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No hacer lugar a la feria judicial extraordinaria - Poder Judicial Formosa

No hacer lugar a la feria judicial extraordinaria

RESOLUCIÓN Nº115/20 (Sup)

FORMOSA, 26 de junio de 2020

VISTO:

La presentación realizada por la Sra. Blanca Almirón, en su carácter de Secretaria General – Seccional 3 – de la Unión de Empleados de Justicia de la Nación, la Sra. Basilisia Benítez, en su carácter de Secretaria General de la Asociación Judicial Formosa y la Dra. María Laura Viviana Taboada, en su carácter de Presidenta del Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial, y;

CONSIDERANDO:

Que solicitan que se declare Feria Judicial Extraordinaria en todo el ámbito del Poder Judicial de la Provincia, con suspensión de términos por catorce días, sin concurrencia a los lugares de trabajo y con guardias mínimas mediante sistema de teletrabajo en el horario establecido en el punto 6º de la Acordada 3051/2020.

Para sustentar tan excepcional medida sostienen que “a su criterio” las medidas de prevención ya adoptadas por el Superior Tribunal de Justicia son insuficientes “en razón del avance explosivo de la pandemia”, trayendo a colación el caso de un abogado del foro local que habría dado positivo al análisis de COVID19 y el de una funcionaria judicial que estaría aislada junto a su marido.

Que el Superior Tribunal de Justicia no puede adoptar medidas institucionales sostenidas en el puro criterio de las firmantes, en tanto la Provincia de Formosa cuenta con un Consejo de Atención Integral de la Emergencia, que centraliza la información científica y expone sus resultados diariamente, sin que hasta el momento se mencione siquiera el crecimiento exponencial de la pandemia en nuestro territorio, como lo hacen las firmantes.

Que respecto a los dos casos particulares planteados, el mismo Consejo de Atención Integral de la Emergencia ya ha adoptado las medidas de prevención y contención requeridas para la ocasión, por lo que no se encuentra justificado en modo alguno el dictado de una medida como la pretendida.

Que respecto a la sanitización de los edificios, en la Audiencia concedida por éste Superior Tribunal de Justicia a la Asociación Judicial Formosa se han explicitado los mecanismos ya adoptados y los generados en la fecha, que permiten tener por cumplido el requerimiento.

Por lo expuesto, el

EXCMO. SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

RESUELVE:

1).- No hacer lugar a la feria judicial extraordinaria solicitada, conforme a lo expuesto en los considerandos precedentes.

2).- Regístrese, Notifíquese a quienes corresponda, Archívese.

Fdo: Dr. Marcos Bruno Quinteros - Presidente- Dr. Guillermo Horacio Alucín -Dr. Ricardo  Alberto Cabrera- Dr. Eduardo Manuel Hang- Dr. Ariel Gustavo Coll-  Ministros-

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

Tel. Conmutador: (0370) 4425.190 - 4426.163 - 4420.215 - 4429.641 - 4426.043

Juan José Silva N° 856 - C.P. 3600 - Formosa

EDIFICIO DE TRIBUNALES

 

Tel. Conmutador: (0370) 4436.301 al 4436.307

San Martín N° 641 - C.P. 3600 - Formosa

TRIBUNAL DEL TRABAJO 

 

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España N° 157 - C.P. 3600 - Formosa

TRIBUNAL DE FAMILIA

 

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Saavedra N° 369, 371 y 377 - C.P. 3600 - Formosa