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Acuerdo 2510 - Poder Judicial Formosa

Acuerdo 2510

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En la ciudad de Formosa, capital de la provincia del mismo nombre, siendo las nueve horas del día doce de septiembre de dos mil siete, se reúnen en la Sala de Acuerdos de la Presidencia del Excelentísimo Superior Tribunal de Justicia el señor Presidente doctor Eduardo Manuel Hang y los señores Ministros doctores Arminda del Carmen Colman, Ariel Gustavo Coll, Héctor Tievas y Carlos Gerardo González, con la presencia del señor Procurador General Subrogante, doctor Alejandro Gustavo Postiglione, a fin de considerar: PRIMERO: RESOLUCIONES DE PRESIDENCIA: En virtud de lo dispuesto en el artículo 29 inciso 10º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Presidencia ha dictado las siguientes Resoluciones: 1º) Nº 486/07 – Sec.Gob.Sup.- En virtud de la cual se concede a la Dra. Diana Pamela Ifran autorización para ausentarse de sus funciones y de la jurisdicción a partir del día 05 y hasta el 08 de septiembre del corriente año, a efectos de asistir a la  “II Conferencia de Jueces” a realizarse en la Provincia de Salta, en merito a lo normado en el articulo 56 del RIAJ con cargo de oportuna justificación. 2°) Nº 487/07 – Sec.Gob.Sup. – En virtud de la cual se concede al Dr. Francisco Orella autorización para ausentarse de sus funciones y de la jurisdicción los días viernes y sabados de cada mes, a partir del 31 de agosto del corriente año y por el término de nueve meses, a efectos de asistir al curso de “Diplomatura en Relaciones Individuales del Trabajo”, a realizarse en esta ciudad, en merito a lo normado en el articulo 56 del RIAJ y con cargo de oportuna justificación al finalizar el año lectivo. 3º) Nº 489/07 – Sec.Gob.Sup. – En virtud de la cual se concede a la Dra. Laura Karina Paz autorización para ausentarse de sus funciones y de la jurisdicción los días 5, 6 y 7 de septiembre del corriente año, a efectos de asistir a la  “II Conferencia de Jueces” a realizarse en la Provincia de Salta, en merito a lo normado en el articulo 56 del RIAJ con cargo de oportuna justificación. 4°) Nº 492/07 – Sec.Gob.Sup. – En virtud del cual se concede al Dr. Héctor Ricardo Suhr autorización para ausentarse de sus funciones y de la jurisdicción los días 5, 6 y 7 de septiembre del corriente año, a efectos de asistir a la  “II Conferencia de Jueces” a realizarse en la Provincia de Salta, en merito a lo normado en el articulo 56 del RIAJ con cargo de oportuna justificación. 5º) Nº 497/07 – Sec.Gob.Sup.– En virtud del cual se concede al Dr. Vanesa Booman autorización para ausentarse de sus funciones y de la jurisdicción los días 5, 6 y 7 de septiembre del corriente año, a efectos de asistir a la  “II Conferencia de Jueces” a realizarse en la Provincia de Salta, en merito a lo normado en el articulo 56 del RIAJ con cargo de oportuna justificación.. 6°) Nº 502/07 – Sec.Gob.Sup. – En virtud del cual se concede a la Sra. Instructora Dra. Imelda Zaracho de  Nieves, una prórroga por treinta (30) días a fin de concluir con las diligencias instructorias realizadas en el Sumario caratulado: “Dra. Graciela Pipet y Proc. Alejandra Giotta s/ Sumario Administrativo”, Expte. Nº 22 Fº Nº 59 Año 2007. 7°) Nº 503/07 – Sec.Gob.Sup. – En virtud de la cual se autoriza a los Dres. Bienvenido Zarate y Mirtha Pantich autorización para ausentarse de sus funciones y de la jurisdicción los días 07/09; 14/09; 05/10; 12/10; 01/11; 16/11 del presente año, a fin de asistir al Curso de Postgrado de Medicina Legal Laboral, a realizarse en la Ciudad de Corrientes, en merito a lo normado en el articulo 56 del RIAJ.. Todo lo cual, ACORDARON: Tener presente y aprobar lo actuado. SEGUNDO: Honorable Legislatura Provincial s/ Remisión Res. Nº 1713/07: Y Vistos: Las Resoluciones dictadas por la Honorable Legislatura Provincial, las opiniones vertidas por el Dr. Tievas, el Dr. Ariel Coll, la Dra. Arminda del Carmen Colman y con la abstención del Dr. Carlos Gerardo Gonzalez, ACORDARON: Tener presente y facultar a Presidencia a fijar fecha de juramento. TERCERO: Actuaciones “Dr. Ariel G. Coll s/ Proyecto de Reglamentación de los arts. 9 y 10 de la Ley 1278: Y Vistos: La disposición contenida en los artículos 9 y 10 de la Ley 1278, y Considerando: