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Acuerdo 2624 - Poder Judicial Formosa

Acuerdo 2624

A C T A Nº 2. 6 2 4


En la ciudad de Formosa, capital de la provincia del mismo nombre, siendo las nueve horas del día doce de mayo de dos mil diez, se reúnen en la Sala de Acuerdos de la Presidencia del Excelentísimo Superior Tribunal de Justicia el señor Presidente doctor Héctor Tievas y los señores Ministros doctores, Ariel Gustavo Coll, Arminda del Carmen Colman, Eduardo Manuel Hang y Carlos Gerardo González y con la presencia del señor Procurador General, doctor Claudio Aguirre, a fin de considerar: PRIMERO: RESOLUCIONES DE PRESIDENCIA: En virtud de lo dispuesto en el artículo 29 inciso 10º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Presidencia ha dictado las siguientes Resoluciones: 1º) Nº 202/10 –Sec.Gob.Sup.-: En virtud de la cual se interrumpe por estrictas razones de servicio, a la Lic. Gabriela Toledo, la licencia compensatoria correspondiente a la Feria Judicial Ordinaria/09, debiendo hacer uso de los días no usufructuados antes del 30 de septiembre del presente año (conf. Arts 39º y 40 del RIAJ). 2º) Nº 206/10 -Sec.Gob.Sup.-: En virtud de la cual, se autoriza a la agente Rosa Carolina Dorrego a ausentarse de sus funciones y de la jurisdicción, a partir del día 06 en horario vespertino y 07 de mayo del presente año, a efectos de asistir al “Curso de Mediación Penal Restaurativo” a llevarse a cabo en la ciudad de Corrientes (art.56º del RIAJ), con cargo de oportuna justificación. 3º) Nº 207/10 -Sec.Gob.Sup.-: En virtud de la cual, se concede a la agente Norma del Carmen Torales a ausentarse de sus funciones y de la jurisdicción, a partir del día 06 en horario vespertino al 08 de mayo del presente año, a efectos de asistir al “Curso de Mediación Penal Restaurativo” a llevarse a cabo en la ciudad de Corrientes (art.56º del RIAJ), con cargo de oportuna justificación. 4º) Nº 208/10 -Sec.Gob.Sup.-: En virtud de la cual, se prorroga por razones de servicio al Dr. Eduardo Fabian Nazareno Perelli, el usufructo de la Licencia Compensatoria correspondiente a la Feria Judicial Invernal (14 días) y a la Feria Judicial Ordinaria (34 días) ambos del año 2009, debiendo hacer uso de los días no usufructuados indefectiblemente antes del 30 de setiembre del año en curso (art.39º del RIAJ). 5º) Nº 83/10 -Adm.-. En virtud del cual se autoriza el traslado del equipamiento de Cámara Gesell de España Nº 1 al nuevo edificio ‘Tribunales’, coordinándose por Secretaría de Gobierno lo que resulte pertinente para su instalación y funcionamiento. Asimismo se asigna al Jefe de División de la Cámara Primera en lo Criminal, Plutarco Guzman, la tarea de asignación de turnos de las distintas salas de audiencia del Edificio ‘Tribunales’, a medida que sean solicitadas por los Juzgados de Primera Instancia que allí funcionan y las cámaras en lo Criminal, debiendo llevar un registro a tal fin. 6º) Nº 85/10 -Adm.-. En virtud del cual se otorgue a los Dres. Horacio Roberto Roglan, Giselle Verónica Drovandi y Sergio Lopez, una licencia especial desde el 13 hasta el 16 de mayo del corriente año inclusive, a fin de que tomen contacto con el personal y se interioricen de la marcha del juzgado, debiendo asumir efectivamente la jurisdicción en sus respectivos juzgados a partir del día 17 de mayo del corriente año. Todo lo cual, ACORDARON: Tener presente y aprobar lo actuado. SEGUNDO: Honorable Legislatura Provincial s/ Remisión Resolución Nº 2036/10: Visto la Resolución Nº 2036/10 por la que la Honorable Legislatura de la Provincia resuelve designar a los Sres. Diputados Titulares: Armando Felipe Cabrera, Jorge Roman y María Concepción Maglietti de Villaggi y como Suplentes a los Sres. Diputados: Ida Nilda Fiore, Enrique Franco y Dolly Elizabeth Di Biasi para integrar el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios, previsto por el art. 175 de la Constitución Provincial y el art. 2º segundo párrafo de la Ley 1095, ACORDARON: Tener presente. TERCERO: Sr. Ministro Dr. Ariel Gustavo Coll s/ Propuesta de Modificación al Reglamento del Centro de Resolución Alternativa de Conflictos: Y VISTOS: Las observaciones formuladas por el Consejo Profesional de la Abogacía y las propuestas realizadas por la Responsable del Centro de Resolución Alternativa de Conflictos, como paso previo a la implementación del organismo, y luego de un intercambio de opiniones por parte de los Sres. Ministros; ACORDARON: 1. Modificar el Artículo 7 incisos c), d) y