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Acuerdo 3169 - Poder Judicial Formosa

Acuerdo 3169

ACUERDO N.º 3169


En la ciudad de Formosa, capital de la provincia del mismo nombre, siendo las nueve horas del día Dos de Agosto del año Dos Mil Veintitrés, se reúnen en la Sala de Acuerdos del Excmo. Superior Tribunal de Justicia, el Señor Presidente, Dr. Marcos Bruno Quinteros y los Señores Ministros doctores: Guillermo Horacio Alucín, Ariel Gustavo Coll, Eduardo Manuel Hang y Ricardo Alberto Cabrera, para considerar:


PRIMERO: Resoluciones de Presidencia: En virtud de lo dispuesto en el artículo 29 inciso 10 de la Ley Orgánica Judicial, se procedió a dar lectura en alta voz de las Resoluciones dictadas por Presidencia: Secretaría de Gobierno: N°s 354/23 y 361/23. Por ello; ACORDARON: Tener presente y aprobar lo actuado.


SEGUNDO: Sra. Presidente del Excmo. Tribunal de Familia, Dra. Silvia Graciela Córdoba s/ Informe: Y VISTOS: el Expte. N.º Proyecto del Convenio Marco de Cooperación entre el Excmo. Tribunal de Familia –Formosa y la Asociación Mutual Grupo Buenos Ayres, informando la modalidad de intervención que ofrece la Asociación citada para aquellas personas (victimas y victimarios) que deban recibir asistencia técnica médica y psicológica a través de los organismos públicos y de organizaciones de la sociedad civil. Por ello; ACORDARON: Delegar a la Sra. Presidenta del Excmo. Tribunal de Familia, Dra. Silvia Graciela Córdoba, la firma del convenio marco y el específico que desarrolla en su nota de elevación, a los fines allí citados.


TERCERO: Sra. Jueza del Excmo. Tribunal de Familia, Dra. Viviana Karina Kalafattich s/ Solicitud: Y VISTOS: el Expte. N.º 4864/23, por medio del cual la mencionada Jueza solicita autorización para que las Asistentes Sociales que conforman el Equipo Interdisciplinario del Tribunal de Familia, con competencia en Violencia de Género y otras de distintos juzgados de la provincia puedan participar del “Primer Congreso Internacional de Trabajo Social Forense”, los días 24 y 25 de agosto del año en curso, a llevarse a cabo en la ciudad de Santa Fe, provincia del mismo nombre. Que, peticiona asimismo, la posibilidad de facilitar el transporte y chofer para que traslade a las profesionales, que detalla en página 04 vta. de su presentación, hasta el lugar del evento, conforme los fundamentos que expone. Con el informe de la Dirección de Recursos Humanos; ACORDARON: Hacer lugar como se solicita y afectar el medio de transporte requerido.


CUARTO: Sr. Director del Cuerpo Médico Forense, Dr. Walter Hugo Macoritto s/ Solicitud: Y VISTOS: el Expte. N.º 5128/23, por medio del cual el mencionado Director solicita se convoque e incorpore a un profesional para cubrir el cargo de Médico Forense en la Primera Circunscripción Judicial, en virtud de la vacante generada por la renuncia del Dr. Santiago Salvador Bareiro. Con el informe de la Dirección de Recursos Humanos; ACORDARON: Hacer lugar a lo solicitado y facultar a Presidencia a convocar a la profesional, cuyo currículum se adjunta.


QUINTO: Profesionales del Observatorio en Materia de Violencia Laboral s/ Informe: Y VISTOS: el Expte. Interno N.º 30, por medio del cual las Psicólogas del Observatorio mencionado elevan informe de seguimiento de la Oficina de Violencia Intrafamiliar de Las Lomitas, adjuntando las entrevistas realizadas a los agentes que se desempeñan en la citada Oficina, sugiriendo reforzar el trabajo de capacitación con la Dra. Maria Mercedes Buryaile, con la abstención del Sr. Ministro, Dr. Eduardo Manuel Hang; ACORDARON: Tener presente y disponer la continuidad del trabajo sugerido.


