnico del Bus Federal de Justicia, dependiente del IFITEJ, informará al solicitante si es procedente la solicitud, a los fines del inicio de las operaciones técnicas para su incorporación. Se informará tanto al Organismo adherente, como a los Poderes Judiciales adherentes, la fecha de disponibilidad del mismo para recibir y contestar oficios por medio del BUS Federal de Justicia.
El Organismo estará obligado a facilitar información veraz, exacta y completa sobre su identidad, en relación con los datos que se solicitan, así como a mantener actualizada dicha información. Si el organismo facilitara cualquier dato falso, inexacto o incompleto, o si se constatarán que dicha información fuera falsa, inexacta o incompleta, el equipo Técnico del Bus Federal de Justicia tendrá derecho a cancelar el acceso y uso de los servicios del sistema.

3. CONDICIONES DE USO
Hacen al funcionamiento del sistema y la sola utilización de ésta implica su conocimiento. A título enunciativo se enumeran, como condiciones de uso generales las siguientes:
a. El único uso que los Organismos adheridos darán al BUS Federal de Justicia es el de recibir comunicaciones electrónicas de los diferentes Poderes Judiciales adheridos y responderlos.
b. El organismo se obliga a no falsear su identidad haciéndose pasar por otra persona existente O inexistente.
c. El organismo está obligado a cumplir la legislación vigente en materia de protección de datos.
d. El organismo no utilizará la conexión con el sistema de cualquier forma que pueda afectar, inutilizar, dañar, sobrecargar, o afectar su funcionamiento.
e. El organismo será responsable por los códigos de usuario y contraseñas asignados, que serán propios e intransferibles. Será responsable de la información u operaciones efectuadas a través del sisterna.
f. Queda expresamente prohibido que el organismo autorice a terceros el uso total o parcial del sistema, o que introduzca o incorpore como una actividad empresarial propia sus contenidos y servicios.
Queda expresamente prohibido el uso o aplicación de cualesquiera recursos técnicos, lógicos o tecnológicos en cuya virtud los organismos puedan beneficiarse, directa o indirectamente, con o sin lucro, de la explotación no autorizada de los contenidos o servicios del sistema.
g. El Organismo no utilizará el sistema para la realización de actividades contrarias a la ley, a la moral, a las buenas costumbres aceptadas o al orden público establecido y con fines o efectos ilícitos, prohibidos o lesivos de derechos e intereses de terceros.
La Ju.Fe.Jus. se reserva la facultad de modificar en cualquier momento las Condiciones de Uso. Estas nuevas condiciones serán de aplicación desde el momento en que estén a disposición de los usuarios. La comunicación a los usuarios se hará mediante mai a las personas designadas como responsable por cada Poder Judicial y cada Organismo adherente.

4. ENVÍO DE INFORMACIÓN Y ALMACENAMIENTO DE DATOS POR LOS ORGANISMOS
En ningún caso la Ju.Fe.Jus:será responsables por los daños y perjuicios de cualquier naturaleza que puedan deberse al acceso y, en su caso, a la interceptación, eliminación, alteración, modificación o manipulación de cualq.uier modo de los mensajes y comunicaciones de cualquier clase que terceros no autorizados realicen de los contenidos de los usuarios.
La utilización de los servicios, así como la difusión y almacenamiento de los contenidos por los organismos serán de la exclusiva responsabilidad de la persona que los haya generado. El organismo, por tanto, es el único responsable del uso de los servicios del sistema, así como de todos los contenidos que almacene, ponga a disposición o difunda en, a través de, o por medio de sus servicios.
El organismo se hace responsable de que las informaciones o contenidos remitidos no infrinjan derechos de terceros ni vulneren cualesquiera normas legislativas que sean de aplicación. Los organismos están obligados a mantener al Ju.Fe.Jus. o a sus representantes, indemnes y libres de toda responsabilidad que pudiera derivar del ejercicio de acciones, judiciales o no, que tuvieran su causa en la trasgresión de los derechos de terceros o de la legislación vigente.

5. VIGENCIA DE LAS CONDICIONES DE USO
El uso de los servicios por el usuario está supeditado al estricto cumplimiento de las presentes Condiciones de Usó.
El incumplimiento de las Condiciones de Uso, Generales y/o Particulares facultará al equipo técnico del Bus Federal a no habilitar o revocar las autorizaciones de acceso a los servicios.

6. DISPONIBILIDAD DEL SERVICIO
El equipo técnico del Bus Federal de Justicia efectuará todas las tareas necesarias para garantizar la disponibilidad y accesibilidad al sistema en forma permanente. No obstante, debido a causas técnicas que puedan requerir la suspensión del servicio, podrán producirse interrupciones por el tiempo que resulte necesario realizar dichas tareas.
Sin perjuicio de lo anterior, la Ju.Fe.Jus. no será responsable de interrupciones, suspensiones o el mal funcionamiento que se produjeran en- el acceso, funcionamiento y operatividad del sistema, cuando tuvieren su origen en situaciones de causa fortuita, fuerza mayor o situaciones de urgencia extrema.
En caso de inhabilitación del servicio por más de 24 horas y hasta tanto el servicio sea rehabilitado los adherentes podrán establecer la comunicación electrónica por fuera del sistema

7. CARÁCTER GRATUITO
Salvo que se establezca expresamente lo contrario, el acceso y la utilización del sistema y sus contenidos y servicios tendrán carácter gratuito para los organismos adheridos, sin perjuicio de los arancelamientos de trámites propios de cada jurisdicción.

8. RENUNCIA DEL ORGANISMO A LA UTILIZACIÓN DEL/LOS SERVICIO/S
La renuncia a la utilización del servicio deberá ser comunicada con una antelación mínima de treinta (30) días, a los fines de posibilitar su comunicación a los Poderes Judiciales adheridos al BUS Federal de Justicia.

9. LEGISLACIÓN APLICABLE Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
El Organismo acepta como legislación rectora del presente sistema a la ley argentina, y se somete para la resolución de los litigios que pudieran derivarse del mismo a los Juzgados Nacionales o Federales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

Tel. Conmutador: (0370) 4425.190 - 4426.163 - 4420.215 - 4429.641 - 4426.043

Juan José Silva N° 856 - C.P. 3600 - Formosa

EDIFICIO DE TRIBUNALES

 

Tel. Conmutador: (0370) 4436.301 al 4436.307

San Martín N° 641 - C.P. 3600 - Formosa

TRIBUNAL DEL TRABAJO 

 

Tel. Conmutador: (0370) 4426490 - 4421644 - 4426140 

España N° 157 - C.P. 3600 - Formosa

TRIBUNAL DE FAMILIA

 

Tel.: (0370) 442.6925 – 444.5443 – 444.5442

Saavedra N° 369, 371 y 377 - C.P. 3600 - Formosa