f) y Artículo 8 inciso 2) del Reglamento del Centro de Resolución Alternativa de Conflictos, cuyos textos ya corregidos, se indican a continuación: “Artículo 7. inc. c) “La solución alternativa de conflictos podrá ser solicitada por cualquiera de las partes interesadas en forma directa o en el supuesto de causas judiciales, indirectamente, por remisión del Juez interviniente previo acuerdo de las partes”. Artículo 7. inc. d). Suspensión de términos. Cuando la intervención del C.R.A.C. sea solicitada durante la substanciación de la causa en sede judicial, las partes, podrán convenir la suspensión de términos conforme lo autorizan los Códigos Procesales respectivos. En ningún caso se remitirá el expediente, sino el Formulario de Remisión a Mediación, conteniendo la síntesis del caso, que será proporcionado por el Centro de Resolución Alternativa de Conflictos a los Juzgados y Tribunales. Artículo 7. inc. f): El funcionario informará a las partes en la reunión conjunta inicial, su calidad de tercero neutral carente de facultad para tomar decisiones respecto del conflicto, el carácter confidencial de la misma y la posibilidad de reuniones privadas confidenciales con cada parte. Mediante un proceso de cooperación y autogestión con técnicas adquiridas, buscará lograr que las partes lleguen a un acuerdo por mutuo consentimiento. Para ello deberá establecer las posiciones de cada una de las partes, mediante la realización de preguntas exploratorias a las partes. Éstas podrán concurrir acompañadas de un profesional del derecho y en su caso, consultar con el mismo previo a la firma del convenio.Si sólo una de las partes concurriera con asistencia letrada, la funcionaria Responsable del Centro deberá dar intervención al Defensor de Pobres y Ausentes de Primera Instancia para la asistencia de la contraria, suspendiéndose en su caso la audiencia, hasta que profesional público tome intervención en autos”. Cualquiera de las partes, voluntariamente, podrá decidir la finalización de la intervención del C.R.A.C. Artículo 8 inc. 2) “.....Si el Juez lo considera conveniente, por las características del caso, también puede, de oficio y con el previo consentimiento de las partes, remitir la causa al Centro de Resolución Alternativa de Conflictos, aplicando similar procedimiento. 2) Autorizar a la Responsable del Centro de Resolución Alternativa de Conflictos, a realizar – luego de la habilitación de la dependencia – una convocatoria pública a los empleados judiciales que cuenten, con titulo de Mediador homologado por el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, para la conformación de un Registro de Mediadores del Centro de Resolución Alternativa de Conflictos. 3) Extender la autorización dispuesta en el punto anterior, a aquellos profesionales que, sin pertenecer al Poder Judicial de la Provincia, cuenten con titulo de Mediador homologado por el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, para conformar con carácter de Voluntarios, el Registro de Mediadores del Centro de Resolución Alternativa de Conflictos. 4. Disponer que, en función del carácter experimental del mecanismo a implementarse para la resolución alternativa de conflictos, el Centro intervenga, durante los próximos 6 meses, en aquellos casos que las partes le sometan voluntariamente conforme a la reglamentación vigente, y en los que se remitan desde el Juzgado Civil y Comercial N° 4 y Tribunal de Familia, previo acuerdo de partes. 5. Hágase saber al Consejo Profesional de la Abogacía. CUARTO: Sr. Presidente JU.FE.JUS. –Dr. Rafael Francisco Gutierrez- s/ Agradecimiento: Visto la nota de agradecimiento cursada por el Sr. Presidente de la JU.FE.JUS, por la participación de la Provincia de Formosa en la III Feria de Justicia y Tecnología realizada en la ciudad de Montevideo –Uruguay-, los pasados días 28 y 29 de abril en el marco de la XV Cumbre Judicial Iberoamericana y en especial por la participación en el stand, de la Subdirectora de Informática del Poder Judicial de la Provincia de Formosa, Lic. Norma Benitez, ACORDARON: Tener presente, dar a publicidad y agréguese copia al legajo de la Licenciada Norma Benitez. QUINTO: Ministerio de Cultura y Educación s/ Remisión: Visto la Resolución Nº 5265 y Anexo del Ministerio de Cultura y Educación por el que se aprueba el Calendario Escolar correspondiente al presente año lectivo remitido por el citado Ministerio y lo dispuesto en el art. 16 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ACORDARON: