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Acuerdo 2479 - Poder Judicial Formosa

Acuerdo 2479

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En Formosa, Capital de la Provincia del mismo nombre, siendo las nueve horas del día seis de diciembre de dos mil seis, se reúnen en la Sala de Acuerdos de la Presidencia del Excelentísimo Superior Tribunal de Justicia el Señor Presidente doctor Héctor Tievas y los señores Ministros doctores Eduardo Manuel Hang, Arminda del Carmen Colman, Ariel Gustavo Coll y Carlos Gerardo González a fin de considerar: PRIMERO: RESOLUCIONES DE PRESIDENCIA: En virtud de lo dispuesto en el artículo 29 inciso 10º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Presidencia ha dictado las siguientes Resoluciones del Registro de la Secretaría de Gobierno: 1º) Nº 681/06 – Sec.Gob.Sup.- En virtud de la cual se resuelve conceder a la agente Apolonia Arce licencia compensatoria desde el día 29 de noviembre y hasta el día 13de diciembre – inclusive – del año en curso, imputándose la misma a los días que se le adeuden en concepto de feria judicial, debiendo usufructuar indefectiblemente los días restantes durante el primer semestre del año dos mil siete. 2º) Nº 688/06 – Sec.Gob.Sup.- En virtud de la cual se resuelve autorizar al doctor José Luis Huel a ausentarse de sus funciones y de la jurisdicción los días 11 y 12 de diciembre del corriente año a fin de que asista a la Reunión Preparatoria de la Asociación Nacional de Magistrados de Ejecución Penal a realizar se en la ciudad de Buenos Aires, en mérito a lo normado en el articulo 56 del RIAJ con cargo de oportuna justificación. Todo lo cual, ACORDARON: Tener presente y aprobar lo actuado. SEGUNDO: Delitos de Apremios Ilegales, Privación Ilegal de la Libertad y Torturas s/ Creación de un Registro Especial: Vistos los informes solicitados por éste Superior Tribunal de Justicia, a través de Secretaría de Recursos, a los distintos Juzgados de Instrucción y Correccional de la Provincia, tendientes a conocer la cantidad de casos donde se han denunciado delitos de Apremios Ilegales, Privación Ilegal de la Libertad y Torturas en el ámbito de la jurisdicción provincial; que evaluados los mismos, se convocó a una reunión de trabajo de la que participaron todos los integrantes de éste Tribunal, el señor Procurador General, los Magistrados del fuero de Instrucción y Correccional y Procuradores Fiscales de las tres Circunscripción Judiciales; que en su transcurso se analizaron el estado de las distintas causas, las que se tuvieron a la vista, impartiéndose en la oportunidad las instrucciones pertinentes a los fines de resolver las que se encuentran pendientes, en un plazo razonable. Que en atención a la gravedad de los delitos que se mencionan y el incremento de las denuncias en tal sentido, resulta pertinente disponer la creación de un Registro Especial que permita la evacuación en tiempo y forma de los informes anuales que requiere la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación en cumplimiento a disposiciones propias del Comité contra la Tortura de la Organización de las Naciones Unidas, sin perjuicio de requerir a los Jueces de Instrucción y Correccional de la Provincia, que deberán tramitar los sumarios