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Acuerdo 2364 - Poder Judicial Formosa

Acuerdo 2364

Acuerdo Nro. 2364

En Formosa, Capital de la Provincia del mismo nombre, siendo las nueve horas del día dos de Junio del año dos mil cuatro, se reúnen en la Sala de Acuerdos de la Presidencia del Excmo. Superior Tribunal de Justicia, el Sr. Presidente Dr. Ariel Gustavo Coll y los Sres. Ministros Dr. Héctor Tievas, Dr. Eduardo Manuel Hang, Dra. Arminda del Carmen Colman y Dr. Carlos Gerardo González, a fin de considerar: PRIMERO: RESOLUCIONES DE PRESIDENCIA: En virtud de lo dispuesto en el Art. 29 inc.10º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Presidencia ha dictado las siguientes Resoluciones del Registro de la Secretaría de Gobierno: 1º) Nº 177/04 –Sec. Gob. Sup.- En virtud de la cual se concede al agente Rubén Alejo Espinoza, licencia los días 27 y 28 de mayo del año en curso, en virtud de lo normado en el art. 56 del RIAJ. 2°) N° 183/04 –Sec.Gob.Sup.- En virtud de la cual, se autoriza al agente Jorge Domingo Ortiz ausentarse de sus funciones, los días 3 al 7 de junio del corriente año, en virtud de lo normado en el art. 53 Bis del RIAJ. 3°) N° 184/04 –Sec.Gob.Sup.-. En virtud de la cual, se autoriza al Dr. Ramón Alberto Sala ausentarse de sus funciones y de la jurisdicción, a partir de las 13 hs. del día 1° y hasta las 8,30 hs. del día 3 de junio del año en curso, en virtud de lo normado en el art. 56 del RIAJ. Por ello, ACORDARON: Tener presente y aprobar lo actuado. SEGUNDO: Agente Laureano Parra s/ Pedido: Visto la Nota N° 3443/04, por la cual el mencionado agente solicita el pase del escalafón Obrero y Maestranza al de Servicio e Infraestructura de éste Poder Judicial; y atendiendo al motivo por el cual se lo afectó al servicio que actualmente cumple –reducción horaria por problemas de salud- (cf. Expte. N°3443/04). ACORDARON: No hacer lugar a lo solicitado. Sin perjuicio de ello, instrúyase al Director Médico a que actualice el informe sobre el estado de salud del causante, respecto a la reducción de tareas acordadas. TERCERO: Jueces del Excmo. Tribunal de Familia s/ Pedido: Visto la nota presentada por los jueces del Excmo. Tribunal de Familia en virtud de la cual solicitan la asignación en el cargo de Secretarios Relatores de ese Tribunal a abogados que allí se desempeñan, atento a las tareas que cumplen o en su defecto se contemple la posibilidad de un reescalafonamiento. ACORDARON: No existiendo reglamentada la asignación de Secretarios Relatores para Tribunales de Instancia Única y/o Apelación, no ha lugar a lo solicitado. Respecto al reescalafonamiento la jerarquización ya ha sido acordada para cumplir precisamente tareas a fines al título que poseen. CUARTO: Sra. Juez de Instrucción y Correccional N° 1 de la Segunda Circunscripción Judicial de la ciudad de Clorinda –Dra. Ángela C. Doldan B. De Ocampo: Visto la nota en virtud de la cual la mencionada Magistrada solicita la jerarquización de la Oficial Mayor María Elena Delgado de Barbadillo al cargo inmediato superior. Tomando en consideración que el cargo de Ayudante de Despacho no es concursable, por no ser un cargo jerárquico (art.113 del RIAJ) y que las promociones a cargos superiores debe realizarse de acuerdo a la reglamentación vigente, no corresponde subrogación alguna. ACORDARON: No hacer lugar a lo solicitado. QUINTO: Agente Jorge Adelio Recalde s/ Historia Clínica: Visto la historia clínica y el informe de la Dirección de Recursos Humanos sobre la situación del mencionado agente. ACORDARON: Dar de baja al agente Jorge Adelio Recalde, desde el 1° de junio de 2004 justificando las inasistencias hasta la fecha, por enfermedad de largo tratamiento (art. 49 del RIAJ), disponiendo la reserva del cargo de planta permanente hasta tanto el beneficio tenga carácter definitivo. Dése intervención al Servicio Administrativo Financiero a fin de que se le abonen todos los emolumentos pendientes y a la Dirección de Recursos Humanos a sus efectos. SEXTO: Agente Eufracio Bordón s/ Historia Clínica: Visto la historia clínica y el informe de la Dirección de Recursos Humanos sobre la situación del mencionado