Que mediante la primera de las normas citadas, se establece que corresponderá exclusivamente al “Sistema Único de Antecedentes Judiciales” -  creado precisamente por la Ley 1278 - el otorgamiento de Certificado sobre antecedentes judiciales de las personas, en el ámbito de la Provincia de Formosa, quedando vedado a todo otro organismo la emisión de tal información. Que a su vez, el artículo 10 del mismo cuerpo legal, establece que el Sistema Único de Antecedentes Judiciales percibirá una Tasa que se fijará por vía reglamentaria y se aplicará el sostenimiento del Sistema. Dicha tasa será percibida y administrada directamente por el organismo, determinándose por vía de reglamentación los casos de excepción para el cobro de la Tasa establecida. Que el art. 13 de la Ley 1278, pone en cabeza de éste Superior  Tribunal de Justicia dictar la reglamentación pertinente. Que en  virtud de ésta última norma, corresponde determinar el monto de la Tasa que señala el prevé el art. 9º de la misma Ley, el obligado la pago, la autoridad receptora de la misma, el mecanismo de rendición de cuentas y los casos de excepción al pago. Que respecto a lo primero y en función de la naturaleza del trámite, análogo a la expedición de  Certificados en el ámbito público provincial (art. 32 incisos c), d) y e) de la Ley 954) resulta pertinente establecer en  pesos Dos ($2) el monto de la Tasa por expedición de Certificados de Antecedentes por parte del Sistema Único de Antecedentes Judiciales. Que sólo podrán solicitar el Certificado antes mencionado, las personas físicas debidamente identificadas, respecto a sus propios antecedentes, o por sus letrados, munidos de Poder especial al efecto (art. 8º de la Ley 1278 y art. 51 del Código Penal Argentino), sin perjuicio de la atribución que la misma Ley 1278 confiere en su artículo 8º a las Fuerzas de Seguridad y Policiales y en su artículo 12 a Magistrados y Funcionarios del Ministerio Fiscal. Que respecto al mecanismo de percepción y administración de la Tasa por emisión de Certificados de Antecedentes Judiciales, corresponde señalar que tal como se ha organizado el Sistema Único de Antecedentes Judiciales, sus funciones son meramente técnicas, contando exclusivamente con personal calificado para el la recepción de datos y expedición de certificados, sin que pueda ser considerado como un organismo autónomo con capacidad para percibir recursos y administrar los mismos, interpretándose que cuando la ley 1278 refiere en su artículo 10, al “organismo”, se está remitiendo al Poder Judicial como tal (a cuyo ámbito está incorporado el sistema por mandato del artículo 1º de la misma Ley) cuya superintendencia ejerce éste Superior Tribunal de Justicia (art. 170 inciso 7º de la Constitución Provincial) contando para todo lo que implique administración de sus recursos, con una  Dirección específica. Que siendo así, será el Servicio Administrativo Financiero quien perciba la tasa correspondiente y expida el comprobante de pago pertinente, a través del área que la Sra. Directora determine, con el cual el interesado deberá presentarse ante el SUAJ para gestionar su certificado. Quedarán exentos del pago de la Tasa por emisión de Certificados de Antecedentes del Sistema, los organismos públicos de la Provincia y de la Nación, que asi lo soliciten bajo la condición establecida en el art. 12 de la Ley 1278. Por todo ello, ACORDARON: 1. Establecer en pesos Dos  ($2) la Tasa por expedición de Certificados de Antecedentes expedidos por el Sistema Único de Antecedentes Judiciales, a partir del 1º de Octubre de 2007. 2. La Tasa será abonada por el interesado ante el área del Servicio Administrativo Financiero que determine la Sra. Directora del mismo, quien deberá comunicar a Secretaria de Gobierno el nombre del o los agentes que en su caso intervengan. 3. Contra el pago de la Tasa se expedirá un comprobante al interesado, con el cual podrá gestionar directamente ante el SUAJ la expedición del Certificado correspondiente. 4. Los fondos que se recauden en el concepto que surge del presente Acuerdo, se aplicarán exclusivamente a solventar erogaciones propias del SUAJ. 5. Quedarán exentos del pago de la Tasa por emisión de Certificados de Antecedentes del Sistema, los organismos públicos de la Provincia y de la Nación, que asi lo soliciten bajo la condición establecida en el art. 12 de la Ley 1278. 