de investigación en el plazo establecido por el art. 190 del Código Procesal Penal, debiendo agotar las medidas tendientes a la individualización de quienes tienen responsabilidad penal en tales hechos, haciendo saber que la morosidad reiterada en éste tipo de procesos, será especialmente considerada a los fines del art. 176 inc. 3º de la Constitución Provincial. Por todo lo expuesto, ACORDARON: 1. Créase un Registro Especial en el ámbito de la Secretaría de Recursos del Superior Tribunal de Justicia, donde deberán consignarse todas las denuncias realizadas por la presunta comisión de los delitos de Apremios Ilegales, Torturas y Privación Ilegal de la Libertad. 2. La Secretaria de Recursos del Superior Tribunal de Justicia será Responsable del Registro, sin perjuicio del personal que decida afectar al mismo, con facultades para contestar los informes que requieran la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y/o la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia. 2. Los titulares de las Secretarias de los distintos Juzgados de Instrucción y Correccional de la Provincia, deberán informar al Registro antes mencionado, las denuncias que se hayan recibido por delitos de Apremios Ilegales, Torturas y Privación Ilegal de la Libertad, con mención de quien o quienes son los denunciantes, funcionarios de fuerzas de seguridad denunciados y/o dependencia involucrada, informe que será remitido dentro de los tres días de ingresada la denuncia al Juzgado. Asimismo y cada tres meses, deberá remitirse un informe actualizado sobre el estado procesal de las causas iniciadas. Incurrirá en falta grave el Secretario que omitiere dar cumplimiento a la presente disposición. 3. Instruir a los Jueces de Instrucción y Correccional de la Provincia, que deberán tramitar los sumarios que se inicien por denuncia de Apremios Ilegales, Torturas y Privación Ilegal de la Libertad, en el término establecido por el artículo Nº 190 del Código Procesal Penal, debiendo agotar las medidas tendientes al esclarecimiento de tales hechos y  la individualización de quienes tienen responsabilidad penal por los mismos, haciendo saber que la omisión reiterada en éste tipo de procesos, será especialmente considerada a los fines del artículo 176 inciso 3º de la Constitución Provincial. 4. Facúltese a Presidencia a dictar las normas reglamentarias que resulten necesarias para la aplicación de la presente Acordada. TERCERO: Señor Ministro Coordinador de Justicia de Paz y Delegaciones Vecinales, doctor Ariel Gustavo Coll s/ Elevación: Visto el Instructivo que el citado Ministro Coordinador elevara y que busca dar solución a algunas dificultades que vienen sucediendo en materia de ejecución de sentencias en el ámbito de la Justicia de Paz, ACORDARON: Tener presente y aprobar la Instrucción formulada por el Ministro Coordinador en materia de ejecución de sentencia. Agréguese como anexo del presente Acuerdo y remítase a conocimiento de todos los Jueces de Paz de la Provincia. CUARTO: Señores Ministros, doctores Ariel Gustavo Coll y Carlos Gerardo González s/ Informe sobre Delegaciones Vecinales y Pedido de Habilitación de un Juzgado de Paz en el Circuito Cinco: Visto el informe brindado por los señores Ministros Dres. Ariel ..///

