La Escuela Judicial recuerda por este medio que se encuentra plentamente vigente lo dispuesto por el Consejo Académico en el punto 12) del Acta Nº 10/18 del 11 de Julio de 2018, por el cual se resolvió que las capacitaciones aprobadas que cuenten con réplicas sucesivas en cualquiera de las circunscripciones judiciales, se computan una sola vez a los fines de la acreditación del puntaje pertinente. Para mayor ilustración se transcribe la parte resolutiva pertinente que dice:
"Por todo lo expuesto los Señores Consejeros RESUELVEN: Hacer lugar al planteo mencionado en el acápite del presente punto y en consecuencia dejar sentado que las capacitaciones que se hallan aprobadas por este Consejo Académico y que contemplen en su programación la posibilidad de réplicas sucesivas en cualquiera de las circunscripciones judiciales, deben computarse una sola vez a los fines de la acreditación del puntaje pertinente, tanto para capacitandos como para aquellos que los realicen en su calidad de capacitadores. Sin perjuicio de lo cual y a fin de evitar interpretaciones erróneas, deberá hacerse la salvedad correspondiente en las publicaciones que se efectúen en los portales en que se difundan dichas capacitaciones respecto de que las réplicas lo son, precisamente, a los fines de alcanzar a la mayor cantidad de integrantes del Poder Judicial que no hayan podido en su momento acceder a las mismas".