6. Sólo podrán solicitar el Certificado antes mencionado, las personas físicas debidamente identificadas, respecto a sus propios antecedentes, o por sus letrados, munidos de Poder especial al efecto (art. 8º de la Ley 1278 y art. 51 del Código Penal Argentino), sin perjuicio de la atribución que la misma Ley 1278 confiere en su artículo 8º a las Fuerzas de Seguridad y Policiales y en su artículo 12 a Magistrados y Funcionarios del Ministerio Fiscal. 7. Facúltase a Presidencia a resolver cualquier situación no prevista. 8 Hágase saber al Director de Sistemas y a la Sra. Directora del Servicio Administrativo Financiero, para que adopten, en el ámbito de sus respectivas competencias, las medidas necesarias para el cumplimiento del presente acuerdo. CUARTO: Sra. Secretaria de Recursos del Superior Tribunal de Justicia –Dra. Imelda Zaracho de Nieves- s/ Elevación: Visto la Nota Nº 6201/07 por la cual la citada funcionaria eleva la solicitud de cesión de Documentos Históricos que obran en el Archivo General de este Poder Judicial, requeridos por la Dirección de Patrimonio Socio-Cultural de la Subsecretaría de Cultura de la Provincia, ACORDARON: Estése a lo dispuesto en los arts. 133, 134, 135, 136, 137, 138 y 139 de la Ley Orgánica Judicial. QUINTO: Llamado a Concurso para cubrir el cargo Jefe de División del Excmo. Tribunal de Familia: Y Vistos: El resultado del concurso de  oposición tramitado en el Expte. Nº 44 Fº 60 Año 2007, y el informe de Secretaría de fs. 59, ACORDARON: Designar a la agente Deolinda Rojas en el cargo de Jefe de División del Tribunal de Familia, a partir del 1º de octubre de 2007. SEXTO: Procurador General del Superior Tribunal de Justicia del Chaco – Dr. Jorge Edgardo Omar Canteros s/ Invitación: Visto la invitación cursada por el citado Magistrado para asistir a la “XX Jornadas Nacionales del Ministerio Público”, a realizarse en la ciudad de San Juan los días 19, 20 y 21 del corriente mes y año, ACORDARON: Tener presente. SEPTIMO: Sr. Director de Biblioteca  e Informática Jurisprudencial –Dr. Eliot Cassin- s/ Pedido: Visto la Nota Nº 1018/07 por la cual el citado Director informa la realización de cambios y redistribución de tareas y responsabilidades del personal,  para optimizar el empleo del los recursos humanos disponibles, ACORDARON: Tener presente. OCTAVO: Integrantes de la Comisión Asesora de Capacitación s/ Pedido: Visto la Nota de fecha 02-08-07 elevada al Sr. Ministro del Área de Capacitación Judicial por la mencionada Comisión, en la que se pone de resalto la dedicación y contracción al trabajo que lleva a cabo la Dra. Monica Cantero en las distintas actividades que se realizan en el Centro de Capacitación Judicial a su cargo, solicitando que tal circunstancia se deje constancia en su legajo personal, ACORDARON: Agregar al legajo de la Dra. Monica Cantero, como se solicita. NOVENO: Expte. Nº 3999/07 reg. int. “Caja de Previsión Social s/ Jubilación por Invalidez, Dr. Adriano Zanin: Visto la Resolución Nº 1464/07 de la Caja de Previsión Social, ACORDARON: Reintegrar al Dr. Adriano Zanin a la Dirección Médica del Poder Judicial, disponiéndose su afectación a los Tribunales de la Tercera Circunscripción Judicial, por razones de servicio. DECIMO: Expte. Nº 5327/07 caratulado: “Agente Elvio A. Martinez s/ pedido de jerarquización: Visto el pedido de jerarquización por el citado agente y habiendo cumplido con la presentación del título de Abogado legalizado por autoridad competente, ACORDARON: Hacer lugar como se solicita a partir de la fecha (art.67 del RIAJ). DECIMO PRIMERO: Sr. Ministro –Dr. Ariel Gustavo Coll s/ Propuesta: Visto la propuesta efectuada por el Sr. Ministro respecto de la modificación de la fecha de inscripción de los peritos regulada en el art. 264 del RIAJ y sometida a consideración del Alto Cuerpo, ACORDARON: Aprobar la propuesta de modificación del art. 264 del RIAJ, cuyo primer párrafo quedará redactado de la siguiente manera: Art.264 del RIAJ: “La inscripción de nuevos peritos se realizará entre el 1º y el 30 de Octubre de cada año, y tendrá vigencia por todo el año judicial siguiente. No se admitirá prórroga alguna por ningún motivo.” Y Con relación al último párrafo del mismo artículo, quedará redactado de la siguiente manera: “Cuando se desee