agente. ACORDARON: Conceder al agente Eufracio Bordón licencia por enfermedad de largo tratamiento hasta el 18 de junio de 2004 (art.49 del RIAJ). SÉPTIMO: Agente Domingo Antonio Encina s/ Historia Clínica: Visto la historia clínica, el acta de Junta Médica y el informe de la Dirección de Recursos Humanos sobre la situación del mencionado agente. ACORDARON: Conceder al agente Domingo Antonio Encina licencia por enfermedad de largo tratamiento hasta el 18 de junio de 2004 (art.49 del RIAJ). OCTAVO: Sra. Juez del Juzgado Civil, Comercial y del Trabajo de la 2da. Circunscripción Judicial de Clorinda –Dra. María Teresa Perez- s/ Pedido: Visto la Nota N° 3150/04, en virtud de la cual la mencionada Magistrada solicita la asignación de personal de maestranza para que preste servicios en ese Juzgado a su cargo. ACORDARON: Facultar a Presidencia a disponer lo pertinente, para la contratación de un personal de maestranza para el Juzgado Civil, Comercial y del Trabajo de Clorinda. NOVENO: Sr. Presidente del Excmo. Superior Tribunal de Justicia –Dr. Ariel Gustavo Coll- s/ Propuesta: Visto la propuesta de reglamentación de Cuerpo Letrado de Apoyo previsto en el Punto Octavo del Acta 2360/04. ACORDARON: Aprobar la reglamentación presentada, cuyo texto pasa a formar parte del presente acuerdo. DECIMO: Comisión Consultiva del Excmo. Superior Tribunal de Justicia s/ Propuesta: Visto la propuesta formulada por la mencionada Comisión propiciando la creación de otra Sala u otra Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, atento al cúmulo de causas que tramitan ante la misma; como así también la asignación de un Relator para cada uno de los Magistrados. ACORDARON: No estando prevista la modificación en el marco de política judicial para el corriente año, téngase presente para su oportunidad. Sin perjuicio de ello, hágase saber que la Comisión Consultiva es cuerpo asesor del Superior Tribunal de Justicia en los puntos que este Tribunal deriva en consulta. DECIMO PRIMERO: Agente Edith del Carmen Blazek s/ Recurso de Reposición: Visto la reconsideración planteada por la mencionada agente contra lo resuelto en Acta N° 2358 punto séptimo, que dispone rescindir el contrato de jerarquización. Atendiendo a los argumentos expuestos, y teniendo presente que la jerarquización en su momento dispuesta en Acta N° 2098 Punto 12 es independiente del estado de salud de la causante. ACORDARON: Hacer lugar al recurso de reconsideración planteado, dejándose sin efecto el punto 7° del Acta N° 2358, respecto a la desjerarquización dispuesta. DECIMO SEGUNDO: Sr. Ministro Dr. Eduardo M. Hang s/ Elevación: Visto la propuesta elevada por el Sr. Ministro Coordinador del Centro de Capacitación Judicial, respecto del ofrecimiento de la Universidad de Belgrano para dar cursos de actualización en Derecho. ACORDARON: Aprobar la implementación del curso propuesto, en los términos presentados, facultándolo a resolver cualquier situación no prevista. DECIMO TERCERO: Agente Héctor Cuevas González s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica y el informe de la Dirección de Recursos Humanos. ACORDARON: Dar de baja al agente Héctor Cuevas González, desde el 01 de junio de 2004, justificando las inasistencias por razones de salud hasta esa fecha (art.49 del RIAJ), disponiendo la reserva del cargo de planta permanente hasta tanto el beneficio tenga carácter definitivo. Dése intervención al Servicio Administrativo Financiero a fin de que se le abonen todos los emolumentos pendientes y a la Dirección de Recursos Humanos a sus efectos. DECIMO CUARTO: Asesora de Menores del Juzgado de Menores Subrogante –Dra. Viviana B. Portillo s/ Pedido: Visto la Nota N° 3748/04 en virtud de la cual, la mencionada funcionaria solicita se asigne a la Asesoría de Menores personal administrativo. ACORDARON: Tener presente. DECIMO QUINTO: Secretario del Archivo Judicial –Dr. Adolfo D. Paz- s/ Elevación: Visto el anteproyecto de ley de modificación del art. 141 de la Ley Orgánica Judicial presentada por el Sr. Secretario del Archivo General Dr. Adolfo Paz. ACORDARON: Aprobar el mencionado proyecto que pasa a formar parte del presente Acuerdo