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Gustavo Coll y Carlos Gerardo González, respecto al funcionamiento de las Delegaciones Vecinales con asiento en la Ciudad de Formosa y Villa del Carmen; que del mismo surgen las necesidades que en materia de infraestructura de las distintas dependencias han sido expuestas por los distintos Delegados; que se expone asimismo la situación planteada con relación a las Certificaciones que se confeccionan en las Delegaciones y la modalidad empleada por la Autoridad Policial de la jurisdicción de la Delegación Vecinal Nº 4, respecto al envío a ésta dependencia de las denuncia realizadas en materia contravencional; finalmente se sugiere analizar la implementación de un Juzgado de Paz para el denominado Circuito Cinco de la ciudad capital, en orden al volumen de trabajo y cantidad de habitantes del sector; que analizado el informe y luego de un breve intercambio de opiniones, ACORDARON: 1. Tener presente el informe rendido por los señores Ministros doctores Ariel Gustavo Coll y Carlos Gerardo González; 2. Téngase presente el informe brindado por el Área de Infraestructura en torno a los reclamos efectuados en cada Delegación Vecinal; 3. Manténgase la exención en el pago de Certificaciones expedidas por las Delegaciones Vecinales, en tanto no han sido alcanzadas por las disposiciones específicas del Código Fiscal (artículos 180 y sucesivos en función del artículo 174). 4. Hágase saber a Jefatura de Policía que deberá instruir a las dependencias policiales que los Delegados Vecinales no poseen competencia en materia contravencional, resultando improcedente en consecuencia la remisión a los mismos de las denuncias recibidas en sede policial por faltas y/o contravenciones. 5. Iníciense los estudios para la habilitación de un Juzgado de Paz en el Circuito Cinco de la Ciudad de Formosa y a tal fin, realícese por el Servicio Administrativo y Financiero el cálculo presupuestario pertinente, y por la Oficina de Infraestructura el informe respectivo sobre factibilidad del local que actualmente ocupa la Delegación Vecinal del Barrio Simón Bolívar y/o locales que puedan ser objeto de locación. 6. Extiéndase una felicitación al señor Delegado Vecinal y al personal de la Delegación Vecinal de Villa del Carmen por el excelente desempeño demostrado y espíritu de iniciativa, dejándose constancia en los respectivos legajos personales. QUINTO: Señor Subsecretario de Derechos Humanos, doctor Jorge Abel González s/ Invitación: Visto la invitación cursada por el mencionado funcionario para participar de las Jornadas Nacionales sobre la Implementación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes que se realizará en la ciudad de Buenos Aires los días 14 y 15 de diciembre de 2.006 y que es organizada por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, ACORDARON: Tener presente y agradecer la invitación formulada. SEXTO: Señora Presidente del Colegio de Magistrados y Funcionarios, doctora Stella Maris Zabala de Copes s/ Pedido: Visto la nota presentada por la citada Magistrada por la que solicita se contemple el descuento de las cuotas de Rubinzal-Culzoni Editores a los Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial por planilla, ACORDARON: Estese a lo resuelto en la Resolución Nº 71/96 (Sec.Gob.Adm) y Acordada Nº 2.470 punto Segundo del 26 de septiembre de 2.006. SÉPTIMO: Señora Presidente del Colegio de Magistrados y Funcionarios, doctora Stella Maris Zabala de Copes s/ Pedido: Visto la nota presentada por la citada Magistrada por la que solicita se contemple el descuento de las cuotas de los servicios de Medicina Prepaga a los Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial directamente por el Servicio Administrativo y Financiero, ACORDARON: Estese a lo resuelto en la Resolución Nº 71/96 (Sec.Gob.Adm) y Acordada Nº 2.470 punto Segundo del 26 de septiembre de 2.006. OCTAVO: Doctor Carlos Alberto Ontiveros s/ Informe: Visto el informe elevado por el Señor Procurador General donde da cuenta de las conclusiones de la visita carcelaria realizada en la Alcaidía Mixta de Las Lomitas, en lo referente a la situación de los menores allí alojados, ACORDARON: Tener presente el informe brindado, como así también la respuesta brindada por la señora Directora de Minoridad y Familia dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano dela Provincia. NOVENO: Autoridades de Feria: Visto la nota elevada por el Señor Secretario de Gobierno dando cuenta de las autoridades que cumplirán funciones en la próxima Feria Judicial Ordinaria, ACORDARON: Aprobar la nómina de Autoridades para el próximo período de Feria Judicial. Agréguese como Anexo II del presente Acuerdo y dése a publicidad. DECIMO: Señora Juez del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 5, doctora Maria Eugenia García Nardi s/ Pedido: Visto la nota presentada por la citada Magistrada por la que solicita se le conceda prorroga para el dictado de la sentencia pertinente en los expedientes Nº 623/00, 488/04, 174/03, 659/03, 356/00, 103/98 y 685/99 del registro del Juzgado a su cargo, ACORDARON: Concédase cuarenta y cinco (45) días de prorroga para el dictado de sentencia en las causas que se mencionan. DECIMO PRIMERO: Oficial de Justicia a/c de Ujiería, Señor Elio R. Rivarola s/ Pedido: Visto la nota elevada por el mencionado funcionario por la que solicita se contemple la posibilidad de disponer que los diversos Juzgados y Tribunales remitan por ultima vez las diligencias notificatorias a Ujiería el cuarto día hábil anterior al de inicio de la Feria Judicial, circunstancia que permitiría que dicha Oficina proceda a la devolución de las mismas a los Tribunales libradores, el ultimo día hábil, ACORDARON: Hacer lugar como se solicita y notificar de inmediato a los Juzgados y Tribunales de la Provincia. DECIMO SEGUNDO: Doctora Patricia Ronco s/ Pedido: Visto la nota elevada por la señora medica forense de la Tercera Circunscripción Judicial por la que solicita la posibilidad de usufructuar la Feria Judicial del mes de enero de dos mil siete, ACORDARON: Autorizar el usufructo de Feria como se solicita, debiendo, en caso de urgencia, convocarse al médico policial o al del Hospital Público de acuerdo a lo normado en el artículo 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. DECIMO TERCERO: Señora Juez del Juzgado de Menores de la Segunda Circunscripción Judicial, doctora Mirta Graciela Oviedo s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada, así como los informes .//

