RESOLUCIÓN N.º 141/20 (Sup)
FORMOSA, 23 de julio de 2020
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que el Consejo de Atención Integral de la Emergencia COVID-19 del Gobierno de la Provincia de Formosa estableció a partir de las 12 horas del día de la fecha que la ciudad de Clorinda vuelve a la Fase 1 del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio hasta las 00 horas del día 07 de agosto del corriente año, ante la situación presentada en la ciudad citada.
Que en consecuencia, resulta pertinente tomar las medidas preventivas necesarias en las distintas dependencias de éste Poder Judicial de la ciudad de Clorinda.
Por ello;
EL EXCMO. SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
RESUELVE:
1º).- Establecer a partir de la fecha y hasta el 07 de agosto del corriente año receso extraordinario con régimen de Feria Judicial en las dependencias de la ciudad de Clorinda de éste Poder Judicial con suspensión de términos y audiencias sin perjuicio de la validez de los actos procesales cumplidos o que se cumplan.
2º).- Disponer que deberán permanecer cerradas las dependencias de la ciudad de Clorinda, sin concurrencia del personal de todos los escalafones, debiendo permanecer los mismos en carácter de Guardia Pasiva, con el personal que no se encuentre comprendido en los grupos de riesgo, intensificando el uso de las herramientas informáticas y tecnológicas disponibles, y restringiendo al mínimo indispensable los movimientos de expedientes y/o materiales del Poder Judicial, concediendo licencia al resto del personal con goce de haberes. Debiendo informar los Magistrados, Funcionarios o Jefes de área el personal afectado.
3º).- Disponer la suspensión de la totalidad de los turnos de atención otorgados en las dependencias del Poder Judicial de la Ciudad de Clorinda.
4º).- Ratificar los Protocolos establecidos en el Acuerdo 3050 Anexos II Protocolo de Sanitización COVID-19 y IV Domicilio Electrónico, y reactivar el Anexo III Presentaciones Electrónicas , todo ello para las dependencias judiciales de la ciudad de Clorinda.
5º).- Regístrese. Notifíquese. Cumplido. ARCHÍVESE.