y remitirlo a consideración de la Honorable Legislatura Provincial con nota de estilo. DECIMO SEXTO: Agente Julio Rubén Montes s/ Historia Clínica: Visto la historia clínica y el informe de la Dirección de Recursos Humanos sobre la situación del mencionado agente. ACORDARON: Conceder al agente Julio Rubén Montes licencia por enfermedad de largo tratamiento hasta el 25 de junio de 2004 (art.49 del RIAJ). DECIMO SEPTIMO: Agente Cristina Liliana Acevedo s/ Pedido: Visto la nota N° 3827/04 por la que la mencionada agente solicita se le permita acceder a un exámen de competencia a fin de poder pasar al escalafón administrativo (art.65 RIAJ). ACORDARON: Tener presente. DECIMO OCTAVO: Juez del Juzgado de Instrucción y Correccional N° 2 de la 2da. Circunscripción Judicial de Clorinda –Dr. Santos Gabriel Garzón- s/ Pedido: Visto la nota N° 3672/04 en virtud de la cual el mencionado Magistrado, solicita se designe un abogado de la lista de aspirantes al cargo de Secretarios para desempeñarse en ese Juzgado, en virtud del cúmulo de tareas existentes. ACORDARON: Tener presente. DECIMONOVENO: Sr. Ministro del Excmo. Superior Tribunal de Justicia –Dr. Héctor Tievas- s/ Elevación de Reglamentación para requerir y emitir dictámenes: Visto la necesidad de contar en muchos casos con una opinión técnica que no sea de derecho acerca de la necesidad, conveniencia y oportunidad de tomar alguna decisión, realizar un acto administrativo o resolución judicial. ACORDARON: Aprobar la reglamentación presentada por el Sr. Ministro Dr. Héctor Tievas, disponiendo que a partir de la fecha “los dictámenes e informes de los agentes técnicos profesionales, universitarios o terciarios y de los Sres. Directores que se desempeñan en este Poder Judicial, podrán ser requeridos por Juez o Tribunal de cualquier fuero o instancia, mediante resolución fundada, explicando expresamente el tema o puntos sobre el cual deba expedirse. El dictamen se evacuará respondiendo concreta y puntualmente sobre el tema o punto requerido, con opinión técnica fundada, en el plazo que disponga el requirente y en ausencia de éste se evacuará en un plazo no mayor de cinco (5) días. Si el dictamen o informe no respondiera suficientemente al tema o puntos concretamente requeridos, podrá solicitarse su ampliación, explicación o nuevo dictamen. El dictamen no es vinculante y no resulta recurrible en forma alguna. Notifíquese a quienes corresponda. VIGESIMO: Sr. Juez de Menores de la 1ra. Circ. Judicial Capital –Dr. Carlos María Miers- s/ Informe: Visto el informe elevado por el mencionado Magistrado, respecto a la situación del Hogar Granja “La Esperanza”; solicitando la designación de profesionales capacitados que posibiliten la rehabilitación social de los internos; como así también se contemple la posibilidad de trasladar la sede del referido Hogar a un lugar mas cercano del casco urbano. ACORDARON: Tener presente el informe y siendo potestad del Ministerio de Desarrollo Humano la adopción de las medidas solicitadas por el Sr. Juez de Menores, respecto a un Instituto que pertenece a su órbita, remítase a conocimiento del Sr. Ministro de Desarrollo Humano a sus efectos. VIGÉSIMO PRIMERO: Procuración General s/ Informe: Visto la Resolución 284/04 de la Procuración General y atento a su contenido y siendo que la misma contradice el art. 11 de la Ley Orgánica Judicial, el art. 3 del RIAJ y los términos de la Resolución N° 52/02 que refiere a compensación para casos específicos. ACORDARON: Dejar sin efecto los términos de la Resolución 284/04 de la Procuración General. VIGÉSIMO SEGUNDO: Dr. Rubén Castillo Giraudo s/ Pedido: Visto la nota elevada por el mencionado Magistrado ante la petición efectuada ante la Cámara Primera en lo Criminal por el liberado José Orlando Morel, de ingresar como personal del Juzgado de Instrucción próximo a ponerse en funcionamiento. ACORDARON: Atento a los términos del Acuerdo N° 2350 Pto.12, hágase saber que resulta imposible acceder a lo solicitado. Todo lo cual dispusieron y mandaron se dé cumplimiento, ordenando se comunique a quienes corresponda y registre.-

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