mantener la inclusión en la nómina en los períodos anuales subsiguientes, todos los años y dentro del mismo plazo indicado en el párrafo primero, los peritos deberán manifestar su voluntad en ese sentido, concurriendo a Secretaría acreditando que se mantienen las condiciones reglamentarias exigidas.” Dese a publicidad por Secretaría de Gobierno. DECIMO SEGUNDO: Agente Graciela B. Sena s/ Pedido: Visto la Nota Nº 6544/07 por la cual, la citada agente solicita se le otorgue la primera etapa de la Licencia por Maternidad, por el término de cuarenta y cinco días (45) a contar desde 07 de setiembre y hasta el 21 de octubre del corriente año, ACORDARON: Conceder como se solicita. DECIMO TERCERO: Agente Natalia Karina Mancuello s/ Situación: Visto las actuaciones tramitadas en cuanto a la situación de la citada agente, ACORDARON: Justificar las licencias por enfermedad a la agente Natalia Karina Mancuello, y teniendo presente el informe de su superior jerárquico, hágase saber a la causante que no se renovará su contrato de locación de servicios a partir del vencimiento del mismo. Tome nota la Dirección de Recursos Humanos. DECIMO CUARTO: Agente Juan Manuel Rojas s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada y lo informado por el Cuerpo Médico Forense y la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Conceder licencia por razones de salud al agente Juan Manuel Rojas desde el día veinticuatro de agosto y hasta el día veintidós de septiembre inclusive del corriente año (Conf. artículo 49 del RIAJ).DECIMO QUINTO: Agente Jorge Darío Servin s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada y lo informado por el Cuerpo Médico Forense y la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Conceder licencia por razones de salud al agente Jorge Darío Servin desde el día veintisiete de agosto y hasta el día veinticuatro de octubre inclusive del corriente año (Conf. artículo 49 del RIAJ). DECIMO SEXTO: Agente Susana Chiappero s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada y lo informado por el Cuerpo Médico Forense y la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Conceder licencia por razones de salud a la agente Susana Chiappero desde el día nueve de septiembre y hasta el día ocho de octubre inclusive del corriente año (Conf. artículo 49 del RIAJ).. DECIMO SEPTIMO: Agente María Griselda Duarte s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada y lo informado por el Cuerpo Médico Forense y la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Conceder licencia por razones de salud a la agente María Griselda Duarte desde el día tres de septiembre y hasta el día dos de octubre inclusive del corriente año (Conf. artículo 49 del RIAJ).. DECIMO OCTAVO: Agente María Delia Jara s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada y lo informado por el Cuerpo Médico Forense y la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Conceder licencia por razones de salud a la agente María Delia Jara desde el día siete de agosto y hasta el día cinco de septiembre inclusive del corriente año (Conf. artículo 49 del RIAJ).DECIMO NOVENO: Agente María Eva Duarte de Patiño s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada y lo informado por el Cuerpo Médico Forense y la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Conceder licencia por razones de salud a la agente María Eva Duarte de Patiño desde el día siete de septiembre y hasta el día seis de octubre inclusive del corriente año (Conf. artículo 49 del RIAJ). Atento al informe del Director de Recursos Humanos, intimar a la agente María Eva Duarte de Patiño a iniciar el trámite respectivo para acceder al beneficio de la jubilación por invalidez. Todo lo cual dispusieron y mandaron se dé cumplimiento, ordenando se comunique a quienes corresponda y registre.-

 

 

 

 

                                   EDUARDO MANUEL HANG                                           ARIEL GUSTAVO COLL

 

 

 

        ARMINDA DEL CARMEN COLMAN                    HECTOR TIEVAS                CARLOS GERARDO GONZALEZ

 

 

 

                      

  ALEJANDRO GUSTAVO POSTIGLIONE

                                                                                   

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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