ACTA N.º 3110
En Formosa, Capital de la Provincia del mismo nombre, siendo las nueve horas del día veintitres de febrero del año dos mil veintidos, se reúnen en la Sala de Acuerdos del Excmo. Superior Tribunal de Justicia, el Sr. Presidente Dr. Ricardo Alberto Cabrera, y los Sres. Ministros: Dres. Ariel Gustavo Coll, Guillermo Horacio Alucín y Marcos Bruno Quinteros, encontrándose ausente el Dr. Eduardo Manuel Hang por hallarse en uso de Licencia compensatoria de feria; a fin de considerar:
PRIMERO: Resoluciones de Presidencia: Superintendencia Nºs: 56/22; 58/22; 62/22; 64/22; 69/22 y 70/22 . Por ello, ACORDARON: Tener presente y aprobar lo actuado.
SEGUNDO: Sr. Ministro, Dr. Quinteros Marcos Bruno S/ Solicitud de Creación de Registro de Detenidos con Prisión Preventiva: Visto el Expte N.º 277/22 por medio del cual el Sr. Ministro, en virtud de las facultades de superintendencia que ejerce el Excmo. Superior Tribunal de Justicia por mandato constitucional, adjunta el Proyecto de Creación del Registro de Detenidos con Prisión Preventiva en la Provincia de Formosa, ante la necesidad de ejercer un contralor de la garantía constitucional del plazo razonable de duración de los procesos, para lo cual los Juzgados de Instrucción y Correccional, de Menores y Cámaras Criminales de toda la Provincia, deberán realizar y remitir un informe pormenorizado de las personas detenidas con prisión preventiva. Por ello; ACORDARON: Aprobar el Proyecto de Creación del Registro de Detenidos con Prisión Preventiva en la Provincia de Formosa, el que pasa a formar parte del presente como ANEXO I.
TERCERO: Sr. Ministro Dr. Coll, Ariel Gustavo S/ Solicitud: Visto el Expte. Nº 715/22 por medio del cual el Sr. Ministro Coordinador, Dr. Ariel Gustavo Coll, solicita se cubra la vacante en la Oficina de Gestión de Audiencias Penales de ésta ciudad de Formosa, ante la designación de la Dra. Sehila Arias como Jueza de Paz de la ciudad de Clorinda. Que teniendo en cuenta el desempeño laboral de la Dra. Patricia Elizabeth Carabajal, quien ha aprobado el curso de Secretarios, reuniendo las condiciones y el perfil para desempeñarse como Secretaria de la Oficina mencionada; ACORDARON: Designar a la Abogada Patricia Elizabeth Carabajal D.N.I.Nº: 36.015.444 como Secretaria de la Oficina de Gestión de Audiencias del Fuero Penal, a partir de su notificación, quien detentará el cargo de Oficial Superior de Primera del Escalafón Administrativo.
CUARTO: Superior Tribunal de Justicia s/ Llamado a Concurso para cubrir el cargo de Oficial Superior de Primera –Jefe de Despacho – de los Juzgados Civiles y Comerciales de la Primera Circunscripción Judicial: Viso el Expte. Nº 2973/21 por medio del cual tramita el llamado a concurso para cubrir el cargo de Oficial Superior de Primera –Jefe de Despacho – de los Juzgados Civiles y Comerciales de la Primera Circunscripción Judicial, cuya lista de orden de mérito final cuenta con dos aspirantes. Que existiendo tres vacantes en los Juzgados Civil y Comercial Nº 6; Nº 4 y Nº 1. Por ello, ACORDARON: 1) Designar a la agente Valeria Elizabeth Dechat en el cargo de Oficial Superior de Primera -Jefe de Despacho - del Juzgado Civil y Comercial N°6, a partir de la fecha de su notificación. 2) Designar al agente Manuel Ignacio Iturriaga en el cargo de Oficial Superior de Primera -Jefe de Despacho - del Juzgado Civil y Comercial N°4, a partir de la fecha de su notificación. 3) Llamar a concurso para cubrir el cargo de Oficial Superior de Primera –Jefe de Despacho – de los Juzgados Civiles y Comerciales de la Primera Circunscripción Judicial. Facultar a Presidencia a disponer lo pertinente.