SEXTO: Sr. Héctor Abel Velázquez s/ Solicitud: Y VISTOS: el Expte. N.º 5132/23, por medio del cual el Sr. Velázquez, ex agente judicial, peticiona se proceda a abonar al mismo los haberes correspondientes a los meses: abril -parcial -, mayo y junio, además del sueldo anual complementario del primer semestre, todos del año en curso y se continúe depositando los correspondientes a los meses subsiguientes, en atención a que la sanción de su cesantía dispuesta por Resolución N.º 186/23 (Sup) no se encuentra firme a la fecha conforme los fundamentos expuestos en su presentación. Con el informe del Servicio Administrativo Financiero y habiéndose dictado la cesantía del empleado y estando ello notificado, la cuestión desde el punto de vista administrativo está resuelta y no corresponde abonar importe alguno. Por otra parte, un razonamiento elemental dice que quien no trabaja no debe cobrar sueldo alguno. Esta ha sido la postura jurídica del Superior Tribunal de Justicia en diversos fallos en que, pese a decidir incorporaciones del personal de la Administración Pública, no justificó el pago de lo que no sucedió (la labor del empleado), mas allá de otros reclamos que habilita el derecho. La cesantía es una sanción de ejecución inmediata y no suspensiva; Por ello; ACORDARON: No hacer lugar a lo solicitado.


SÉPTIMO: Sra. Secretaria General de la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación – Seccional N.º 3 -Formosa, Blanca Azucena del Valle Almirón s/ Solicitud: Y VISTOS: el Expte. N.º 4794/23, por medio del cual la Secretaria General del gremio citado peticiona, en virtud a lo dispuesto por Actas Ns° 3136 Punto Décimo y 3140 Punto Quinto y las designaciones de las Dras. Mariela Portales y Cinthya Vitti como Jueza del Juzgado de Instrucción y Correccional N.º 2 de Clorinda y Procuradora Fiscal N.º 3, respectivamente, se proceda al corrimiento de la lista de los Asistentes Fiscales de Primera instancia, aprobada oportunamente conforme corresponda en el orden de antigüedad. Con los informes de las áreas pertinentes; ACORDARON: Tener presente.


OCTAVO: Sra. Malvina Soledad Coronel y Dra. Ivonne E. Olmedo s/ Solicitud: Y VISTOS: el Expte. N.º 4005/23, por medio del cual las presentantes solicitan la intervención del Superior Tribunal de Justicia en ejercicio de las facultades de superintendencia a fin de que intervenga en los autos caratulados: “CORONEL MALVINA SOLEDAD C/ BANCO DE FORMOSA S.A S/ ACCIONES SUMARISIMAS (INCIDENTE DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA OLMEDO IVONNE E.). Expte. N.º 472/22, en trámite por ante la Sala II del Tribunal del Trabajo de Formosa, conforme los fundamentos expuestos en su presentación. Que en páginas 17/18 obra informe, respecto al trámite de los autos de mención, remitido por la Sra. Jueza de la Sala II del Tribunal del Trabajo, Dra. Maria Claudia Soto y en página 21, del Secretario de Recursos, Dr. Claudio Rene Benítez. Por ello; ACORDARON: Tener presente y remitir a la Secretaría de Recursos de éste Superior Tribunal de Justicia, a sus efectos. Todo lo cual, dispusieron se dé cumplimiento, ordenando se comunique a quienes corresponda y registre.

 

 

Dr. MARCOS BRUNO QUINTEROS

Presidente

Dres. GUILLERMO HORACIO ALUCIN, ARIEL GUSTAVO COLL, EDUARDO MANUEL HANG y RICARDO ALBERTO CABRERA

Ministros

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