En la ciudad de Formosa, capital de la provincia del mismo nombre, siendo las nueve horas del día quince de septiembre del año dos mil veintiuno, se reúnen en la Sala de Acuerdos del Excmo. Superior Tribunal de Justicia, el señor Presidente, Dr. Marcos Bruno Quinteros, los señores Ministros, doctores: Guillermo Horacio Alucín, Ariel Gustavo Coll, Eduardo Manuel Hang y Ricardo Alberto Cabrera, para considerar:
PRIMERO: Sra. Defensora Pública Oficial, Córdoba Rosa María S/ Solicitud de Intervención: Visto el Expte. N.º 3798/21 por medio del cual la citada Funcionaria solicita, que ante el reclamo que vienen realizando los integrantes de la comunidad Qom “La Primavera”, ubicados sobre la Ruta Nacional N.º 86, se evalúe la posibilidad de dar intervención a la Dirección de Resolución Alternativa de Conflictos, oficina dependiente de este Superior Tribunal de Justicia, a los fines de lograr una solución al conflicto. Manifiesta que la situación aludida se encuentra judicializada en el Juzgado Federal N.º 2 de ésta ciudad. Que no hallándose previsto en el Reglamento de funcionamiento de la Dirección de Resolución Alternativa de Conflictos la competencia de dicha Oficina para intervenir en cuestiones como la expuesta; ACORDARON: No ha lugar.
SEGUNDO: Sra. Juez en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la ciudad de Clorinda, Dra. Gaona, Gladis Zunilda s/ Solicitud: Visto el Expte. N.º 3525/21 por medio del cual la mencionada Magistrada, solicita la designación de un Licenciado/a en Trabajo Social, en razón de la vacante generada por la designación de la Lic. Cynthia Noemí Bonás, como responsable de la Oficina de Violencia Intrafamiliar. Con el informe de Secretaría de Gobierno, ACORDARON: Hacer lugar a lo solicitado y facultar a Presidencia a disponer lo pertinente.
TERCERO: Sra. Defensora Oficial N.º 2, Dra. Carbajal Zieseniss Ida y Otro S/ Solicitud: Visto el Expte. N.º 2958/21 por medio del cual los Dres. Adrián Rodrigo Velázquez e Ida Lilian Carbajal Zieseniss solicitan se designe un graboverificador, proponiendo para ello al agente Ricardo Raúl Cañiza quien se desempeña en el Escalafón Obrero y Maestranza. Con el informe de la Secretaría de Gobierno; ACORDARON: Tener presente.
CUARTO: Agente González, Gustavo S/ Solicitud: Visto el Expte. N.º 3284/21 por medio del cual el mencionado agente peticiona se rectifique los datos que constan en su situación de revista, donde se consigna que la función que cumple es de Ordenanza, cuando es administrativa. Atento al informe de la Secretaria de Gobierno y teniendo en cuenta que para el pase al Escalafón Administrativo se debe aprobar el correspondiente examen previsto en la reglamentación vigente; ACORDARON: No hacer lugar a lo solicitado.
QUINTO: Agente Ocampo, José Nolberto S/ Renuncia al Sustitutivo de Viáticos: Visto el Expte. N.º 3713/21 por medio del cual el citado agente renuncia al adicional de “Sustitutivo de Viáticos”. Que el mencionado adicional, implementado a partir de la Resolución N.º 234/09 -Adm.- es inherente a la función de chofer del Poder Judicial, por los constantes movimientos que la tarea implica, razón por la cual, no se puede de manera unilateral dejar sin efecto un sistema que ha sido aprobado con carácter general por resolución del Superior Tribunal de Justicia en ejercicio de sus atribuciones. Por ello; ACORDARON: No hacer lugar a lo solicitado. Todo lo cual, dispusieron se dé cumplimiento, ordenando se comunique a quienes corresponda y registre.