QUINTO: Sr. Juez de Instrucción y Correccional Nº 3, Dr. Guillen, Enrique Javier s/ Solicitud: Visto el Expte. Nº 7706/21 por medio del cual el mencionado Magistrado, solicita se designe un administrativo, de preferencia con título de abogado, a fin de cubrir la vacante existente por la cesantía del agente Sergio Rene Brizuela. Por Expte.N°225/22 tramita la solicitud de traslado de la agente Carla Valeria Kirsch Samaniego del Excmo. Tribunal de Familia al mencionado Juzgado. Con la conformidad del Sr. Presidente del Excmo. Tribunal de Familia, Dr. Marcial Mántaras, solicitando que de hacerse lugar se cubra la vacante, con otro abogado y sin objeciones que formular el Dr. Guillen, ACORDARON: Hacer lugar al traslado de la agente Carla Valeria Kirsch Samaniego desde el Excmo Tribunal de Familia al Juzgado de Instrucción y Correccional Nº3, el que quedará supeditado a la cobertura de la vacante del mencionado Tribunal. Facultar a Presidencia a convocar a un aspirante de la Lista de Orden de Mérito vigente del Escalafón Administrativo para cubrir dicha vacante.
SEXTO: Sr. Juez de Instrucción y Correccional Nº 1, Dr. Spessot, Rubén Antonio s/ Propuesta: Visto el Expte. Nº 506/22 por medio del cual el mencionado Magistrado, propone la designación como Secretaria Relatora del Juzgado a su cargo, a la agente Florencia Giselle Orella, reuniendo los requisitos establecidos por el Art.122º Ter del RIAJ. Con el informe de Secretaría de Gobierno, ACORDARON: Contratar como Secretaria Relatora del Juzgado de Instrucción y Correccional Nº 1, a la agente Florencia Giselle Orella, en el cargo de Oficial Superior de Primera del Escalafón Administrativo, a partir de su notificación, facultando a Presidencia a suscribir el pertienente contrato.
SEPTIMO: Lic. González, María Irma s/ Solicitud: Visto el Expte. Nº 451/22 por medio del cual la mencionada Directora de Resolución Alternativa de Conflictos, solicita el traslado del agente Micael Simón Eleazar Portocarrero, quien cumple la función de ordenanza en la Dirección de Resolución Alternativa de Conflictos –Anexo B° Juan D. Perón – dependiendo de la Intendencia del Edificio Central, a la dependencia central a su cargo, quien a la fecha detenta el título de abogado. Por ello, ACORDARON: Téngase presente.
OCTAVO: Asociación Judicial Formosa s/ Solicitud: Visto el Expte. Nº 421/22 por medio del cual los Secretarios Adjunto y General de la mencionada entidad sindical, Lucas Arriazu y Basilisia Benítez, respectivamente, reiteran la solicitud de un incremento en el Incentivo al Mejor Servicio de Justicia (I.M.S.J.) tal como fuera solicitado en los años 2019 y 2020. Con el informe del Servicio Administrativo Financiero, ACORDARON: Téngase presente.
NOVENO: M.M.O. Ferrari, Irma Isabel s/ Solicitud: Visto el Expte. Nº 483/22 por medio del cual la Jefa de Departamento del Area Servicios Generales, solicita se convoque a una persona para cumplir funciones en el área de Infraestructura de El Colorado, detallando las obras que actualmente se encuentran pendientes en dicha localidad. Con el informe del Servicio Administrativo Financiero y de Secretaría de Gobierno, ACORDARON: Téngase presente.
DECIMO: Agente Bobadilla, Johana Elizabeth s/ Solicitud: Visto el Expte. Nº 325/22 por medio del cual la citada agente, solicita su traslado desde la Fiscalía Nº 1 de la Segunda Circunscripción Judicial, a ésta ciudad Capital, conforme lo reglamentado en el Art.83º del RIAJ y por razones de salud de su madre. Con la conformidad del Sr. Procurador General, Dr. Sergio R. López, como así también de su superior jerárquico Dra. Gómez Mello, quien solicita que de accederse a lo peticionado se cubra dicha vacante con un agente preferentemente con título de abogado. Con el informe del Servicio Médico Laboral y de Secretaría de Gobierno, ACORDARON: Hacer lugar al traslado solicitado por la peticionante, a partir del 02 de marzo del corriente año. Facultar a Presidencia a disponer lo pertinente.
DECIMO PRIMERO: Agente Juan Marcelo Gabriel Verón Bogado s/ Recurso de Reconsideración: Visto el Expte. Nº 459/22 por medio del cual tramita el recurso de reconsideración interpuesto por el mencionado agente, respecto al llamado a Concurso Abierto de oposición y antecedentes para cubrir el cargo de Jefe de División -Jefe de la Unidad Fiscal del Programa de Oralidad Penal de la Tercera Circunscripción Judicial, para todo el personal de éste Poder Judicial que se encuentra en planta permanente de cualquier categoría, dispuesto por Resolución Nº 26/22 – Sup. -. Manifiesta que por el instrumento legal citado el Concurso se realiza de manera abierta –Arts.79° y 80° del RIAJ -, entendiendo que pueden participar todos los agentes, sin excluir a los que se encuentran contratados sin ocupar cargos en planta permanente, existiendo como precedente lo dispuesto por Resolución Nº 394/91 –Sup. Por lo expuesto, solicita se amplíe la Resolución Nº 26/22 –Sup. -, habilitando la inscripción al concurso y/o al personal de éste Poder Judicial que aún no se encuentra en planta permanente. Con el informe de Secretaría de Gobierno y siendo que el planteo ya fue desestimado en la Resolución Nº391/21 - Sup -; ACORDARON: No hacer lugar al recurso planteado.