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del Cuerpo Medico Forense y la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida licencia por enfermedad de largo tratamiento a la doctora Mirta Graciela Oviedo desde el día 15 de noviembre al día 10 de diciembre de 2006, de conformidad a lo normado en el artículo 49 del RIAJ. DECIMO CUARTO: Señor Juez del Juzgado de Paz de Menor Cuantía N° 1, doctor Alan R. Arreseygor s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada, así como los informes del Cuerpo Medico Forense y la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida licencia por enfermedad de largo tratamiento al doctor Alan Ramón Arreseygor desde el día seis de diciembre del corriente año y hasta el día cuatro de enero de dos mil siete de conformidad a lo normado en el artículo 49 del RIAJ. DECIMO QUINTO: Agente Carlos Orlando Fracalossi s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada, así como los informes del Cuerpo Medico Forense y la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida licencia por enfermedad de largo tratamiento al agente Carlos Orlando Fracalossi desde el día seis de diciembre del corriente año y hasta el día cuatro de enero de dos mil siete, de conformidad a lo normado en el artículo 49 del RIAJ. DECIMO SEXTO: Agente Carlos Arnaldo Espínola s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada, así como los informes del Cuerpo Medico Forense y la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida licencia por enfermedad de largo tratamiento al agente Carlos Arnaldo Espínola desde el día veinticuatro de noviembre y hasta el día ocho de diciembre de dos mil seis de conformidad a lo normado en el artículo 49 del RIAJ. DECIMO SEPTIMO: Agente Nery Liliana Ramírez de Gon s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada, así como los informes del Cuerpo Medico Forense y la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida licencia por enfermedad de largo tratamiento a la agente Nery Liliana Ramírez de Gon desde el día veintinueve de noviembre y hasta el día veintiocho de diciembre de dos mil seis de conformidad a lo normado en el artículo 49 del RIAJ. DECIMO OCTAVO: Agente Rossana Edith Lovera s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada, así como los informes del Cuerpo Medico Forense y la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida licencia por razones de salud a la agente Rossana Edith Lovera desde el día diecisiete de noviembre y hasta el día once de diciembre de dos mil seis de conformidad a lo normado en el artículo 49 del RIAJ; y licencia por Maternidad – Primera Parte – a partir del doce de diciembre de dos mil seis y hasta el día veinticinco de enero de dos mil siete, de conformidad a lo normado en el artículo 45 del RIAJ. DECIMO NOVENO: Agente Carmen Elizabeth Plazas s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada, así como los informes del Cuerpo Medico Forense y la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida licencia por razones de salud a la agente Carmen Elizabeth Plazas desde el día 1ro. de diciembre y hasta el día veintiuno de diciembre de dos mil seis, de conformidad a lo normado en el artículo 49 del RIAJ. VIGESIMO: Agente Elizabeth Bernachi s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada, así como los informes del Cuerpo Medico Forense y la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida licencia por razones de salud a la agente Elizabeth Bernachi desde el día once de diciembre de dos mil seis y hasta el día nueve de enero de dos mil siete, de conformidad a lo normado en el artículo 49 del RIAJ. VIGÉSIMO PRIMERO: Agente Nélida Franco Cárdenas s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada, así como los informes del Cuerpo Medico Forense y la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida licencia por razones de salud a la agente Nélida Franco Cárdenas desde el día cuatro de diciembre de dos mil seis y hasta el día catorce de enero de dos mil siete, de conformidad a lo normado en el artículo 49 del RIAJ. VIGÉSIMO SEGUNDO: Señor Secretario de la Excma. Cámara Primera en lo Criminal, doctor Humberto R. M. Asprelli s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada, así como los informes del Cuerpo Medico Forense y la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida licencia por razones de salud al doctor Humberto Asprelli desde el día diez de diciembre de dos mil seis y hasta el día ocho de enero de dos mil siete, de conformidad a lo normado en el artículo 49 del RIAJ. VIGÉSIMO TERCERO: Agente Gladis Lucía Ortiz s/ Historia Clínica: Visto la Historia Clínica presentada, así como los informes del Cuerpo Medico Forense y la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida licencia por razones de salud a la agente Gladis Lucía Ortiz desde el día trece de diciembre de dos mil seis y hasta el día once de enero de dos mil siete, de conformidad a lo normado en el artículo 49 del RIAJ; dándose de baja a la misma del Poder Judicial a partir del día 15 de febrero de dos mil siete. Por el Servicio Administrativo Financiero abónense los emolumentos pendientes de pago. VIGÉSIMO CUARTO: Agente Teresa del Carmen Sanabria s/ Pedido: Visto la nota elevada por la mencionada agente por la que solicita se le conceda la primera etapa de la licencia por maternidad que le correspondería atento la documental que acompaña, ACORDARON: Téngase por concedida licencia por Maternidad – Primera Parte – a la agente Teresa del Carmen Sanabria a partir del día 1ro. de febrero y hasta el día diecisiete de dos mil siete, de conformidad a lo normado en el artículo 45 del RIAJ. VIGÉSIMO QUINTO: Agente Elvia Cardozo s/ Situación: Visto las constancias acompañadas, así como los informes del Cuerpo Medico Forense, la Dirección de Recursos Humanos y del Secretario de Gobierno, ACORDARON: Téngase por justificadas las inasistencias en las que incurriera la agente Elvia Cardozo hasta el día de la fecha (Conf. artículo 54 del RIAJ); asimismo, atento haber superado los días que la Reglamentación autoriza para la concesión de la licencia por esta causal, la misma solo podrá ser renovada sin goce de haberes. Notifíquese. Todo lo cual dispusieron y . . . / / /

