FORMOSA, 23 de septiembre de 2022
VISTO:
El notable crecimiento de postulantes que se inscriben en el Registro del Consejo de la Magistratura, como asimismo para concursar para los diversos cargos cuyas vacantes se van produciendo; y
CONSIDERANDO:
Que, atento a la abundante documentación que habitualmente presentan los postulantes para la consideración de antecedentes y debido a que la misma debe ser incorporada a la base de datos informáticadel Consejo de la Magistratura, razones de economía administrativa, buen orden y adecuada organización de los recursos, imponen exigir que la misma sea presentada acompañada de una nota en formato papel en la que se detalle la documentación que se adjunta, para su agregación al legajo y, en formato digital, para su agregación a la base de datos informática. Por ello, atento a las facultades establecidas en el artículo 7 inc. b) de la Ley Nº 1.310, el
PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
RESUELVE:
1º) Disponer, ad referéndum del pleno del Consejo que, a partir del día de la fecha, la documentación que presenten los postulantes para la consideración de sus antecedentes laborales y académicos, deberá ser acompañada de una nota en formato papel en la que se detallen los mismos, con respaldo digital para su agregación a la base de datos del Consejo.
2º) Hacer saber que los archivos digitales que se mencionan en apartado precedente,no podrán ser presentados en formato fotográfico o escaneados.
3º) Los archivos digitales que no cumplan con los requisitos exigidos precedentemente no serán cargados a la base de datos del Consejo y, por lo tanto, no podrán ser valorados en la oportunidad prevista por el artículo 32 del Reglamento del Consejo de la Magistratura.
4º) Regístrese, dese a publicidad en la página web del Consejo de la Magistratura y sométase la presente resolución a consideración del plenario en la primera sesión que se realice. FDO. DR. RICARDO ALBERTO CABRERA –PRESIDENTE - CONSEJO DE LA MAGISTRATURA.