Resolución N.º 105/2020
FORMOSA, 18 de Junio de 2020
VISTOS:
El informe brindado por los Sres. Ministros Guillermo Horacio Alucín y Ariel Gustavo Coll; y
CONSIDERANDO:
Que como resultado de la visita a distintos Juzgados y Tribunales, en función de observaciones realizadas en Salas de Audiencia emplazadas en el Edificio Tribunales y en el Tribunal del Trabajo y de sugerencias formuladas por magistrados del fuero Civil y Comercial y de Instrucción y Correccional, resulta conveniente encomendar la realización de audiencias presenciales cuando se disponga la concurrencia de personas que no afecten más del Cincuenta por ciento (50%) de las Salas con que cuentan ambos edificios, con todas las medidas de seguridad ya adoptadas por éste Superior Tribunal de Justicia, pudiéndose utilizar inclusive los espacios físicos con que cuenta la Escuela Judicial previa coordinación de días y horarios con el Sr. Director de la Escuela o disponer la realización de las mismas por medio de las plataformas digitales disponibles (JITSI y ZOOM) para lo cual resulta pertinente asignar al Tribunal del Trabajo una de las licencias de ZOOM adquirida por el Poder Judicial.
Del mismo modo resulta pertinente y en función de los óptimos resultados alcanzados, dar continuidad a la presentación de escritos por vía digital, a excepción de los escritos de demanda, a partir del Lunes 22 de Junio, los que deberán presentarse en formato papel con los recaudos ya establecidos en el Acta 3051, autorizando a los Magistrados de los distintos fueros e instancias, a elaborar protocolos unificados de actuación por vía digital, lo que incluye la habilitación de mesas de entradas virtuales de cada Juzgado que incluye la Mesa de Ayuda y Consulta virtual, como experimentara con excelente resultado la titular del Juzgado Civil y Comercial N.º 1. Por lo expuesto, el
EL EXCMO. SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
RESUELVE:
1) Encomendar la realización de audiencias presenciales cuando se disponga la concurrencia de personas que no afecten más del Cincuenta por ciento (50%) de las Salas con que cuentan ambos edificios, con todas las medidas de seguridad ya adoptadas por éste Superior Tribunal de Justicia, pudiéndose utilizar inclusive los espacios físicos con que cuenta la Escuela Judicial previa coordinación de días y horarios con el Sr. Director de la Escuela o disponer la realización de las mismas por medio de las plataformas digitales disponibles (JITSI y ZOOM).
2) Dar continuidad a la presentación de escritos por vía digital, a excepción de los escritos de Demandas, Contestaciones de Demandas, Libros y Documentales voluminosas a partir del Lunes 22 de Junio, los que deberán presentarse en formato papel con los recaudos ya establecidos en el Acta 3051, autorizando a los Magistrados de los distintos fueros e instancias, a elaborar protocolos unificados de actuación por vía digital.
3) Autorizar a la Dirección de Sistemas a entregar una de las licencias ZOOM ya adquiridas por el Poder Judicial al Tribunal del Trabajo.
4) Los Tribunales colegiados deberán reprogramar las audiencias de juicio que hubieren sido suspendidas durante la etapa del receso judicial extraordinario, informando a Secretaria de Gobierno, oportunamente, el nuevo calendario habilitado para su publicación.
5) Regístrese, Notifíquese, Cumplido, Archívese.