 

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mandaron se dé cumplimiento, ordenando se comunique a quienes corresponda y registre.-

 

 

 

                                                                          HÉCTOR TIEVAS                                                 

 

 

 

 

                         EDUARDO MANUEL HANG                                                   ARMINDA DEL CARMEN COLMAN

 

 

 

 

                 ARIEL GUSTAVO COLL                                                                   CARLOS GERADO GONZALEZ

 

 

 

 



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INSTRUCCIÓN PARA LA JUSTICIA DE PAZ

 

            En mi carácter de Ministro Coordinador de la Justicia de Paz, se recomienda a los señores Jueces de Paz de la Provincia, que en materia de ejecución de sentencias, en los términos de la Reglamentación Civil y Comercial para la Justicia de Paz, se ajusten estrictamente a las disposiciones contenidas en los articulos38 a 45 del texto citado, privilegiando la formulación verbal, la sustanciación de oficio y, en materia de embargos, cuando así proceda, la disposición sobre bienes del deudor que puedan ser fácilmente subastados. Se recuerda que el procedimiento de ejecución de sentencias en la Justicia de Paz debe ser ágil, efectivo, desprovisto de ritualismos estériles y tendiente al cumplimiento dela sentencia de condena en un tiempo razonablemente breve.

FORMOSA, 04 de diciembre de 2.006.

Firmado: Dr. Ariel Gustavo Coll. Ministro.

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

Tel. Conmutador: (0370) 4425.190 - 4426.163 - 4420.215 - 4429.641 - 4426.043

Juan José Silva N° 856 - C.P. 3600 - Formosa

EDIFICIO DE TRIBUNALES

 

Tel. Conmutador: (0370) 4436.301 al 4436.307

San Martín N° 641 - C.P. 3600 - Formosa

TRIBUNAL DEL TRABAJO 

 

Tel. Conmutador: (0370) 4426490 - 4421644 - 4426140 

España N° 157 - C.P. 3600 - Formosa

TRIBUNAL DE FAMILIA

 

Tel.: (0370) 442.6925 – 444.5443 – 444.5442

Saavedra N° 369, 371 y 377 - C.P. 3600 - Formosa