DECIMO SEGUNDO: Responsable del Parque Automotor del Poder Judicial, Agte. Olmedo Conde N. S/ Solicitud: Visto el Expte N.º 571/22 por medio del cual el nombrado Responsable solicita la designación de dos choferes para cumplir funciones en ésta ciudad. Por ello; ACORDARON: Facultar a Presidencia a disponer lo pertinente. Todo lo cual, dispusieron se dé cumplimiento, ordenando se comunique a quienes corresponda y registre.
RICARDO ALBERTO CABRERA
ARIEL GUSTAVO COLL GUILLERMO HORACIO ALUCIN MARCOS BRUNO QUINTEROS
ANEXO I
OBLIGACIÓN DE INFORMAR Y CONSTITUCIÓN DE UN REGISTRO DE DETENIDOS CON PRISIÓN PREVENTIVA EN LA PROVINCIA DE FORMOSA.
Artículo 1°. Los Juzgados de Instrucción y Correccional y los Juzgados de Menores de toda la provincia, así como ambas Cámaras Criminales, deberán remitir a la Secretaria de Recursos del Superior Tribunal de Justicia un informe pormenorizado de las personas detenidas con prisión preventiva sometidas a su jurisdicción y que no cuenten con sentencia definitiva a su respecto.
Artículo 2°. El informe deberá contar obligatoriamente con los siguientes datos: a) número de la causa, carátula, fecha de iniciación, tribunal de radicación,fiscales intervinientes y todo otro dato de interés; b) objeto de la investigación; c) identificación del o de los procesados (nombre y apellido, tipo y número de documento, nacionalidad, sexo, edad y estado civil); d) fecha de detención y unidad penitenciaria en la que se encuentra/n alojado/s; e) si tiene o tienen condenas anteriores; f) estado de la causa; g) razones por las cuales aún no se llegó a dictar sentencia definitiva.
Artículo 3°. El informe será remitido dentro de los diez días de dictada resolución que dispone la prisión preventiva o su confirmación por la Alzada mediante un formulario elaborado para estos fines por la Secretaría de Recursos del Superior Tribunal de Justicia que asegure su integralidad.
Artículo 4°. Cuando el tribunal interviniente omita, en forma injustificada, remitir el informe en el plazo establecido, la Secretaria de Recursos dará inmediata intervención al Superior Tribunal de Justicia, enviando los antecedentes a los efectos que correspondan. Si el Tribunal solicitara una prórroga para remitir el informe, la Presidencia del Superior Tribunal de Justicia podrá fijar un nuevo plazo no mayor a diez días.
Artículo 5°. Cuando un procesado sobre el que se hubiere informado en virtud de lo dispuesto por el artículo 1° cesara de cumplir prisión preventiva, el tribunal deberá confeccionar de inmediato un formulario para informar de ello y de los motivos de su liberación a la Secretaria de Recursos del Superior Tribunal de Justicia para la modificación del registro que prevé el artículo 8°.
Artículo 6°. En caso de que se dictara en las actuaciones informadas sentencia condenatoria o de sobreseimiento u otras causales que importaran la conclusión del proceso, el tribunal deberá poner el hecho en conocimiento de la Secretaría de Recursos en un plazo de diez días para la modificación del registro que prevé el artículo 8°. En caso de que las victimas fueran menores deberá informarse con las reservas correspondientes.
Artículo 7°. La omisión o retardo de los informes que se exigen en los artículos anteriores se considerará falta grave para los magistrados y funcionarios actuantes.
Artículo 8°. La Secretaría de Recursos del Superior Tribunal de Justicia deberá confeccionar y llevar un registro actualizado, ordenado por tribunal y en forma cronológica, de los procesados que se encuentren cumpliendo prisión preventiva. En el registro constarán los datos mencionados en el artículo 2°, debiendo modificarse o darse de baja los registros correspondientes cuando se reciba la comunicación prevista en los artículos 5° y 6°.
Artículo 9°. Con los informes actualizados la Secretaría de Recursos confeccionara un informe mensual que deberá ser elevado a la Presidencia y ser tratado en Acuerdo de Ministros del Superior Tribunal de Justicia.