Establecer el período de Feria Judicial desde el día 12 de Julio hasta el 25 inclusive. La Compensatoria desde el 02 de Agosto hasta el 15 de Agosto inclusive SEXTO: Sra. Juez del Juzgado Civil y Comercial Nº 4 –Dra. Claudia Pieske de Consolani- s/ Pedido: Visto las Notas Nº2518/10 y 2519/10 por la que la citada Magistrada, solicita la designación de un profesional del derecho para cubrir la vacante en el sector de Relatoría y de personal administrativo para que cumpla funciones en el Juzgado a su cargo, ACORDARON: Autorizar a Presidencia a convocar un aspirante de la lista de orden de mérito vigente. SEPTIMO: Sr. Secretario Dr. Victor Ramon Portales s/ Comunicación: Y Vistos: Las actuaciones derivadas de la presentación del Secretario del Juzgado Civil y Comercial de la IIIª Circunscripción Judicial, ACORDARON: Hacer saber que la mención establecida en el Acta 2609 Pto 32º, es optativa para los Abogados en los oficios contemplados en el art. 397 del CPCC y que bajo ninguna circunstancia la ausencia de su mención puede obstar al diligenciamiento de los mismos, advirtiendo al Sr. Secretario que en lo sucesivo debe privilegiar el servicio de justicia. OCTAVO: Sra. Sub-Directora de Sistemas C.P. Norma Benitez s/ Pedido: Visto la Nota Nº 650/10 por la que la citada Subdirectora solicita se arbitren los medios para la conformación del Comité de Estandarización de Modelos de Documentos (resoluciones, proveídos, cédulas, oficios, etc.) del Fuero Penal, a fin de contar con formatos únicos por Juzgado de Instrucción, Cámaras Criminales y Ministerio Público, ACORDARON: Designar a los Sres. Jueces, Alberto Sala, Beatriz Zanin, Laura Karina Paz y el Sr. Procurados Fiscal Lucio Leiva, para conformar el Comité de Estandarización del Fuero Penal, debiendo trabajar coordinadamente con la Sra. Subdirectora de Sistemas del Poder Judicial. NOVENO: Asociación Judicial Formosa s/ Pedido: Visto la Nota Nº 2036/10 por la que la citada Asociación solicita se tomen medidas preventivas tendientes a evitar el contagio de la Gripe A, ACORDARON: Atento a lo solicitado, imprimase en cantidad suficiente el compendio de las normas de prevención elaborado por la Dirección Médica del Poder Judicial, y distribúyase en las distintas dependencias del Poder Judicial, exhibiéndose en lugares visibles.DECIMO: Asociación Judicial Formosa s/ Pedido: Visto la Nota Nº 2858/10 por la que la citada Asociación solicita se justifiquen las tardanzas en las que ha incurrido el personal del Poder Judicial en el día 03 de mayo del corriente año, en atención a la copiosa lluvia caída en la ciudad capital desde horas de la madrugada y en coincidencia con el horario de ingreso de los agentes judiciales, ACORDARON: Justificar como se solicita. Tome intervención la Dirección de Recursos Humanos y el Servicio Administrativo Financiero. DECIMO PRIMERO: Sr. Secretario del Juzgado de Instrucción y Correccional Nº 1 de Clorinda –Dr. Pablo Marcelo Philippis- s/ Pedido: Visto la Nota Nº2958/10 por la que el citado funcionario solicita ausentarse de su lugar de trabajo y de la jurisdicción, los días viernes desde el mediodía y los sábados cada quince (15) días, con el objeto de asistir a las clases del “Curso de Posgrado en Derecho Procesal Penal”, a realizarse en la ciudad de Corrientes, en fechas a confirmar y desde el viernes 14 de mayo del presente año, ACORDARON: Autorizar como se solicita (art. 56º del RIAJ). DECIMO SEGUNDO: C.P. Roger Aldo Torres s/ Pedido: Visto la Nota Nº 2867/10, por la que el citado agente solicita autorización para asistir al “18º Congreso Nacional de Profesionales en Ciencias Económicas”, a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los días 16 al 18 de junio del corriente año, ACORDARON: Autorizar como se solicita (art.56º del RIAJ). DECIMO TERCERO: Agente Walter Anibal Gomez s/ Pedido: Visto la Nota Nº2432/10 por la que el citado agente solicita su traslado a una dependencia perteneciente al Poder Judicial de Formosa Capital de la Primera Circunscripción Judicial, ACORDARON: Tener presente. DECIMO CUARTO: Agente Valeria De Pedro s/ Pedido: Visto la Nota Nº 2578/10 por la que la citada agente solicita se le otorgue la primera parte de la licencia por maternidad prevista en el art. 45 del RIAJ, ACORDARON: Conceder a la agente Valeria De Pedro, la primera parte de la licencia por maternidad, desde el 28-04-10 hasta el 12-06-10 inclusive, conforme art. 45 del RIAJ. DECIMO QUINTO: Agente Rossana Edith Lovera s/ Pedido: Visto la Nota Nº 2872/10 por la que la citada agente comunica el nacimiento de su hija, adjuntando la pertinente partida de nacimiento, a fin de continuar usufructuando la licencia por maternidad, ACORDARON: Conceder a la agente Rossana Edith Lovera la segunda parte de la licencia por maternidad, desde el 05 de abril y hasta el 03 de agosto inclusive del corriente año, conforme art. 45 del RIAJ. DECIMO SEXTO: Agente Sinforiano Garrido s/ Historia Clínica Visto la historia clínica presentada y el informe de la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Conceder licencia por enfermedad de largo tratamiento al agente Sinforiano Garrido, desde el 19 de abril y hasta el 16 de junio inclusive del corriente año (cf.art.49 del RIAJ). DÉCIMO SEPTIMO: Actuaciones: “Secretarías Nros. 1 y 2 del Juzgado Civil, Comercial, del Trabajo y de Menores Nº 7 de El Colorado s/ Pedido Directivas respecto art.248 del RIAJ”: Atento a lo solicitado y actuaciones realizadas en consecuencia, teniendo en cuenta que la Médica Forense de El Colorado tiene competencia ante el fuero de Menores de esa ciudad, ACORDARON: Disponer que la Médica Forense de El Colorado, debe limitar su tarea a las propias del Juzgado Civil, Comercial y de Menores de El Colorado y hacer saber a los Jueces de Instrucción y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, que cuando requieran la asistencia de los Médicos Forenses, con prestación de servicios en la Ciudad de Formosa, para diligencias en el interior de la 1ª Circunscripción Judicial y estos no puedan concurrir por alguna causal justificada, deberán recurrir al mecanismo previsto en el art. 102 de la Ley Orgánica Judicial. DÉCIMO OCTAVO: Llamado a concurso para cubrir el cargo de Oficial Superior de Segunda (Jefe de Mesa de Entradas) del Juzgado de Instrucción y Correccional Nº 1: Visto la vacante al cargo de mención, atento a haber sido designada la Dra. Norma Torales en el Centro de Resolución Alternativa de Conflictos, ACORDARON: Llamar a Concurso para cubrir el cargo de Oficial Superior de Segunda (Jefe de Mesa de Entradas) del Juzgado de Instrucción y Correccional Nº 1, facultando a Presidencia a disponer la integración de la Mesa Examinadora y fecha de concurso. DÉCIMO NOVENO: Régimen y Aplicación de Menciones de Mérito: Y Vistos: Que no se encuentra prevista en la reglamentación vigente, el mecanismo tendiente a la aplicación de menciones de mérito, al personal de cualquier dependencia y escalafón, cuando por tareas que exceden su labor habitual, se hagan merecedores de felicitaciones o reconocimientos por parte de sus superiores; que este es uno de los aspectos que ha sido tratado en el reciente curso de Gestión Judicial organizado por la Escuela Judicial de Formosa y amerita el establecimiento de pautas claras para su efectivización; por ello, ACORDARON: 1. Establecer que a partir de la fecha, todas las menciones de mérito que impliquen un reconocimiento especial a determinados empleados judiciales, de cualquier categoría y escalafón deberán ser refrendadas por el Magistrado o Funcionario de quien dependan, con expresa indicación de la causa de la mención, la que en todos los casos, deberá implicar el reconocimiento a una tarea extraordinaria o que excede por su naturaleza o duración, la que realiza habitualmente el agente. 2. Cuando se realice una mención de mérito en las condiciones antes mencionadas, se notificará por escrito al agente de que se trate, se dará publicidad en el Juzgado o dependencia donde presta servicios y se elevará a Secretaría de Gobierno para su incorporación al legajo del agente. 3. Cuando el Secretario de Gobierno así lo considere y previa anuencia del Presidente del Superior Tribunal de Justicia, se podrá publicar la mención en la página web del Poder Judicial, por el tiempo que se estime pertinente. 4. Lo establecido en la presente acordada, no veda la mención de reconocimientos especiales en oportunidad de practicarse la Calificación anual del personal. Todo lo cual dispusieron y mandaron se dé cumplimiento, ordenando se comunique a quienes corresponda y registre.-


 

HÉCTOR TIEVAS                                                   ARIEL GUSTAVO COLL


ARMINDA DEL CARMEN COLMAN                                                                EDUARDO MANUEL HANG


CARLOS GERARDO GONZÁLEZ                                                                    CLAUDIO RAMON AGUIRRE

 




 


 

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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